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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 388-99

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 sept de 1999fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 10026Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 388-99 que concede el beneficio de la incorporacion a varias instituciones sin fines de lucro. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dorninicana NUMERO: 388-99 VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, y sus modificaciones. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacihn a las siguientes asociaciones: I ASOCIACION DE REGANTES JUAN ALVAREZ, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 11 de diciembre de 1998. 2. ASOCIACION DE REGANTES 27 DE FEBRERO, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 8 de diciembre de 1998. FUNDACION “PROFESORA LUISA LAMOUTH DE ROBLES”, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 21 de septiembre de 1998. 4. FUNDACION TRIBUNA DEL DERECHO, que tiene su domicilio en la provincia Puerto Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 4 de junio de 1999. ASOCIACION DE REGANTES LA NUEVA ESPERANZA, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 11 de diciembre de 1998. FUNDACION ACCION POR UN PORVENIR MEJOR, (FAPME), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 10 de diciembre de 1998. FUNDACION DE MAESTROS CRISTIANOS (FUNMACRIS), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 3 de agosto de 1999. FUNDACION CAOBITAS, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 13 de julio de 1999. 9. FUNDACION PRO-DESARROLLO DEL MUNICIPIO DE PALENQUE, que tiene su domicilio en la provincia San Cristobal, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 22 de enero de 1999. FUNDACION PARA LA ASISTENCIA Y DESARROLLO DE LA MUJER, que tiene su domicilio en la provincia San Pedro de Macoris, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 22 de enero de 1999. FUNDACION JACOB0 VIVE, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 22 de enero de 1999. 12. FUNDACION COMUNITARIA FACILITAME UN LIBRO, que tiene su domicilio en la provincia La Romana, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 22 de enero de 1999. 13. SOCIEDAD DOMINICANA DE MEDICINA NUCLEAR, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 28 de mayo de 1999. 14. CONSEJO DE DESARROLLO AGROFORESTAL LA NUEVA VIDA, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 17 de abril de 1999. 15. FUNDACION PARA EL DESARROLLO Y PROTECCION DE LA CUENCA HIDROGRAFICA DEL RIO NIZAITO, (FUNDEPROCUNIPA), que tiene su domicilio en la provincia Barahona, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 24 de junio de 1999. 16. ASOCIACION PRO-DESARROLLO DE YAGUATE, que tiene su domicilio en la provincia San Cristobal, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 22 de enero de 1999. 17. ASOCIACION DE SUPLIDORES HOTELEROS DE LA PROVINCIA LA ALTAGRACIA, (ASUHOPA), que tiene su domicilio en la provincia La Altagracia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 de junio de 1999. 18. CLUB ACCION JUVENIL QUISQUEYANO, (CAJUQUIS), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 4 de abril de 1998. 19. MISION “VIDA NUEVA”, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 de mayo de 1999. 20. ASOCIACION CLUB DE AMAS DE CASA NUESTRA SERORA DEL CARMEN DEL PARAJE JOBAYAL, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 21 de mayo de 1999. 21. ASOCIACION DE ARTESANOS DE MADERA PETRIFICADA DE IMBERT, que tiene su domicilio en la provincia Puerto Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 18 de enero de 1999. 22. TERCERA JUVENTUD, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 de junio de 1999. 23. CIRCULO DE CRONISTAS HIPICOS PROFESIONALES, (CICROHIPRO), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 5 de junio de 1999. 24. CENTRO DE PROMOCION CAMPESINA “LEMBA DIOCESIS DE BARAHONA”, que tiene su domicilio en la provincia Barahona, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 18 de junio de 1999. 25. ASOCIACION DE TAXI TURISTICO CRISTIANO “SIETE RUEDAS”, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de junio de 1999. 26. ASOCIACION DE PESCADORES PRESA DE SABANA YEGUA, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 7 de febrero de 1999. 27. FUNDACION DOMINICANA CONTRA LA HEPATITIS, (FUNDHE), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 5 de mayo de 1999. 28. FUNDACION LOMA DEL CHIVO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 de agosto de 1998. 29. ASOCIACION DE AGRICULTORES LA MILAGROSA, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 18 de marzo de 1999. 30. HOGAR ESCUELA LUZ Y VIDA, que tiene su domicilio en la provincia Monte Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 de mayo de 1998. 31. FUNDACION CAMPOR, que tiene su domicilio en la provincia Duarte, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 6 de marzo de 1999. 32. CENTRO PARA EL DESARROLLO DEL NOROESTE, (CEPADENI), que tiene su domicilio en la provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 6 de febrero de 1999. 33. ACCION PRO-VIDA DIGNA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 3 de agosto de 1999. 34. IGLESIA BAUTISTA “LA ROMANA”, que tiene su domicilio en la provincia La Romana, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de marzo de 1999. 35. CLUB DE AUTOS ANTIGUOS Y CLASICOS DE REPUBLICA DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de enero de 1999. 36. CLUB DE LEONES SALCEDO, que tiene su domicilio en la provincia Salcedo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de enero de 1999. 37. MANOS UNIDAS, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 28 de agosto de 1999. 38. ASOCIACION DE VENDEDORES ZONA FRANCA HAINAMOSA Y ZONAS ALEDARAS, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 21 de julio de 1999. 39. FUNDACION SANTO NIRO DE ATOCHA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 1 de febrero de 1999. 40. CENTRO MUNDIAL DE ASESORIA Y PROYECTOS, (CEMAP), que tiene su domicilio en la provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 de mayo de 1998. 41. ASOCIACION DE VECINOS DE PUERTA DE HIERRO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 de mayo de 1999. 42. AMAZING FUN CLUB, (AFC), que tiene su domicilio en la provincia Puerto Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 1 de enero de 1999. 43. ASOCIACION DE SALVAVIDAS DEL RIO DAMAJAGUA, que tiene su domicilio en la provincia Puerto Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de mayo de 1999. 44. FUNDACION DE DESARROLLO DEL NORTE, (FUDENOR), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 27 de junio de 1998. 45. VOLUNTARIADO JESUS CON LOS NIROS, que tiene su domicilio en la provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 12 de marzo de 1999. 46. FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA MARIA TRINIDAD SANCHEZ, que tiene su domicilio en la provincia Maria Trinidad Sanchez, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 2 de agosto de 1998. 47. CENTRO SOCIAL ARENOSO, que tiene su domicilio en la provincia Duarte, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 8 de febrero de 1999. 48. FUNDACION CENTRO INTEGRAL DE ESPECIALIDADES PSICOLOGICAS, (FUCIDEPSI), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 1 de julio de 1999. Articulo 2.- Dichas incorporaciones estatutarias seran efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones realicen el deposit0 y la publicacion a que se refiere el Articulo 4 de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario. Articulo 3.- Enviese a la Procuraduria General de la Republica, para 10s fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s seis (6) dias del mes de septiembre del aiio mil novecientos noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 137 de la Restauracion. Leone1 Fernandez Dec. No. 389-99 dispone que la Junta de Retiro de la Politica Nacional estara integrada en lo adelante por 10s incumbentes de varios departamentos de esa institucion.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona