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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 565-99

que modifica 10s Articulos 14 y 32 del Reglamento No. 258-93 para la aplicacion del Codigo de Trabajo

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 dic de 1999fecha
Reglamentotipo
G. O. 10033Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 565-99 que modifica 10s Articulos 14 y 32 del Reglamento No. 258-93 para la aplicacion del Codigo de Trabajo. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 565-99 En ejercicio de las atribuciones que me concede el Articulo 55 de la Constitucihn, dicto el siguiente D E C R E T O : Articulo 1.- Se modifica la parte introductoria y el parrafo a) del Articulo 14 del Reglamento 258-93 de fecha 1 de octubre de 1993 para la aplicacihn del Chdigo de Trabajo, para que en lo adelante dispongan como sigue: “Art. 14.- La determinacihn del promedio diario del salario de todo trabajador, para 10s fines de liquidacihn y pago de las indemnizaciones por concepto de omisihn del preaviso y del auxilio de cesantia en cas0 de desahucio, despido o dimisihn, asi como la asistencia econhmica prevista en el Articulo 82 del Chdigo de Trabajo, se regira por las siguientes reglas: a) Cuando la remuneracihn del trabajador es valorada por hora, se dividira el importe total de 10s salarios devengados durante el ultimo aiio o fraccihn de aiio anterior a la terminacihn del contrato, entre el numero de horas trabajadas y el cuociente se multiplicara por el numero de horas de la jornada normal”. Articulo 2.- Se modifica la parte introductoria y el parrafo a) del Articulo 32 del Reglamento 258-93 de fecha 1 de octubre de 1993 para la aplicacihn del Chdigo de Trabajo, para que en lo adelante dispongan como sigue: “Articulo 32.- Para la determinacihn de la suma a pagar por concepto del period0 de las vacaciones, de la indemnizacihn compensadora de vacaciones y de la participacihn individual en 10s beneficios de la empresa, asi como en cualquiera de 10s casos en que se requiera establecer el salario diario promedio de un trabajador, como consecuencia de la aplicacihn de la ley, el convenio colectivo de condiciones de trabajo o del contrato de trabajo, se utilizaran las siguientes reglas: a) Cuando la remuneracihn es valorada por hora, se multiplicara el salario devengado en la hora trabajada por el numero de horas de la jornada normal”. Articulo 3.- Enviese a la Secretaria de Estado de Trabajo para 10s fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s treinta (30) dias del mes de diciembre del aiio mil novecientos noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 137 de la Restauracion. Leone1 Fernandez

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona