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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 391-99

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 sept de 1999fecha
Otrostipo
G. O. 10026Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 391-99 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 391-99 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones; CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados; CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley; VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo 1.- La señora Ramona Martinez del Rosario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Belkis Martínez del Rosario. Artículo 2.- El señor Whilnes Oguis Louis, queda autorizado a cambiar su nombre por el de William Oguis Louis. Artículo 3.- El señor Ecolástico Martínez Burgos, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Orlando Escolástico Martínez Burgos. Artículo 4.- La señora Rufina Ferrera Matos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rosa Vanessa Ferreras Matos. Artículo 5.- El señor Severiano Paniagua de los Santos, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Fernelys Paniagua de los Santos. Artículo 6.- El señor Manuel Amparo Paula, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Apolinar Amparo Paula. Artículo 7.- La señora Cristina Then Sánchez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Cristina Then Sánchez. Artículo 8.- El señor Pablo Rodríguez Martínez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Pedro Rodríguez Martínez.. Artículo 9.- La señora Cesaria Mercedes Rosario Rosario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Cesarina Mercedes Rosario Rosario. Artículo 10.- La señora María Francisca Durán Trinidad, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Fabia Francisca Durán Trinidad. Artículo 11.- La señora Cleotilde del Pilar Jiménez Ortíz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Pilar Jiménez Ortíz. Artículo 12.- La señora María Milagros Concepción Vásquez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Inocencia Concepción Vásquez. Artículo 13.- El señor Felisita Alvarez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Felicia Alvarez. Artículo 14.- La señora Edulfo Mejía Heredia, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Fernando Mejía Heredia. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y nueve, años 156 de la Independencia y 137 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona