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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 346-99

que traspasa 10s terrenos de la concesion Cab0 Rojo, de la Ideal Dominicana, S.A., a1 Parque Nacional Jaragua y establece 10s limites de este Parque, y dicta otras disposiciones

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 ago de 1999fecha
Concesióntipo
G. O. 10023Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Parque Nacional Jaragua y establece los limites de este Parque

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 346-99 que traspasa 10s terrenos de la concesion Cab0 Rojo, de la Ideal Dominicana, S.A., a1 Parque Nacional Jaragua y establece 10s limites de este Parque, y dicta otras disposiciones. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 346-99 CONSIDERANDO: Que es de alto interes nacional la conservacion y us0 racional de 10s recursos naturales y la disminucion de 10s niveles de pobreza en la zona rural. CONSIDERANDO: Que es necesaria la adecuacion, modemizacion y consolidacion del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas. CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano otorgo a la Alcoa Exploration la concesion de explotacion de caliza. (Concesion Cab0 Rojo, Resolucion Minera 19/93 del 4 de abril de 1983). CONSIDERANDO: Que por Resolucion No. 12-85, el Estado Dominicano otorgo a favor de la Ideal Dorninicana, S.A. la Concesion de Explotacion de Caliza Cab0 Rojo, la cual fue registrada en fecha 23 de julio de 1985 en el Registro Publico de Mineria. CONSIDERANDO: Que por el Decreto No. 1315 del 11 de agosto de 1983, se creo el Parque Nacional Jaragua, sin delimitacihn alguna, y se encargo a la Direccion Nacional de Parques realizar 10s estudios necesarios para determinar 10s limites del mismo. CONSIDERANDO: Que a1 ser verificado sobre el terreno 10s limites del Parque Nacional Jaragua, establecidos por el Decreto No. 157-86, se detect0 que dicho Parque ocupa un irea de aproximadamente cinco mil setecientos cincuenta (5,750) hectareas correspondientes a la Concesion Minera Cab0 Rojo, otorgada a la Ideal Dorninicana. S.A. mediante Resolucion Minera No. 12/85. CONSIDERANDO: Que en una porcion de aproximadamente 1,720 hectareas del area en cuestion se han realizado extensas actividades de explotacion mineral, habiendose construido carreteras de acceso, abierto trochas, colocado relleno, realizado perforaciones, toma de muestras y realizado otras actividades relacionadas con la explotacion de minerales, que son incompatibles con el objetivo de un Parque Nacional. CONSIDERANDO: Que Ideal Dorninicana, S.A., esta dispuesta a ceder a1 Parque Nacional Jaragua, una porcion de su concesion igual a cinco mil ciento cuatro (5,104.50) has., equivalente a1 60% del irea total de la Concesion, que representa la totalidad del area de su Concesion afectada por las labores de explotacion. VISTA la Ley No. 146 de fecha 4 de junio de 1971 de Mineria. VISTA la Ley No.No.67 del 8 de noviembre de 1974 que crea la Direccion Nacional de Parques. VISTA la Resolucion Minera No.19-83 de la Direccion General de Mineria de la Secretaria de Estado de Industria y Comercio de fecha 4 de abril de 1983. VISTO el Decreto 1315 de fecha 11 de agosto de 1983 VISTA la Resolucihn Minera No.12-85 de la Direccihn General de Mineria de la Secretaria de Estado de Industria y Comercio de fecha 23 de julio de 1985. VISTO el Decreto 157-86 del 26 de febrero de 1986 VISTO el Plan de Manejo y Conservacihn del Parque Nacional Jaragua establecido por la Direccihn Nacional de Parques en junio de 1986. VISTOS 10s resultados del Dialogo Nacional en lo atinente a1 sector Recursos Naturales y Medio Ambiente. VISTO el Decreto No.207-98 del 3 de junio de 1998 que reglamenta la Ley de Mineria de 1971. VISTO el Estudio de Equivalencia Ecolhgica realizado por el Grupo Jaragua, Inc. VISTA la Resolucihn-Adendum suscrita entre la Ideal Dorninicana, S.A., la Direccihn General de Mineria y la Direccihn Nacional de Parques de fecha 26 de enero de 1999. OIDA la opinion del Comite Asesor previsto en la Ley No.67 del 8 de noviembre del aiio 1974. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : Articulo 1.- A 10s fines de dar cumplimiento a la Resolucihn-Adendum suscrita entre la Direccihn General de Parques, la Direccihn General de Mineria y la Ideal Dorninicana, S.A., en fecha 26 de enero de 1999, se traspasan 10s terrenos de la concesihn Cab0 Rojo de la Ideal Dorninicana, S.A. a1 Parque Nacional Jaragua. Articulo 2.- Los limites del Parque Nacional Jaragua seran en lo adelante, 10s que se describen a continuacihn: COORDENADAS UTM 255-500 ME 1972-000 MN 259-000 ME 1970-000 MN 254-000 ME 1957-000 MN 4 247-000 ME 1945-000 MN 5 218-000 ME 1932-000 MN 6 214-000 ME 1951-000 MN 7 210-000 ME 1967-000 MN 8 215-000 ME 1977-000 MN 9 219-600 ME 1977-000 MN 10 220-000 ME 1977-000 MN 11 220-000 ME 1978-000 MN 12 223-000 ME 1978-000 MN 13 223-000 ME 1979-000 MN 14 225-000 ME 1979-000 MN 15 225-000 ME 1983-000 MN 16 222-000 ME 1983-000 MN 17 222-000 ME 1990-000 MN 18 219-000 ME 1990-000 MN 19 219-000 ME 1992-000 MN 20 226-000 ME 1992-000 MN 21 226-000 ME 1986-400 MN De estas coordenadas se continua el límite por la carretera que comunica Oviedo-Pedernales hasta llegar a las siguientes coordenadas: 22 234-900 ME 1982-500 MN 23 232-000 ME 1976-000 MN 24 238-000 ME 1967-000 MN 25 238-000 ME 1966-500 MN 26 240-000 ME 1965-000 MN 27 248-200 ME 1967-600 MN 28 248-500 ME 1968-700 MN 29 249-000 ME 1969-000 MN 30 249-700 ME 1971-000 MN 31 251-900 ME 1970-100 MN 251-700 ME 1971-300 MN 252-700 ME 1972-000 MN Las cuales cierran el poligono y unen en linea recta el ultimo punto de coordenadas con el punto de origen, que esta localizado en la coordenada UTM 255-500 ME y 1972-000 ME. PARRAFO I: En dicho poligono quedan comprendidos, la Isla Beata, la Isla Alto Velo, Los Cayos de 10s Frailes y de Piedra Negra asi como la zona maritima circundante. Los limites arriba indicados fueron definidos utilizando el sistema de proyeccion UTM y referidas a1 datum horizontal North American Datum 1972. PARRAFO 11: La superficie enmarcada dentro de estos limites alcanza aproximadamente de mil trescientos setentinueve (1,379) kilometros cuadrados entre areas costeras marinas, insulares, lacustres y terrestres. Articulo 3.- Quedan derogados por el presente Decreto el Articulo 1 del Decreto No.157-86 de fecha 26 de febrero de 1986 y el acapite a) del Articulo 1, del Decreto No.1315 del 11 de agosto de 1983. Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s doce (12) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 136 de la Restauracion. Leone1 Fernandez

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona