Texto de la norma
Dec. No. 317-99 que dispone la asignación de apartamentos y locales comerciales en los proyectos habitacionales José Contreras, II Etapa, del Distrito Nacional; Los Maestros, de Bonao; y Zona Franca, de Santiago.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 317-99
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se dispone la asignación de los apartamentos y locales comerciales correspondientes a los proyectos habitacionales que más adelante se indican, y a las personas que se detallan a continuación:
1.- A1 seiior Winston Antonio Santos Ureiia, el apartamento No. 204,
edificio No.2, manzana 12, del Proyecto Habitacional Jose Contreras, I1 Etapa, del Distrito
Nacional, valorado en la suma de RD$775,000.00 (SETECIENTOS SETENTICINCO MIL
PESOS CON OO/lOO), para ser pagado con un inicial de RD$40,000.00 y el resto en
mensualidades de RD$2,604.00.
2.- A1 seiior Arcenio Antonio Cruz Vargas, el local comercial No.102,
edificio No. 1, manzana 2, del Proyecto Habitacional Los Maestros, de Bonao, valorado en
la suma de RD$322,966.05 (TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS
SESENTISEIS PESOS CON 05/lOO), para ser pagado con un inicial de RD$7,000.00 y el
resto en mensualidades de RD$500.00.
3.- A1 seiior Ramon Antonio Olivo Reynoso, el local comercial No.102,
edificio No.10, manzana 3, del Proyecto Habitacional Los Maestros, de Bonao, valorado en
la suma de RD$322,966.05 (TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS
SESENTISEIS PESOS CON 05/lOO), para ser pagado con un inicial de RD$7,000.00 y el
resto en mensualidades de RD$500.00.
Articulo 2.- Se modifica el numeral 86, del Articulo 2 del Decreto No.304-
96, del 13 de agosto de 1996 para que se lea de la siguiente manera:
“86.- A la seiiora Martha Ramona Almonte, el apartamento No. 1-B, edificio
No.3, del Complejo Habitacional Zona Franca, de Santiago, valorado en la suma de
RD$175,000.00 (CIENTO SETENTICINCO MIL PESOS CON OO/lOO), para ser pagado
con un inicial de RD$5,000.00 y el resto en mensualidades de RD$500.00”.
Articulo 3.- Se otorga Poder Especial a1 Administrador General de Bienes
Nacionales, para que a nombre y representacion del Estado Dominicano, suscriba con las
personas indicadas en 10s Articulos 1 y 2 del presente Decreto, 10s contratos de venta de 10s
inmuebles seiialados en cada caso.
Articulo 4.- Enviese a1 Administrador General de Bienes Nacionales, para
10s fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s veintinueve (29) dias del mes de julio del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 136 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
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