Texto de la norma
Dec. No. 1133-01 que crea e integra una Comisión Interinstitucional para la búsqueda de las soluciones viables a la problemática de la economía informal en el contexto nacional y en el marco de la mundialización.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1133-01
CONSIDERANDO: Que la Conferencia Internacional del Trabajo ha incluido en el Orden del Día, para su reunión del año 2002, una discusión general sobre la economía informal, por su creciente auge, su aporte a la creación de empleo y sus efectos negativos en otros ámbitos, tales como lo relativo a la aplicación de la normativa laboral, la salud, la educación, la seguridad social y la política fiscal.
CONSIDERANDO: Que el Gobierno es el principal responsable de garantizar un ambiente propicio para el sano desarrollo de la actividad económica, así como de proteger los derechos de sus ciudadanos (personas físicas y morales) mediante la vigencia del estado de derecho.
CONSIDERANDO: Que las organizaciones de trabajadores deberán buscar nuevas formas organizativas para responder a las características y condiciones de los trabajadores informales, y contribuir a la búsqueda de soluciones que favorezcan la creación de empleo dentro de la economía informal.
CONSIDERANDO: Que las organizaciones de empleadores frente al fenómeno de la economía informal, deberán asumir un papel activo en la búsqueda de soluciones y en la creación de un entorno correcto para que los trabajadores informales puedan desarrollar su vocación y talento empresarial dentro de la economía formal.
CONSIDERANDO: Que el exceso de regulación administrativa para la creación y desarrollo de las empresas, así como los cargos fiscales excesivos, son factores determinantes en la informalización de la economía.
CONSIDERANDO: Que los niveles de analfabetismo en la economía informal, limitan la posibilidad de los trabajadores para encontrar empleo o para realizar sus actividades dentro de la economía formal.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se crea una Comisión Interinstitucional conformada por la Secretaría de Estado de Trabajo (SET), la Confederación Patronal de la República Dominicana (COPARDOM), el Consejo Nacional de Unidad Sindical (CNUS), el Instituto de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), la Confederación Dominicana de la Pequeña y Mediana Empresa (CODOPYME), la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña y el Banco Central de la República Dominicana.
ARTICULO 2.- La Comisión Interinstitucional elaborará un reglamento que regirá sus funciones en la búsqueda de las soluciones viables a la problemática de la economía informal en el contexto nacional y en el marco de la mundialización.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de noviembre del año dos mil uno (2001); años 158 de la Independencia y 139 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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