Texto de la norma
Dec. No. 374-01 que dispone la entrega a la Secretaria de Estado de Cultura, de las
instalaciones fisicas de la antigua Chocolatera Industrial de Puerto Plata.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 374-01
CONSIDERANDO: Que es una prioridad de este gobierno el desarrollo
educativo y cultural de la niiiez y la juventud dominicana.
CONSIDERANDO: Que el Estado fomentara la creacion, ampliacion y
adecuacion de infraestructuras artisticas y culturales y garantizara el acceso de todos 10s
dominicanos y dominicanas a las mismas.
CONSIDERANDO:
Que el desarrollo economico y social debera
articularse con el desarrollo cultural, educativo, cientifico y tecnologico.
CONSIDERANDO: Que el desarrollo cultural consiste en el proceso de
prornocion del conjunto de factores capaces de acrecentar de manera significativa el nivel
de vida cultural de la poblacion.
CONSIDERANDO: Que la Provincia de Puerto Plata constituye una fuente
historica de talent0 artistic0 y cultural.
CONSIDERANDO: Que las instalaciones fisicas de la antigua Chocolatera
Industrial ubicada en el municipio de Puerto Plata, que forman parte del patrimonio del
Estado, se encuentran en un estado de abandon0 y desuso desde hace mis de dos decadas.
CONSIDERANDO: Que es necesario la creacion de un centro para la
formacion, produccion y difusion del arte y la cultura en Puerto Plata y toda la region, a1
estilo de las factorias de arte y cultura existentes en las grandes capitales del mundo, para
poder promocionar e incentivar la explotacion y el desarrollo del turismo-cultural,
aprovechando el trabajo de nuestros artistas en beneficio del progreso nacional.
VISTA la Ley No. 41-00, de fecha 28 de junio del aiio 2000
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se ordena la entrega a la Secretaria de Estado de Cultura de
las instalaciones fisicas de la antigua Chocolatera Industrial de Puerto Plata.
ARTICULO 2.- Se ordena la comunicacion del presente decreto a la
Secretaria de Estado de Cultura, a la Corporacion Dorninicana de Empresas Estatales y a la
Direccion General de Bienes Nacionales, para 10s fines de lugar.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s diecinueve (19) dias del mes de marzo del aiio
dos mil uno; aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
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