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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 420-99

QUE CREA E INTEGRA EL PATRONATO DEL COMPLEJO DEPORTIVO LA BARRANQUITA, SANTIAGO DE LOS CABALLEROS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 sept de 1999fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10026Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Produccion de SantiagoMiembro de un órganola Asociacion de Cronistas Deportivos de Santiago

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 420-99 que crea e integra el Patronato del Complejo Deportivo La Barranquita, de Santiago de 10s Caballeros. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 420-99 CONSIDERANDO: Que en el aiio 1986 se celebraron en la ciudad de Santiago de 10s Caballeros, 10s XV Juegos Centroamericanos y del Caribe, para lo cual se construyo el Complejo Deportivo La Barranquita. CONSIDERANDO: Que es interes del Gobierno Central que el Complejo Deportivo La Barranquita sea rescatado y utilizado como un parque recreativo que sirva de pulmon ecologico a la ciudad con 10s servicios necesarios y un adecuado mantenimiento para el pleno disfrute del pueblo dominicano. CONSIDERANDO: Que en la ciudad de Santiago de 10s Caballeros existen varias instituciones con la disposicion y la capacidad de trabajar de comun acuerdo para que se garantice el buen funcionamiento y la preservacion de este importante complejo deportivo, de manera que pueda lograrse el desarrollo sostenido del mismo, preservando su caracter ecologico. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : Articulo 1.- Se crea el Patronato del Complejo Deportivo La Barranquita, el cual estara integrado por representantes de instituciones publicas y privadas. Contara con un Consejo Directivo y un Director Ejecutivo. Articulo 2.- Dicho Patronato estara encargado de velar por la preservacion, operacion y mantenimiento de dicho Complejo, y estara integrado por la Asociacion para el Desarrollo, Inc., el Arzobispado de la Arquidiocesis de Santiago de 10s Caballeros, el Gobernador de la Provincia de Santiago, la Secretaria de Estado de Deportes, Educacion Fisica y Recreacion (SEDEFIR), el Ayuntamiento del municipio de Santiago, la Union Deportiva de Santiago, la Camara de Comercio y Produccion de Santiago, la Asociacion de Cronistas Deportivos de Santiago, La Autoridad Metropolitana de Transporte de Santiago y un miembro designado por el Poder Ejecutivo. Articulo 3.- El Patronato designara de entre sus miembros, el Consejo Directivo, y nombrara ademas a1 Director Ejecutivo, cuyas funciones seran establecidas en el Reglamento Operativo del Patronato. Articulo 4.- Las decisiones del Patronato se tomaran con el voto favorable de la mayoria de sus miembros. Articulo 5.- El Patronato elaborara su Reglamento Operativo, el cual debera someter para su aprobacion a1 Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de noventa dias, contados a partir de la fecha de emision del presente Decreto. Articulo 6.- Para el cumplimiento de sus objetivos el Patronato podra recibir aportes y donaciones, tanto de sus miembros como de otras personas e instituciones nacionales o extranjeras. Articulo 7.- El Patronato podra acordar y suscribir contratos y cuantos actos Sean necesarios para el cumplimiento de las funciones puestas a su cargo, con la finalidad expresa de preservar, mantener, manejar y conservar estas instalaciones, siempre y cuando las disposiciones legales vigentes no exijan que la suscripcion de tales contratos y actos Sean autorizadas previamente por el Poder Ejecutivo. Articulo 8.- Las disposiciones del presente Decreto no se aplicaran a la cantidad de terrenos que resulte necesaria para cumplir con la permuta prevista en el Decreto No.34-99, de fecha 29 de enero de 1999. Articulo 9.- El Gobierno Dominican0 dara a1 Patronato del Complejo Deportivo La Barranquita, todas las facilidades necesarias para el buen funcionamiento de dicho Complejo. Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s diecisiete (17) dias del mes de septiembre del aiio mil novecientos noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 137de la Restauracion. Leone1 Fernandez

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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