Texto de la norma
Dec. No. 389-01 que autoriza al Instituto Cultural Dominico-Americano a expedir títulos académicos a nivel superior.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 389-01
CONSIDERANDO: Que el Instituto Cultural Dominico Americano (ICDA), fue fundado en el año 1947 y elevado hace 11 años a Instituto Técnico Superior, mediante Decreto No.226, de fecha 6 de junio de 1989, realizando desde entonces una eficiente labor educativa.
CONSIDERANDO: Que la evaluación quinquenal realizada por el CONES a las instituciones de educación superior dominicanas revela que el Instituto Cultural Dominico Americano posee fortalezas apreciables favorables para el cumplimiento de su misión y objetivos institucionales.
CONSIDERANDO: Que el Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), rindió un informe al Poder Ejecutivo solicitando la reclasificación del Instituto Cultural Dominico Americano a fin de que éste pueda expedir títulos académicos con el mismo alcance, fuerza y validez que los expedidos por las instituciones públicas y privadas de igual categoría en los grados Técnico Superior, de Licenciatura y de Postgrado.
VISTA la Ley No.273, de fecha 27 de junio de 1966, modificada por la Ley No.236, de fecha 20 de diciembre de 1967 que regula el establecimiento y funcionamiento de las entidades universitarias y de estudios superiores.
VISTO el Decreto No.1255, de fecha 25 de julio de 1983, modificado por el Decreto No.517-96, de fecha 14 de octubre del 1996, mediante los cuales se crea el Consejo Nacional de Educación Superior y se establece a su vez el Reglamento para la educación superior privada así como su estructura y propósitos.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- El Instituto Cultural Dominico Americano (ICDA), con domicilio en [domicilio omitido], queda facultado mediante el presente decreto a expedir títulos académicos a
nivel superior con el mismo alcance, fuerza y validez que los expedidos por las instituciones académicas oficiales y privadas de igual categoría.
ARTICULO 2.- El Instituto Cultural Dominico Americano (ICDA), gozará de personalidad jurídica y podrá expedir títulos de nivel superior en las carreras de grado, programas técnicos superiores y de postgrados que se indican a continuación:
a) Nivel Técnico Superior:
- Técnico Superior en Mercadotecnia.
- Técnico Superior en Diseño Gráfico y Arte Publicitario.
- Técnico Superior en Educación, mención Artes.
Título a Otorgar:
Técnico Superior en Mercadotecnia.
Técnico Superior en Diseño Gráfico y Arte Publicitario.
Técnico Superior en Educación, mención Artes.
b) Nivel de Grado:
- Licenciatura en Administración de Empresas.
- Licenciatura en Administración de Empresas Turísticas y Hoteleras.
- Licenciatura en Mercadotecnia.
- Licenciatura en Diseño Gráfico y Arte Publicitario.
- Licenciatura en Educación, mención Artes.
- Licenciatura en Educación, mención Inglés.
- Licenciatura en Educación, mención Educación Inicial.
- Licenciatura en Educación Básica.
- Ingeniería de Sistemas.
Título a Otorgar:
Licenciatura en Administración de Empresas.
Licenciatura en Administración de Empresas Turísticas y Hoteleras.
Licenciatura en Mercadotecnia.
Licenciatura en Diseño Gráfico y Arte Publicitario.
Licenciatura en Educación, mención Artes.
Licenciatura en Educación, mención Inglés.
Licenciatura en Educación, mención Educación Inicial.
Licenciatura en Educación Básica.
Ingeniería de Sistemas.
c) Nivel de Postgrado:
- Especialidad en Educación, mención Inglés.
Titulo a Otorgar:
Especialidad en Educación, mención Inglés.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de marzo del año dos mil uno; años 158 de la Independencia y 138 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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