Texto de la norma
Dec. No. 298-99 que crea la Medalla al Mérito del Profesional, Auxiliar o Técnico de la Salud, para premiar el esfuerzo y la dedicación en beneficio de la ciudadanía o de su comunidad.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 298-99
CONSIDERANDO: Que es de justicia rendir tributo a los profesionales ligados al sector de la salud, tanto público como privado, por sus aportes científicos en esta área del conocimiento, y por la labor en el área de la salud rendida en cuanto se refiere a la atención de los ciudadanos que así lo necesiten.
CONSIDERANDO: Que la mejor manera de honrar y reconocer tan humana y meritoria labor, es mediante la creación de un premio otorgado por el Gobierno Nacional.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se crea la MEDALLA AL MERITO del Profesional, Auxiliar o Técnico de la Salud, para premiar el esfuerzo y la dedicación, en beneficio de la ciudadanía o de su comunidad.
Artículo 2.- El Secretario o la Secretaria de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, recomendará al Poder Ejecutivo los candidatos y candidatas a ser condecorados con la Medalla al Mérito del Profesional, Auxiliar o Técnico de la Salud.
Artículo 3.- El Secretario o la Secretaria de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, queda encargado de redactar las demás condiciones que regirán el otorgamiento de la Medalla creada mediante el presente decreto.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de julio del año mil novecientos noventa y nueve, años 156 de la Independencia y 136 de la Restauración.
Leonel Fernández
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