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Decreto

Decreto 1194-00

que crea el Servicio Nacional de Proteccion Ambiental o Policia Ambiental, dependiente de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 nov de 2000fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10064Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1194-00 que crea el Servicio Nacional de Proteccion Ambiental o Policia Ambiental, dependiente de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 1194.00 CONSIDERANDO: Que en funcihn de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el fie1 cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, No.64-00 del 18 de agosto del aiio 2000, coordinando a tales fines con la Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas y con la Policia Nacional, las acciones a ejecutar para la aplicacihn de la politica sobre medio ambiente y 10s recursos naturales del pais. CONSIDERANDO: Que para lograr la proteccihn real del medio ambiente y 10s recursos naturales en todo el territorio de la Republica Dorninicana, es necesario la creacihn de una entidad especializada que tenga la capacidad tecnica, confiabilidad y rectitud moral a 10s fines de prevenir y controlar las acciones y hechos que constituyan degradaciones, daiios, perjuicios e infracciones ambientales que deterioran el medio ambiente y 10s ecosistemas, afectando negativamente la calidad de vida de toda la poblacihn dominicana, actual y futura. VISTA la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, No. 64-00, del 18 de agosto del aiio dos mil (ZOOO), en sus Articulos 15, numeral 8; Articulo 18, numeral 24 y Articulo 191. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente: D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se crea el Servicio Nacional de Proteccihn Ambiental, o Policia Ambiental, como organism0 dependiente y adscrito a la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ARTICULO 2.- El Servicio Nacional de Proteccihn Ambiental, o Policial Ambiental, tendra las funciones siguientes: 1. Hacer cumplir todas las disposiciones establecidas en la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, No.64-00, del 18 de agosto del aiio dos mil (ZOOO), asi como tambien cualquier otra disposicihn, norma o regulacion que emane de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, o de cualquier otra institucihn o poder del Estado Dominicano, relativas a la proteccihn del medio ambiente y 10s recursos naturales. 2. Tomar todas las medidas preventivas pertinentes para evitar que se cometan violaciones a las disposiciones antes mencionadas. 3. Investigar, perseguir, detener y someter ante la Procuraduria para la Defensa del Medio Ambiente y 10s Recursos Naturales a las personas o instituciones que incurran en violaciones a las leyes ambientales o cualesquiera otras normativas relacionadas, actuando apegados a las disposiciones que garantizan 10s derechos civiles de 10s ciudadanos. 4. Ejecutar programas y proyectos de capacitacihn tecnica que mejoren el eficiente desempeiio de sus miembros en las funciones que les competen. 5 . Coordinar con las distintas instituciones publicas las acciones que garanticen la mas eficiente ejecucihn de las funciones que les han sido asignadas. En especial, asistir a 10s servicios de guarda foresta y de guarda parques. ARTICULO 3.- El Servicio Nacional de Proteccihn Ambiental o Policia Ambiental estara bajo el mando de un Mayor General o Vice-Almirante de las Fuerzas Armadas, como jefe con categoria de Subsecretario de Estado y un subjefe con rango de General de Brigada o Contralmirante de las Fuerzas Armadas, designados por el Presidente de la Republica. ARTICULO 4.- Se instruye a las Secretarias de Estado de las Fuerzas Armadas y de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que especialicen partidas presupuestarias destinadas a viabilizar la organizacihn y puesta en operacihn del Servicio Nacional de Proteccihn Ambiental, o Policia Ambiental, tanto en lo que resta de la ejecucihn presupuestaria del presente aiio 2000 como para el Proyecto de presupuesto para el aiio 200 1. ARTICULO 5.- Se instruye a 10s Secretarios de Estado de Medio Ambiente y de las Fuerzas Armadas a que establezcan la coordinacihn necesaria para la puesta en funcionamiento del Servicio Nacional de Proteccihn Ambiental o Policia Ambiental, creados mediante el presente decreto. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s trece (13) dias del mes de noviembre del aiio dos mil, aiios 157 de la Independencia y 138 de la Restauracihn. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona