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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 500-99

que autoriza a la Comision de Reforma de la Empresa Publica, a realizar la capitalizacion de la nueva empresa a ser constituida bajo el nombre de La Tabacalera, C. por A

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 nov de 1999fecha
Otrostipo
G. O. 10029Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 500-99 que autoriza a la Comision de Reforma de la Empresa Publica, a realizar la capitalizacion de la nueva empresa a ser constituida bajo el nombre de La Tabacalera, C. por A. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 500-99 CONSIDERANDO: Que la Ley No.141-97, de fecha 24 de junio de 1997, Ley General de Reforma de la Empresa Publica, dispone en su Articulo 12 que “El Poder Ejecutivo autorizara, por decreto, a la Comision de Reforma de la Empresa Publica a realizar la capitalizacion de cada una de las sociedades constituidas o aquellas sociedades anonimas ya existentes, previo cumplimiento con 10s requisitos establecidos en 10s Articulos 9 y 10 de la presente ley”. CONSIDERANDO: Que el Articulo 9 de la Ley 141-97, de fecha 24 de junio de 1997, dispone la realizacion y publicacion de una o varias auditorias para determinar la situacion patrimonial, asi como la realizacion de la tasacion de valor de mercado de cada una de las empresas a capitalizar. CONSIDERANDO: Que el Articulo 10 de la Ley 141-97, de fecha 24 de junio de 1997, dispone que el Poder Ejecutivo aportara 10s activos y/o derechos de las empresas publicas, para la integracion del capital pagado de nuevas sociedades anonimas. CONSIDERANDO: Que por disposicion de la Comision de Reforma de la Empresa Publica y en cumplimiento de lo establecido en el Parrafo del Articulo 9 de la precitada ley, en fecha 25 de noviembre de 1998 se publico en el periodic0 “El Siglo”, la auditoria contratada para establecer la situacion patrimonial de las empresas, la Compaiiia Anonima Tabacalera, C. por A,; Compaiiia Tabacalera Santiaguense, S.A.; y La Habanera, S.A., empresas que pertenecen a la Corporacion Dominicana de Empresas Estatales (CORDE). CONSIDERANDO: Que la Ley 141-97 establece en su Articulo 17 que “Los inversionistas privados, nacionales y/o extranjeros que realizaran 10s nuevos aportes de capital, seran escogidos previa calificacion, mediante licitacion publica intemacional, de acuerdo a1 monto de sus aportes”. CONSIDERANDO: Que la Comision de Reforma de la Empresa Publica ha dado cumplimiento a este requerimiento, mediante la licitacion publica intemacional denominada CREP/CORDE/PREC/Ol-99, iniciada en fecha 20 de abril de 1999, y ha aplicado conforme dispone la Ley 141-97, lo relativo a 10s criterios de precalificacion alli seiialados. VISTA la Ley No.141-97, de fecha 24 de junio de 1997, Ley General de Reforma de la Empresa Publica. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : Articulo Unico.. Se autoriza a la Comision de Reforma de la Empresa Publica, una vez cumplidos todos 10s requisitos y tramites necesarios para la suscripcion de 10s acuerdos resultantes de la licitacion publica intemacional para la seleccion de 10s inversionistas privados que actuaran como socios del Estado Dominicano, realizar la capitalizacion de la nueva empresa a ser constituida, bajo el nombre de La Tabacalera, C. por A. Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s doce (12) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 137 de la Restauracion. Leonel Fernández El suscrito: Consultor Juridic0 del Poder Ejecutivo Certifica que la presente publicacion es oficial Dr. Abel Rodriguez del Orbe Editora Alfa y Omega, C. por A. Calle Josk Contreras No. 69, Telkfonos 532-5577 I 532-5578 Santo Domingo, D. N., Republica Dorninicana

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona