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Dec. No. 491-99 que autoriza a varios ayuntamientos a vender y permutar terrenos.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 491-99
VISTA la Ley No.4381 del 10 de febrero de 1956 y la Ley No.5577 del 12 de julio de 1961.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza al Ayuntamiento de Santo Domingo, Distrito Nacional, a vender los inmuebles que se describen a continuación:
1.- A la señora Rafaela Cuevas, una porción de terreno dentro de la Parcela No.412-B, del Distrito Catastral No.32, del Distrito Nacional, Boca Chica, con un área de 573.80 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solares Nos.2, 3, 4 y 5; al Este, Calle "B"; al Sur, Solares Nos.6, 7, y 8; y al Oeste, Resto del Paso Peatonal, por la suma de Treinta Mil Novecientos Sesenta Pesos Oro (RD$30,960.00).
2.- A la Compañía Suisse Caribe, C. por A., Ing. David E. Soto Peña y Cornel Pascal Raess, una porción de terreno dentro de la Parcela No.309, del Distrito Catastral No.39, Distrito Nacional, antiguo módulo uno de Andrés, Boca Chica, con un área de 2,892.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Camino a Boca Chica; al Este, Resto de la Parcela No.409 (parte); al Sur, Mar Caribe; y al Oeste, Resto de la Parcela No.409 (parte), por la suma de Un Millón Doscientos Cincuentitrés Mil Cuatrocientos Treinta Pesos Oro con Quince Centavos (RD$1,253,430.15).
Artículo 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago de Los Caballeros, provincia Santiago, a vender los inmuebles que se describen a continuación:
1.- Al señor Agustín Pichardo, una porción de terreno con designación municipal No.13 (antes 79), de la Manzana Catastral No.1 (parte) porción "B" localizada dentro del Distrito Catastral No.1, Municipio de Santiago, con un área de 129.19 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No.78; al Este, Solar Municipal No.77; al Sur, Calle Amado Franco Bidó; y al Oeste, Solar Municipal No.81; por la suma de Doce Mil Novecientos Diecinueve Pesos Oro (RD$12,919.00).
2.- Al señor Rafael Domínguez, una porción de terreno con designación municipal No.3-R-6, localizada en el ámbito de la Parcela Catastral No.250-A (parte), del Distrito Catastral No.6 Municipio de Santiago, con un área de 96.30 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Av. 27 de Febrero; al Este, Solar Municipal No.8; al Sur, Solar Municipal No.10 y al Oeste, Calle 8, por la suma de Dieciocho Mil Setecientos Setentiocho Pesos Oro con Cincuenta Centavos (RD$18,778.50).
3.- Al señor Edis Nelson Torres, una porción de terreno con designación municipal No.3, de la Manzana Municipal No.3, correspondiente a la Manzana No.1-B localizado dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.6-B33 (parte), del Distrito Catastral No.8 Municipio de Santiago, con un área de 172.43 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solares Municipales Nos.1 y 2; al Este, Calle Benito Juárez; al Sur, Solar Municipal No.4; y al Oeste, Solar Municipal No.1, por la suma de Veintinueve Mil Trescientos Trece Pesos Oro con Trece Centavos (RD$29,313.13).
4.- A la señora Argentina Dalia Batista de Ramos, una porción de terreno con designación municipal No.1184, de la Manzana Municipal No.72, localizada dentro de la Manzana Catastral No.13, del Distrito Catastral 1 del Municipio de Santiago, con un área de 116.32 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No.1164; al Este, Solar Municipal No.1183; al Sur, Calle Restauración; y al Oeste, Solar Municipal No.1163; por la suma de Trece Mil Novecientos Cincuentiocho Pesos Oro con Cuarenta Centavos (RD$13,958.40).
5.- A la señora Modesta Mercedes Aybar, una porción de terreno con designación municipal No.36, de la Manzana Municipal "A-Norte", localizada dentro del ámbito de la parcela catastral No.47 (parte), del Distrito Catastral No.8 del Municipio de Santiago, con un área de 118.67 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte,
Peatón No.9; al Este, Solar Municipal No.35; al Sur, solar Municipal No.37; y al Oeste, Callejón, por la suma de Veintidós Mil Doscientos Cincuenta Pesos Oro con Sesentitrés Centavos (RD$22,250.63).
6.- Al señor Rafael Antonio Durán, una porción de terreno con designación municipal No.286-A-3, de la Manzana Municipal No.4, localizada dentro del ámbito de la parcela catastral No.2-C-7-B-27 (parte), del Distrito Catastral No.8, del Municipio de Santiago, con un área de 277.20 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Camino a Rincón Largo; al Este, Parcela Municipal No.286-A-4; al Sur, Parcela Municipal No.286-A-6; y al Oeste, Parcela Municipal No.286-A-11, por la suma de Veintisiete Mil Setecientos Veinte Pesos Oro (RD$27,720.00).
Artículo 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Bayaguana, provincia Monte Plata, a vender los inmuebles que se describen a continuación:
1.- Al señor Julian R. Natera Sosa, una porción de terreno dentro de la Manzana No.6, Parcela No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.2 (Gilberto Rivera); al Este, Calle “A”; al Sur, Solar No.4 (Maritza López); y al Oeste, Solar No.8 (Pedro José Rosario); por la suma de Diecisiete Mil Quinientos Pesos Oro (RD$17,500.00).
2.- Al señor Pedro Constantino Benitez, una porción de terreno dentro de la Manzana No.1, Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.2 (Miguel Luna); al Este, Calle Marginal; al Sur, Solar No.4 (Francisco Castro Zapata); y al Oeste, Solar No.8 (Silverio Agramonte); por la suma de Diecisiete Mil Quinientos Pesos Oro (RD$17,500.00).
3.- Al señor Juan Sabino Gómez Pérez, una porción de terreno con designación municipal Solar No.6, Manzana No.6, localizado dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.7 (Hedilberto Bonet Rodríguez); al Este, Solar No.5 (Maritza Polanco); al Sur, Calle “I”; y al Oeste, Calle “B”; por la suma de Veintiún Mil Ochocientos Setenticinco Pesos Oro (RD$21,875.00).
4.- Al señor José Calzán Manzanillo, una porción de terreno dentro del ámbito de la Manzana Municipal No.26, Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 500.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle “G”; al Este, Calle “E”; al Sur, Solar No.3; y al Oeste, Solares Nos.13 y 14; por la suma de Treintiún Mil Doscientos Cincuenta Pesos Oro RD$31,250.00.
5.- Al señor Heriberto Altagracia Rodríguez B., una porción de terreno con designación municipal Solar No.7, Manzana No.7, localizado dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.125, Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.8 (Pedro José Rosario); al Este, Solar No.4 (Maritza López); al Sur, Solar No.6 (Juan Sabino Gómez); y al Oeste, Calle “B”; por la suma de Diecisiete Mil Quinientos Pesos Oro (RD$17,500.00).
6.- A la señora María Polanco, una porción de terreno dentro de la Manzana No.6, Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.4 (Maritza López); al Este, Calle “A”; al Sur, Calle “I”; y al Oeste, Solar No.6 (Juan Sabino Gómez); por la suma de Veintiún Mil Ochocientos Setenticinco Pesos Oro (RD$21,875.00).
7.- A la señora Lidia Altagracia Castillo, una porción de terreno dentro de la Manzana No.10, Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 700.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Proyecto “G”; al Este, Calle Proyecto “B”; al Sur, Solar No.3; y al Oeste, Solares No.9 y 10; por la suma de Cuarentitrés Mil Setecientos Cincuenta Pesos Oro (RD$43,750.00).
8.- Al señor Andrés Heriberto Guerrero, una porción de terreno con designación Municipal Solar No.10 Manzana No.2 dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.125 del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle H; al Este, Solar No.1; al Sur, Solar No.9; y al Oeste, Calle “A”; por la suma de Veintiún Mil Ochocientos Setenticinco Pesos Oro (RD$21,875.00).
9.- Al señor Rafael Danilo Lugo, una porción de terreno localizada dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.125, Manzana Municipal No.16 del, Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.7; al Este, Solar No.5; al Sur, Calle “H”; y al Oeste, Calle “D”; por la suma de Veintiún Mil Ochocientos Setenticinco Pesos Oro (RD$21,875.00).
10.- Al señor Juan Ogando Rojas, una porción de terreno con designación Municipal Solar No.9, Manzana No.1, dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.10; al Este, Solar No.2; al Sur, Solar No.8; y al Oeste, Calle “A”; por la suma de Diecisiete Mil Quinientos Pesos Oro (RD$17,500.00).
11.- Al señor Luis Willian Santana Saturria, una porción de terreno que tiene designación Municipal Solar No.9, de la Manzana No.5 localizada dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana,
con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.10 (Cándida Gómez Frías); al Este, Solar No.2 (George Mercedes Quezada); al Sur, Solar No.8 (Alfredo Rosario); y al Oeste, Calle "B"; por la suma de Diecisiete Mil Quinientos Pesos Oro (RD$17,500.00).
12.- A la Asociación de Profesionales Agropecuarios, (ANPA), una porción de terreno que tiene designación Municipal Solares Nos.6, 7 y 8, de la Manzana No.2 localizado dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 1,050.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.9 (Marcelino de Jesús Reynoso); al Este, Solares Nos.3, 4 y 5; al Sur, Calle "I"; y al Oeste, Calle "A"; por la suma de Sesenticinco Mil Seiscientos veinticinco Pesos Oro (RD$65,625.00).
13.- Al señor Alejandrito Batista Galván, una porción de terreno que tiene designación Municipal Solar No.5, de la Manzana No.1 localizada dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.4; al Este, Calle Marginal; al Sur, Calle "H"; y al Oeste, Solar No.6; por la suma de Veintiún Mil Ochocientos Setenticinco Pesos Oro (RD$21,875.00).
14.- Al señor Ramón Castillo Germán, una porción de terreno que tiene designación Municipal Solar No.4, de la Manzana No.5 localizado dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.3 (Loreto Ant. Saturria); al Este, Calle "A"; al Sur, Solar No.5 (María L. Germán); y al Oeste, José de Jesús Reynoso; por la suma de Diecisiete Mil Quinientos Pesos Oro (RD$17,500.00).
15.- Al señor George Mercedes Quezada, una porción de terreno que tiene designación Municipal Solar No.2, de la Manzana No.5 localizado dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.1 (Manuel de Jesús Liriano); al Este, Calle "A"; al Sur, Solar No.3 (Loreto Ant. Saturria); y al Oeste,Solar No.9 (Willian Santana Saturria); por la suma de Diecisiete Mil Quinientos Pesos Oro (RD$17,500.00).
16.- Al señor Santiago Germán, una porción de terreno que tiene designación Municipal Solar No.10, de la Manzana No.6, localizado dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle "H"; al Este, Solar No.1 (Frania Lamí Sosa); al Sur, Solar No.9 (Fermín Taveras Batista); y al Oeste, Calle "B"; por la suma de Veintiún Mil Ochocientos Setenticinco Pesos Oro (RD$21,875.00).
17.- Al señor Luis Alberto Hernández Aristy, una porción de terreno que tiene designación Municipal Solar No.3, de la Manzana No.24 localizado dentro del ámbito
de la Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 240.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.2; al Este, Calle “D”; al Sur, Solar No.4; y al Oeste, Solar No.6; por la suma de Doce Mil Pesos Oro (RD$12,000.00).
18.- Al señor José de Jesús Reynoso, una porción de terreno localizada dentro del ámbito de la de la Manzana No.2, del Distrito Catastral No.2, de la Parcela Catastral No 125, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.8 (Alfredo Rosario); al Este, Solar No.4 (Ramón Castillo); al Sur, Solar No.6 (Alt. Alcángel); y al Oeste, Calle “B”; por la suma de Diecisiete Mil Quinientos Pesos Oro (RD$17,500.00).
19.- Al señor Rafael Santos Reyes, una porción de terreno que tiene designación municipal Solar No.1, de la Manzana No.2 localizado dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle “H”; al Este, Calle Marginal; al Sur, Solar No.2 (Ramón M. Contreras); y al Oeste, Solar No.10 (Andrés Heriberto); por la suma de Veintiún Mil Ochocientos Setenticinco Pesos Oro (RD$21,875.00).
Artículo 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Puerto Plata, provincia Puerto Plata, a vender los inmuebles que se describen a continuación:
1.- A la señora Alba María Bojos, una porción de terreno ubicada entre las Calles 12 de Julio, Margarita Mear, Padre Castellano y Separación, del D.C. No.1, del municipio de Puerto Plata, con un área de 199.71 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Sucesores Bojos; al Este, Rosa Bojos Jacobo; al Sur, Calle 12 de Julio; y al Oeste, Hermanos Bojos; por la suma de Treintitrés Mil Novecientos Cincuenta Pesos Oro con Setenta Centavos (RD$33,950.70).
2.- Al señor Juan Alberto Acosta Vanderlinde, una porción de terreno localizada dentro del ámbito de la porción “E” del Distrito Catastral No.1, del municipio de Puerto Plata, con un área de 1,444.25 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Juan Alberto Acosta Vanderlinde; al Este, Escuela Virginia Ortea; al Sur, Av. Manolo Tavárez Justo; y al Oeste, Resto porción; por la suma de Doscientos Dieciséis Mil Seiscientos Treintisiete Pesos Oro con Cincuenta Centavos (RD$216,637.50)
Artículo 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Moca, provincia Espaillat, a vender los inmuebles que se describen a continuación:
1.- Al señor Juan de la Cruz Rodríguez, una porción de terreno localizada dentro del ámbito de la Parcela No.1-964 del Distrito Catastral No.5, del Municipio de Moca, con un área de 176.05 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Ayuntamiento Municipal; al Este, Calle Sánchez; al Sur, Calle Imbert; y al Oeste, Luis
Angeles; por la suma de Treintitrés Mil Nueve Pesos Oro con Treintiocho Centavos (RD$33,009.38).
2.- Al señor Luis Leonel Lora, una porción de terreno localizada dentro del solar No.4 y 5, de la Manzana Catastral No.160, del Distrito Catastral No.1 del Municipio de Moca, con un área de 157.29 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Presidente Vásquez; al Este, Solar propio; al Sur, Solar propiedad del Ayuntamiento; y al Oeste, José E. Peña Peña; por la suma de Siete Mil Setentiocho Pesos Oro con Cinco Centavos (RD$7,078.05).
Artículo 6.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Higüey, provincia La Altagracia, a vender a la señora Cruz Herrera de Guerrero, un Solar dentro de la Manzana Catastral No.41, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Higüey, con un Area de 375.16 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Gastón F. Deligne; al Este, Calle Gastón F. Deligne; al Sur, Toribio Peña; al Oeste, Resto de la manzana No.41, por la suma de Treintisiete Mil Quinientos Dieciséis Pesos Oro (RD$37,516.00).
Artículo 7.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Moca, provincia Espaillat, a permutar al Señor Juan Carlos Canó, un solar propiedad del Ayuntamiento de Moca, localizado en el ámbito de la Parcela Catastral No.103 del Distrito Catastral No.2 del Municipio de Moca, con un área de 432.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle No.10; al Este, Resto de la Parcela; al Sur, Resto de la Parcela; al Oeste, Resto de la Parcela, valorado en la suma de Ciento Ocho Mil Pesos Oro (RD$108,000.00) y a su vez el Ayuntamiento del Municipio de Moca reciba a cambio un Solar localizado dentro de la Parcela Catastral No.1167 del Distrito Catastral No.12 del Municipio de Moca, con un área de 4,893.60 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Carretera; al Este Resto de la Parcela; al Sur, Resto de la Parcela; y al Oeste, Resto de la Parcela, valorado en la suma de Ciento Dos Mil Setecientos Sesenticinco Pesos Oro con Sesenta Centavos (RD$102,765.60), La diferencia de Cinco Mil Doscientos Treinticuatro Pesos Oro con Cuarenta Centavos (RD$5,234.40), deberá ser pagada por el Señor Juan Carlos Canó al Ayuntamiento de Moca.
Artículo 8.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y nueve, años 156 de la Independencia y 137 de la Restauración.
Leonel Fernández
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.