Texto de la norma
Dec. No.404-99 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 404-99
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del
presente Decreto, habian sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar 10s
procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No.659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber
recibido dentro del plazo legal, ningh acto de oposicion a las solicitudes formuladas en tal
sentido por 10s interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades
requeridas por la Ley;
VISTOS 10s Articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- La seiiora Anita Ramos Peguero, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Ana Ramos Peguero.
Articulo 2.- El seiior Ramon Placido Santana, queda autorizado a cambiar
su nombre por el de Juan Pablo Placido Santana.
Articulo 3.- La seiiora Flerida Maria Nuiiez Alejo, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Ysabel Nuiiez Alejo.
Articulo 4.- La seiiora Carmen Maria del Rosario Hernindez Mayor, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de Carmen Maria Hernandez Mayor.
Articulo 5.- EL seiior Luis Francisco Gutierrez, queda autorizado a cambiar
su nombre por el de Luis Maria Gutierrez.
Articulo 6.- La seiiora Martha Cabrera Adames, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de Maria Martina Cabrera Adames.
Articulo 7.- EL seiior Dario Veras Rosario, queda autorizado a cambiar el
nombre de su hija menor Berkis Caridad Veras Henriquez por el nombre de Dariana
Caridad Veras Henriquez.
Articulo 8.- Los seiiores Gerald0 Mercedes Amparo de Jesus y Catalina
Abad Tolentino quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo menor Gerady Wilian
Amparo Abad por el nombre de Geraldy William Amparo Abad.
Articulo 9.- Los seiiores Jose Francisco Diaz Medina y Zulema Antonia
Guerrero Pichardo quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo menor Clodys
Francisco Diaz Guerrero por el nombre de Francis Diaz Guerrero.
Articulo 10.- La seiiora Herminia Cointa Vargas, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Emmy Herminia Vargas Vargas.
Articulo 11.- La seiiora Regina Rodriguez Mendoza, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Australia Rodriguez Mendoza.
Articulo 12.- La seiiora Julia de la Rosa, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Ana Julia de la Rosa.
Articulo 13.- La seiiora Laura Parra Lopez , queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Katia Parra Lopez.
Articulo 14.- La seiiora Monica Garcia Reyes, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de Irma Monica Garcia Reyes.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s nueve (9) dias del mes de septiembre del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 137 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
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