Texto de la norma
Dec. No. 391-99 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 391-99
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1.- La señora Ramona Martinez del Rosario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Belkis Martínez del Rosario.
Artículo 2.- El señor Whilnes Oguis Louis, queda autorizado a cambiar su nombre por el de William Oguis Louis.
Artículo 3.- El señor Ecolástico Martínez Burgos, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Orlando Escolástico Martínez Burgos.
Artículo 4.- La señora Rufina Ferrera Matos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rosa Vanessa Ferreras Matos.
Artículo 5.- El señor Severiano Paniagua de los Santos, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Fernelys Paniagua de los Santos.
Artículo 6.- El señor Manuel Amparo Paula, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Apolinar Amparo Paula.
Artículo 7.- La señora Cristina Then Sánchez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Cristina Then Sánchez.
Artículo 8.- El señor Pablo Rodríguez Martínez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Pedro Rodríguez Martínez..
Artículo 9.- La señora Cesaria Mercedes Rosario Rosario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Cesarina Mercedes Rosario Rosario.
Artículo 10.- La señora María Francisca Durán Trinidad, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Fabia Francisca Durán Trinidad.
Artículo 11.- La señora Cleotilde del Pilar Jiménez Ortíz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Pilar Jiménez Ortíz.
Artículo 12.- La señora María Milagros Concepción Vásquez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Inocencia Concepción Vásquez.
Artículo 13.- El señor Felisita Alvarez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Felicia Alvarez.
Artículo 14.- La señora Edulfo Mejía Heredia, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Fernando Mejía Heredia.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y nueve, años 156 de la Independencia y 137 de la Restauración.
Leonel Fernández
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