Texto de la norma
Dec. No. 293-99 que concede el beneficio de la incorporacion a varias instituciones sin
fmes de lucro.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 293-99
VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no
tengan por objeto un beneficio pecuniario, y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacihn a las siguientes
asociaciones:
1. FUNDACION DOMINICANA PARA LA DEFENSA DE LA VIDA
(FUNDOVIDA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 6 de septiembre de
1998.
2. ASOCIACION DE AGRICULTORES EUGENIO MATOS DEL DISTRITO
MUNICIPAL DE VILLA TABARA ARRIBA, que tiene su domicilio en la
provincia Azuq R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada
en fecha 19 de marzo de 1999.
3. CENTRO
ACTIVO
COMUNICACION
Y
TRABAJO
UNIDOS
Y
SOLIDARIOS (CACTUS), que tiene su domicilio en la provincia Bahoruco,
R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 13 de
abril de 1999.
4. FUNDACION PARA EL DESARROLLO CULTURAL, SOCIAL Y
ECONOMIC0 DE LA VILLA DE MOMTELLANO (FUVIMON), que tiene su
domicilio en Santo Domingo D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 30 de abril de 1999.
5. FUNDACION SALVITEN, que tiene su domicilio en la provincia salcedo,
R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 8 de
junio de 1999.
6. ASOCIACION ORGANIZACION DE MUJERES LAS MERCEDES DE LA
SECCION MOGOLLON, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D.,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 2 de marzo de
1999.
7. FUNDACION "HUELLAS DE ITABER", que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 13 de abril de 1999.
8. FUNDACION
PARA
EL
DESARROLLO
AGRO-INDUSTRIAL
DOMINICAN0 (FAID), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 de mayo de 1999.
9. ASOCIACION
DE
ORGANIZACIONES
PARA
EL
DESARROLLO
BARRIAL NORTE, que tiene su domicilio en la provincia San Pedro de
Macoris, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 7 de marzo de 1999.
10. FUNDACION SOT0 GONZALEZ, que tiene su domicilio en Santo Domingo,
D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 19 de
marzo de 1999.
11. FUNDACION MADRES FELICES, que tiene su domicilio en la provincia
Sinchez Ramirez, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 3 de marzo de 1998.
12. FUNDACION LABORAL DOMINICANA, que tiene su domicilio en la
provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 10 de enero de 1999.
13. CAMARA DE COMERCIO Y DE LA PEQUERA EMPRESA DE SABANA
PERDIDA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 3 de enero de 1999.
14. FUNDACION NACIONAL DE DESARROLLO INTEGRAL (FNDI), que
tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 17 de marzo de 1999.
15. ASOCIACION DE AGRICULTORES "LA BUENA NUEVA", que tiene su
domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 19 de febrero de 1999.
16. ASOCIACION SAGRADO CORAZON DE JESUS DE OJEDA, que tiene su
domicilio en la provincia Barahona, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 24 de marzo de 1999.
17. ASOCIACION DE AGRICULTORES (AS) SIN TIERRA MARIA NOVA, que
tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 21 de mayo de 1999.
18. JUNTA CAMPESINA LA NUEVA ESPERANZA, que tiene su domicilio en la
provincia Barahona, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 19 de marzo de 1999.
19. FUNDACION BANCO DE LA ESPERANZA, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 3 de abril de 1998.
20. FUNDACION NACIONAL PARA LA DEMOCRACIA, que tiene su domicilio
en Santo Domingo, D.N, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 19 de mayo de 1999.
21. FUNDACION INSTITUTO TECNOLOGICO Y DE ADMINISTRACION DE
LA REPUBLICA DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo,
D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 24 de
marzo de 1999.
22. CENTRO DE PARTICIPACION SOCIAL Y COMUNITARIA PARA EL
DESARROLLO HUMAN0 INTEGRAL (CEPCODHI), que tiene su domicilio
en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 17 de diciembre de 1998.
23. FEDERACION DE ASOCIACIONES INDUSTRIALES (FAI), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 22 de junio de 1998.
24. ASOCIACION DOMINICANA DE ABOGADOS CIVILISTAS (ADACI), que
tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea celebrada en fecha 9 de diciembre de 1998.
25. SOCIEDAD COMUNITARIA MAXIMILIANO KOLBE (AYUDA MUTUA)
"SAMUMKO", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 27 de enero de 1999.
26. ASOCIACION DE DAMAS AL PIE DE LA LUCHA, que tiene su domicilio
en la provincia Peravia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 13 de junio de 1972.
27. CONFRATERNIDAD DE PASTORES DE CHIRINO YABACAO Y
BATEYES ALEDAROS, que tiene su domicilio en la provincia Monte Plata,
R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 28 de
julio de 1998.
28. ASOCIACION
DE
ESPAROLES
EN
EL
MUNDO,
REPUBLICA
DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 25 de marzo de
1999.
29. IGLESIA BAUTISTA FUNDAMENTAL MISIONERA, que tiene su domicilio
en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 10 de mayo de 1999.
30. FUNDACION PARA EL DESARROLLO RURAL URBAN0 (FUDERUR),
que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 29 de diciembre de 1998.
31. COMITE PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS BARRIALES, que tiene
su domicilio en Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 10 de mayo de 1999.
32. CENTRO COMUNAL DE DESARROLLO INTEGRAL (CENCODEIN), que
tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea celebrada en fecha 30 de mayo de 1999.
33.FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER MICRO
EMPRESARIA (FUNDEMME), que tiene su domicilio en Santo Domingo,
D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 1 de
enero de 1998.
34. FEDERACION DE CAMPESINOS INDEPENDIENTES MAMA TINGO
(FECAINMAT), que tiene su domicilio en la provincia Azua, R.D., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 17 de abril de 1990.
35.ASOCIACION DE CHOFERES DE CARROS DE LA VICTORIA
(ACHOCAVIC), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 23 de mayo de 1999.
36. MINISTERIO DE AYUDA COMUNITARIA (MIDACO), que tiene su
domicilio en la provincia La Vega, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 15 de octubre de 1998.
37. MINISTERIO EVANGELISTIC0 "JESUCRISTO HACIENDO MILAGROS",
que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 10 de abril de 1999.
38. ASOCIACION DE VENDEDORES ARTESANALES DE PLAYA LONG
BEACH Y PARQUE COSTERO, que tiene su domicilio en la provincia Puerto
Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha
20 de mayo de 1999.
39. FUNDACION DE INTERCAMBIO CULTURAL ENTRE LOS PUEBLOS
DEL CARIBE (FUNCAR), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N.,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 22 de marzo
de 1999.
40. CLUB CULTURAL Y DEPORTIVO HERMANAS MIRABAL DEL PARAJE
LAVA PIE, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 de febrero de
1999.
Articulo 2.- Se aprueba la rnodificacion de 10s estatutos de las siguientes
asociaciones:
CLUB ARROYO HONDO, (C.A.H), INC., que tiene su domicilio en
Santo
Domingo,
D.N.,
celebrada
en
Asamblea
General
Extraordinaria de fecha 4 de junio del 1999.
FUNDACION "HERMANOS FULCAR", INC., que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., celebrada en Asamblea General
Extraordinaria de fecha 15 de febrero del 199.
Articulo 3.- Dichas incorporaciones estatutarias seran efectivas tan pronto
como las indicadas asociaciones realicen el deposit0 y la publicacion a que se refiere el
Articulo 4 de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan
por Objeto un Beneficio Pecuniario.
Articulo 4.- Enviese a la Procuraduria General de la Republica, para 10s
fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s trece (13) dias del mes de julio del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 136 de la Restauracihn.
Leone1 Fernandez
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.