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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 297-99

QUE ESTABLECE LA ORDEN AL MERITO POR EL SERVICIO COMUNITARIO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 jul de 1999fecha
Condecoracióntipo
G. O. 10020Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 297-99 que establece la Orden al Mérito por el Servicio Comunitario. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 297-99 CONSIDERANDO: Que la búsqueda del bien común nos convoca a todos y todas a mancomunar voluntades y esfuerzos en aras del ideal de Patria Grande que soñaron los forjadores de la República. CONSIDERANDO: Que el gobierno que presidimos estimula, valora y apoya todas aquellas iniciativas colectivas e individuales, orientadas a la satisfacción de las necesidades premodernas que padecen amplios núcleos poblacionales, cuyas carencias los sumergen en los niveles más bajos de la pobreza crítica. CONSIDERANDO: Que en los diferentes estratos de la sociedad dominicana existen personas e instituciones que a través del tiempo vienen dedicando esfuerzos y recursos a tan ardua y ennoblededora tarea. CONSIDERANDO: Que el paso por el país del Huracán Georges causó grandes daños a la República, afectando su infraestructura de producción agrícola, pecuaria, industrial, turística, vial, redes eléctricas, de agua potable y regadío, así como la pérdida de vidas humanas. CONSIDERANDO: Que en las tareas de rehabilitación de las áreas geográficas más afectadas por el Huracán Georges, el Gobierno Dominicano, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, la Sociedad Civil, las Organizaciones de Base Comunitaria, las iglesias en sus diferentes denominaciones, la comunidad internacional, los dominicanos residentes en [domicilio omitido], se han involucrado activamente en las acciones de rescate nacional para la normalización de la vida dominicana, generando así una acción dinámica, cuyos resultados visibles harán viable una mejor calidad de vida para todos y todas. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se establece la Orden al Mérito por el Servicio Comunitario, la cual se otorgará anualmente a todas aquellas personas y entidades cuyos aportes intelectuales, éticos, económicos, materiales y dedicación personal, hayan hecho posible la implementación de acciones que de manera ostensible hayan hecho posible un mejoramiento en la calidad de vida de núcleos significativos de la población que habitan en los sectores más afectados por la pobreza. Artículo 2.- Dicha Orden consistirá en una medalla y un certificado, los cuales serán otorgados el día 22 de marzo de cada año, en ocasión de conmemorarse en esa fecha el Día Consagrado al Desarrollo de la Comunidad. Artículo 3.- La Dirección General de Desarrollo de la Comunidad (ODC), en coordinación con la Comisión para el Desarrollo Barrial y el Consejo de Desarrollo Provincial, constituirán el Comité de Selección, que escogerá las personas e instituciones a ser galardonadas, previa ponderación de los informes preparados para tales fines. Artículo 4.- La Dirección General de Desarrollo de la Comunidad (ODC), tendrá a su cargo la organización del acto en que se otorgarán las condecoraciones a los galardonados. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de julio del año mil novecientos noventa y nueve, años 156 de la Independencia y 136 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona