Texto de la norma
Dec. No. 55-00 que excluye de 10s efectos de la declaratoria de utilidad publica e
inter6 social dispuesta por el Decreto No. 385-99, las porciones descritas en 10s
Literales b), c) y d) del Art. 1 del citado Decreto.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 55-00
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 385-99, de fecha 30 de
agosto de 1999, fue declarada de utilidad publica e interes social, la adquisicion por parte
del Estado Dominican0 de varias porciones de terrenos.
CONSIDERANDO: Que dicha declaratoria de utilidad publica tenia, entre
sus propositos facilitar el desarrollo y expansion del Parque Energetic0 Nacional.
CONSIDERANDO: Que la Compaiiia de Electricidad de San Pedro de
Macoris suscribio un Contrato con el Estado Dominicano, mediante el cual se definen y
establecen 10s roles del Estado Dominicano y de dicha compaiiia, para asegurar la
irnplementacion a tiempo, del proyecto de Ciclo Combinado de Generacion de Electricidad
en San Pedro de Macoris.
CONSIDERANDO: Que para cumplir su compromiso contractual con el
Estado Dominicano, la Compaiiia de Electricidad de San Pedro de Macoris debera proceder
a la instalacion de una Planta Termoelectrica de Ciclo Combinado en la Provincia de San
Pedro de Macoris y sus instalaciones relacionadas, como son: Su parque, tanques, bombas
y las correspondientes tuberias de combustibles, para lo cual el Estado Dominicano ha
aceptado que la misma adquiera las porciones de terrenos descritas en 10s Acapites b), c) y
d) del Articulo 1 del referido Decreto No. 385-99.
CONSIDERANDO: Que la Compaiiia de Electricidad de San Pedro de
Macoris ha llegado a acuerdos con 10s legitimos propietarios de las indicadas porciones de
terrenos para la adquisicion de la misma mediante compra directa, por lo que procede dejar
sin efecto la declaratoria de utilidad publica dispuesta mediante el Decreto No. 385-99, de
fecha 30 de agosto de 1999, con relacion a dichas porciones.
VISTO el Decreto No. 385-99, de fecha 30 de agosto de 1999
VISTA la Resolucion No. 59-99, de fecha 15 de junio de 1999, que aprueba
el contrato suscrito entre el Estado Dominicano y la Compaiiia de Electricidad de San
Pedro de Macoris, para la instalacion por parte de dicha compaiiia de una Planta de Energia
Electrica de 300 MW en la provincia de San Pedro de Macoris.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Quedan excluidas de 10s efectos de la declaratoria de utilidad
publica e interes social dispuesta por el Decreto No. 385-99, de fecha 30 de agosto de 1999,
las porciones de terrenos descritas en 10s Literales b), c) y d) de su Articulo 1.
Articulo 2.- El Decreto No. 385-99, de fecha 30 de agosto de 1999,
mantendra su plena vigencia con relacion a la porcion de terrenos descrita en el Literal a)
de su Articulo 1.
Articulo 3.- Enviese a1 Administrador General de Bienes Nacionales, a1
Abogado del Estado, a la Corporacion Dorninicana de Electricidad, y a1 Registrador de
Titulos correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s nueve (9) dias del mes de febrero del aiio dos mil, aiios 156 de
la Independencia y 137 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
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