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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 389-01

que autoriza al Instituto Cultural Dominico-Americano a expedir títulos académicos a nivel superior

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 mar de 2001fecha
Otrostipo
G. O. 10080Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 389-01 que autoriza al Instituto Cultural Dominico-Americano a expedir títulos académicos a nivel superior. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 389-01 CONSIDERANDO: Que el Instituto Cultural Dominico Americano (ICDA), fue fundado en el año 1947 y elevado hace 11 años a Instituto Técnico Superior, mediante Decreto No.226, de fecha 6 de junio de 1989, realizando desde entonces una eficiente labor educativa. CONSIDERANDO: Que la evaluación quinquenal realizada por el CONES a las instituciones de educación superior dominicanas revela que el Instituto Cultural Dominico Americano posee fortalezas apreciables favorables para el cumplimiento de su misión y objetivos institucionales. CONSIDERANDO: Que el Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), rindió un informe al Poder Ejecutivo solicitando la reclasificación del Instituto Cultural Dominico Americano a fin de que éste pueda expedir títulos académicos con el mismo alcance, fuerza y validez que los expedidos por las instituciones públicas y privadas de igual categoría en los grados Técnico Superior, de Licenciatura y de Postgrado. VISTA la Ley No.273, de fecha 27 de junio de 1966, modificada por la Ley No.236, de fecha 20 de diciembre de 1967 que regula el establecimiento y funcionamiento de las entidades universitarias y de estudios superiores. VISTO el Decreto No.1255, de fecha 25 de julio de 1983, modificado por el Decreto No.517-96, de fecha 14 de octubre del 1996, mediante los cuales se crea el Consejo Nacional de Educación Superior y se establece a su vez el Reglamento para la educación superior privada así como su estructura y propósitos. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.- El Instituto Cultural Dominico Americano (ICDA), con domicilio en [domicilio omitido], queda facultado mediante el presente decreto a expedir títulos académicos a nivel superior con el mismo alcance, fuerza y validez que los expedidos por las instituciones académicas oficiales y privadas de igual categoría. ARTICULO 2.- El Instituto Cultural Dominico Americano (ICDA), gozará de personalidad jurídica y podrá expedir títulos de nivel superior en las carreras de grado, programas técnicos superiores y de postgrados que se indican a continuación: a) Nivel Técnico Superior: - Técnico Superior en Mercadotecnia. - Técnico Superior en Diseño Gráfico y Arte Publicitario. - Técnico Superior en Educación, mención Artes. Título a Otorgar: Técnico Superior en Mercadotecnia. Técnico Superior en Diseño Gráfico y Arte Publicitario. Técnico Superior en Educación, mención Artes. b) Nivel de Grado: - Licenciatura en Administración de Empresas. - Licenciatura en Administración de Empresas Turísticas y Hoteleras. - Licenciatura en Mercadotecnia. - Licenciatura en Diseño Gráfico y Arte Publicitario. - Licenciatura en Educación, mención Artes. - Licenciatura en Educación, mención Inglés. - Licenciatura en Educación, mención Educación Inicial. - Licenciatura en Educación Básica. - Ingeniería de Sistemas. Título a Otorgar: Licenciatura en Administración de Empresas. Licenciatura en Administración de Empresas Turísticas y Hoteleras. Licenciatura en Mercadotecnia. Licenciatura en Diseño Gráfico y Arte Publicitario. Licenciatura en Educación, mención Artes. Licenciatura en Educación, mención Inglés. Licenciatura en Educación, mención Educación Inicial. Licenciatura en Educación Básica. Ingeniería de Sistemas. c) Nivel de Postgrado: - Especialidad en Educación, mención Inglés. Titulo a Otorgar: Especialidad en Educación, mención Inglés. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de marzo del año dos mil uno; años 158 de la Independencia y 138 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona