Texto de la norma
Dec. No. 946-01 que designa la Comision de Gestion de Clemencia ante las
autoridades correspondientes en el proceso de que ha sido objeto el ciudadano
dominicano Confesor Valdez Franco, en la Isla de Antigua.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 946-01
CONSIDERANDO: Que desde la entrada en vigor de la Constitucion del
lro. de abril de 1908, la Republica Dominicana quedo virtualmente incorporada a la
corriente internacional de caracter humanistico, que declara inaceptable la pena de muerte
como recurso punitivo ante la comision de cualquier infraccion sin importar su
naturaleza.
CONSIDERANDO: Que a tono con la asuncion del mencionado
principio y con la filosofia de aplicacion de la ley ordinaria que le es consustancial, el
texto constitucional vigente de nuestro pais, especificamente en el ordinal 1 de su
Articulo 8, consagra de manera expresa y solemne la inviolabilidad de la vida como una
de sus normas fundamentales.
CONSIDERANDO: Que, en consecuencia, es responsabilidad del Estado
Dominicano garantizarle a todos sus ciudadanos, tanto dentro como fuera del territorio
nacional, la debida proteccion frente a cualquier amenaza factual o legal que se cierna
sobre su existencia.
CONSIDERANDO: Que en la Isla de Antigua guarda prision el
ciudadano dominicano Confesor Valdez Franco, quien fue condenado a morir en la horca
en base a imputaciones que conforme a la legislacion de ese territorio insular implican la
pena de muerte.
CONSIDERANDO: Que es deber del Estado Dominicano realizar todos
10s esfuerzos que Sean necesarios para evitar que la referida pena capital se ejecute sobre
el ciudadano dominicano ya nombrado, independientemente de si este es culpable o no de
las acusaciones que se le han formulado.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se designa una Comision Especial de Gestion de
Clemencia ante las autoridades correspondientes en el proceso de que ha sido objeto en la
Isla de Antigua el ciudadano dominicano Confesor Valdez Franco.
ARTICULO 2.- La aludida comision estara integrada por 10s siguientes
seiiores: doctor Virgilio Bello Rosa, Procurador General de la Republica; doctor Guido
Gomez Mazara, Consultor Juridic0 del Poder Ejecutivo; licenciado Enrique Garcia,
Comisionado para Reforma y la Modernizacion de la Justicia; y un representante
calificado de la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores.
ARTICULO 3.- Se instruye a la comision designada para que elabore y
ponga en marcha cuantas providencias Sean pertinentes, incluyendo la visita en mision
oficial a la Isla de Antigua, a objeto de lograr 10s cometidos del presente decreto.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s diecinueve (19) dias del mes de septiembre del
aiio dos mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
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