Texto de la norma
Dec. No. 923-00 que modifica el Articulo 4 del Decreto No. 532-00.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 923-00
CONSIDERANDO: Que en las labores de promocion de la inversion
extranjera es necesaria una permanente colaboracion y consulta con 10s sectores privados, a
fin de asegurar la integracion de nuestras estructuras productivas a 10s mercados mundiales.
CONSIDERANDO:
Que la Oficina para la Promocion de la Inversion
Extranjera ha llevado a cab0 las necesarias reestructuraciones internas para optimizar el
desarrollo de sus funciones de gestion de inversion y cooperacion extranjera.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente:
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se modifica el Articulo 3 del Decreto No. 532-00, de fecha
21 de agosto del 2000, para que en lo adelante se lea y rija del modo siguiente:
“Articulo 3.- La Oficina contara con un Comite Consultivo y de
Apoyo Institucional, el cual estara integrado por 10s siguientes
miembros: El Consultor Juridic0 del Poder Ejecutivo, quien la
presidira, el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, quien
fungira como Vicepresidente, el Secretario Tecnico de la
Presidencia, el Secretario de Estado de Industria y Comercio, el
Secretario de Estado de Finanzas, el Secretario de Estado de
Turismo, el Gobernador del Banco Central y el Ordenador
Nacional de Lome: y del sector privado, por un representante de
las siguientes organizaciones: La asociacion Dorninicana de
Empresas Extranjeras, INC ( ASIEX). la Asociacion Dorninicana
de Zonas Francas (ADOZONA), la Camara de Comercio y
Produccion de Santo Domingo, INC., la Junta Agropecuarial
Dominicana (JAD), la Cimara Americana de Comercio, la
Federacion de Camaras Europeas, la Asociacion Nacional de
Hoteles y Restaurantes (ASONAHORES) y la Asociacion
Dominicana de Exportadores (ADOEXPO)”.
ARTICULO 2.- Se crea un Consejo Asesor Honorifico conformado por
destacados inversionistas nacionales representantes de 10s sectores de zonas francas,
turismo, construccion y banca con el objetivo de coadyuvar a la Oficina en el diseiio de
estrategias promocionales tanto internas como externas, asi como en la identificacion de
obstaculos a la inversion.
PARRAFO (transitorio).. Se instruye a1 Director Ejecutivo para que en
coordinacion con la Consultoria Juridica del Poder Ejecutivo determinen las funciones y
atribuciones especificas de 10s miembros del Consejo Asesor.
ARTICULO 3.- Los miembros del Consejo Asesor Honorifico son: Sr.
Frank Rainieri, Sr. Manuel Enrique Tavarez, Sr. Federico Dominguez, Sr. Samuel Conde
hijo, Sr. Manuel Alejandro Grullon y el Sr. Jose Miguel Barcelo. Esta lista no es restrictiva
y puede ser ampliada por instruccion del Presidente de la Republica a1 Director Ejecutivo.
ARTICULO 4.- Se autoriza a la Oficina para la Promocion de la Inversion
Extranjera (OPI-RD) a gestionar fondos de la cooperacion internacional para destinarlos a
proyectos que contribuyan a1 desarrollo social de la Republica Dominicana.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s seis (6) dias del mes de octubre del aiio dos mil,
aiios 157 de la Independencia y 138 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
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