Texto de la norma
Dec. No. 345-99 que autoriza a varias compañías extranjeras a fijar su domicilio en la República Dominicana.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 345-99
VISTAS las instancias que por vía de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las sociedades comerciales que aparecen en la parte dispositiva del presente Decreto.
VISTO el Artículo 13 del Código Civil de la República Dominicana.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza a la compañía Arthur Andersen LLP., sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes del Estado de Illinois, Estados Unidos de América, con su domicilio principal en el 225 North Michigan Avenue Chicago IL 60601-7600, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 2.- Se autoriza a la compañía Mursia Investments Corporation, sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes del Estado de Florida, Estados Unidos de América, con su domicilio principal en el 1101 Brickell Avenue, Suite 1700, Miami, Florida 33131, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 3.- Se autoriza a la compañía Aes Distribution Dominicana, LTD, sociedad comercial organizada de conformidad con las leyes de las Islas Cayman, con su domicilio principal en Leeward One Building, Safe Haven Corporate Centre, West Bay Road, P.O. Box 311106, Seven Mile Beach, Grand Cayman Islands, British West Indies, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 6.-Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y nueve, años 156 de la Independencia y 136 de la Restauración.
Leonel Fernández
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