Texto de la norma
Dec. No. 327-99 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 327-99
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS 10s Articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- La seiiora Nicol’s Garcia Jorge, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Nicole Garcia Jorge.
Articulo 2.- La seiiora Francisca del Rosario Mercedes, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Juana Francisca del Rosario.
Articulo 3.- El seiior Timoteo German Hernandez, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Luis Albert0 German Hernandez.
Articulo 4.- Los seiiores Ysidro Santos Taveras Cabrera y Socorro Jerez
Brito, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo menor Ronald Taveras Jerez por
el de Ysidro Ronald Taveras Jerez.
Articulo 5.- La seiiora Segunda Tejada Toribio, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de Carmen Tejada Toribio.
Articulo 6.- La seiiora Estevalina Lorenzo Fulcar, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Ada Lorenzo Fulcar.
Articulo 7.- El seiior Plinio Alfonso Reyes, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Alfonso Reyes.
Articulo 8.- La seiiora Saturnina Ureiia Gonzalez, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Luminada Ureiia Gonzalez.
Articulo 9.- Los seiiores Victor Manuel Baez y Ramona Mercedes Sanchez,
quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo menor Sadan Alfonso Baez Sinchez por
el de Alfonso Baez Sanchez.
Articulo 10.- La seiiora Epifania Burgos Luciano, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Amarilis Burgos Luciano.
Articulo 11.- El seiior Vicente Aquilino Nuiiez Medrano, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Vicente Nuiiez Medrano.
Articulo 12.- La seiiora Gloria Bidelfa Feliz Ferreras, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Gloria Ondina Feliz Ferreras.
Articulo 13.- El seiior Concepcion Minaya Santos, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Julio Minaya Santos.
Articulo 14.- El seiior Agapito Liberato Nuiiez Caraballo, queda autorizado
a cambiar su nombre por el de Roberto Liberato Nuiiez Caraballo.
Articulo 15.- El seiior Eugenio Amador Cornelio, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Juan Amador Cornelio.
Articulo 16.- La seiiora Gumersinda Ramona Sanchez Paulino, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de Ramona Sanchez Paulino.
Articulo 17- Se modifica el Articulo 8 del Decreto No.59-99, de fecha 17 de
febrero de 1999, para que en lo adelante disponga como siguiente:
“Articulo 8.- El seiior Runskenstin de Mata Vanderhorst, queda
autorizado a cambiar su nombre por el de Runsken de Mata
Vanderhorst.”
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominican% a 10s veintinueve (29) dias del mes de julio del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiio 156 de la Independencia y 136 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
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