Texto de la norma
Dec. No. 500-99 que autoriza a la Comision de Reforma de la Empresa Publica, a
realizar la capitalizacion de la nueva empresa a ser constituida bajo el nombre de La
Tabacalera, C. por A.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 500-99
CONSIDERANDO: Que la Ley No.141-97, de fecha 24 de junio de 1997,
Ley General de Reforma de la Empresa Publica, dispone en su Articulo 12 que “El Poder
Ejecutivo autorizara, por decreto, a la Comision de Reforma de la Empresa Publica a
realizar la capitalizacion de cada una de las sociedades constituidas o aquellas sociedades
anonimas ya existentes, previo cumplimiento con 10s requisitos establecidos en 10s
Articulos 9 y 10 de la presente ley”.
CONSIDERANDO: Que el Articulo 9 de la Ley 141-97, de fecha 24 de
junio de 1997, dispone la realizacion y publicacion de una o varias auditorias para
determinar la situacion patrimonial, asi como la realizacion de la tasacion de valor de
mercado de cada una de las empresas a capitalizar.
CONSIDERANDO: Que el Articulo 10 de la Ley 141-97, de fecha 24 de
junio de 1997, dispone que el Poder Ejecutivo aportara 10s activos y/o derechos de las
empresas publicas, para la integracion del capital pagado de nuevas sociedades anonimas.
CONSIDERANDO: Que por disposicion de la Comision de Reforma de la
Empresa Publica y en cumplimiento de lo establecido en el Parrafo del Articulo 9 de la
precitada ley, en fecha 25 de noviembre de 1998 se publico en el periodic0 “El Siglo”, la
auditoria contratada para establecer la situacion patrimonial de las empresas, la Compaiiia
Anonima Tabacalera, C. por A,; Compaiiia Tabacalera Santiaguense, S.A.; y La Habanera,
S.A., empresas que pertenecen a la Corporacion Dominicana de Empresas Estatales
(CORDE).
CONSIDERANDO: Que la Ley 141-97 establece en su Articulo 17 que
“Los inversionistas privados, nacionales y/o extranjeros que realizaran 10s nuevos aportes
de capital, seran escogidos previa calificacion, mediante licitacion publica intemacional, de
acuerdo a1 monto de sus aportes”.
CONSIDERANDO: Que la Comision de Reforma de la Empresa Publica ha
dado cumplimiento a este requerimiento, mediante la licitacion publica intemacional
denominada CREP/CORDE/PREC/Ol-99, iniciada en fecha 20 de abril de 1999, y ha
aplicado conforme dispone la Ley 141-97, lo relativo a 10s criterios de precalificacion alli
seiialados.
VISTA la Ley No.141-97, de fecha 24 de junio de 1997, Ley General de
Reforma de la Empresa Publica.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo Unico.. Se autoriza a la Comision de Reforma de la Empresa
Publica, una vez cumplidos todos 10s requisitos y tramites necesarios para la suscripcion de
10s acuerdos resultantes de la licitacion publica intemacional para la seleccion de 10s
inversionistas privados que actuaran como socios del Estado Dominicano, realizar la
capitalizacion de la nueva empresa a ser constituida, bajo el nombre de La Tabacalera, C.
por A.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s doce (12) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 137 de la Restauracion.
Leonel Fernández
El suscrito: Consultor Juridic0 del Poder Ejecutivo
Certifica que la presente publicacion es oficial
Dr. Abel Rodriguez del Orbe
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