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Decreto

Decreto 974-01

que crea con asiento en cada Secretaria de Estado, la Oficina de Equidad de Gknero y Desarrollo, bajo la articulacion de la Secretaria de Estado de la Mujer

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 sept de 2001fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10102Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 974-01 que crea con asiento en cada Secretaria de Estado, la Oficina de Equidad de Gknero y Desarrollo, bajo la articulacion de la Secretaria de Estado de la Mujer. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 974-01 CONSIDERANDO: Que la Constitucihn de la Republica Dominicana reconoce como “finalidad principal del Estado la proteccihn efectiva de 10s derechos de la persona humana y el mantenimiento de 10s medios que le permitan perfeccionarse progresivamente dentro de un orden de libertad individual y de justicia social, compatible con el orden publico, el bienestar general y el derecho de todos”. CONSIDERANDO: Que el Estado Dominican0 es signatario de la Convencidn para la Eliminacidn de todas las Formas de Discriminacidn Contra la Mujer, ratificada por el Congreso Nacional en 1982. CONSIDERANDO: Que la Secretaria de Estado de la Mujer (SEM), es la institucihn que tiene como mandatos especificos “articular, coordinar y coejecutar con 10s organismos del Estado para asegurar que las politicas, programas y proyectos sectoriales contemplen criterios de equidad de generos”. CONSIDERANDO: Que dada la naturaleza transversal del trabajo de genero/mujer de la Secretaria de Estado de la Mujer (SEM) es necesario institucionalizar el enfoque de genero en las politicas publicas de cada Secretaria de Estado y de sus respectivas dependencias a nivel nacional. VISTA la Ley No. 86-99, de fecha 11 de agosto del aiio 1999, que crea la Secretaria de Estado de la Mujer. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se crea con asiento en cada Secretaria de Estado, La Oj?cina de Equidad de Genero y Desarrollo, bajo la articulacihn de la Secretaria de Estado de la Mujer (SEM), con el proposito fundamental de incorporar en las politicas, planes, acciones, programas y proyectos de cada Secretaria de Estado el enfoque de perspectiva de genero a nivel nacional para la integracion de la mujer en el desarrollo. ARTICULO 2.- Cada Secretaria de Estado aportara el local, el personal, y 10s equipos de trabajo que se requieran, y sera responsable de incluir en su presupuesto anual de ejecucion 10s recursos bisicos necesarios para el trabajo administrativo, funcionamiento y por concept0 de servicios personales de su oficina de genero y desarrollo. ARTICULO 3.- La O$cina de Equidad de Genero y Desarrollo de cada Secretaria de Estado realizara sus funciones, para 10s fines del presente decreto, bajo la supervision, vigilancia y evaluacion de la Secretaria de Estado de la Mujer (SEM), en coordinacion con la Secretaria de Estado sede de dicha Unidad. ARTICULO 4.- La O$cina de Equidad de Genero y Desarrollo de cada Secretaria de Estado debera monitorear, evaluar y reportar cada seis (6) meses a la Secretaria de Estado de la Mujer (SEM), 10s avances en 10s planes, politicas y estrategia para la igualdad del hombre y de la mujer, ademis de coordinar 10s ajustes necesarios a implementar en su irea, para el cumplimiento de 10s convenios y comprornisos internacionales asumidos por el Estado Dominicano. ARTICULO 5.- La Secretaria de Estado de la Mujer (SEM) y las Secretarias de Estado sedes de las O$cinas de Equidad de Genero y Desarrollo elaboraran un reglamento dentro de 10s sesenta (60) dias siguientes a la publicacion del siguiente decreto, el cual remitiran a1 Poder Ejecutivo para su aprobacion. ARTICULO 6.- Enviese a la Secretaria de Estado de la Mujer (SEM), para 10s fines correspondientes, y cada Secretaria de Estado, para su irnplementacion. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintiseis (26) dias del mes de septiembre del aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 139 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona