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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 276-99

que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado a varios servidores públicos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 jun de 1999fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10019Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
3personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Ida Hernandez SantelisesPensión—
Blanca Leonor Gonzalez Vda. ViciosoPensión—
Fabiola Altagracia Bernabe JimenezPensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 276-99 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado a varios servidores públicos. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 276-99 VISTA la Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado a la siguiente servidora pública JOSEFA VERTILIA MILAGROS BATISTA QUEZADA, Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], con una pensión del Estado de RD$4,000.00 (Cuatro Mil Pesos con 00/100), mensual. Artículo 2.- Se traspasa la pensión del señor JULIO ALBERTO HERNANDEZ a la señora IDA HERNANDEZ SANTELISES, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por el monto de RD$6,000.00 (Seis Mil Pesos con 00/100), mensuales. Artículo 3.- Se modifican los siguientes Decretos: 1) Decreto No.537-70, del 30 de diciembre de 1970, que asigna una pensión del Estado a la señora BLANCA LEONOR GONZALEZ VDA. VICIOSO, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], y la misma se eleva a RD$5,000.00 (Cinco Mil Pesos con 00/100), mensuales. 2) Decreto No.3352-82, del 30 de junio de 1982, que asigna una pensión del Estado a la señora FABIOLA ALTAGRACIA BERNABE JIMENEZ, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], y la misma se eleva a RD$5,000.00 (Cinco Mil Pesos con 00/100), mensuales. 3) Decreto No.615-87, del 17 de diciembre de 1987, que asigna una pensión del Estado al LIC. ANGEL SALVADOR MERAN, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], y la misma se eleva a RD$15,000.00 (Quince Mil Pesos con 00/100), mensuales. Artículo 4.- Queda modificado el Artículo 1172 del Decreto No. 323-96, de fecha 15 de agosto de 1996, en lo que respecta a NOELIA ANT. RODRIGUEZ, para que en lo adelante su nombre se lea ENOELIA ANT. RODRIGUEZ. Artículo 5.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos. Artículo 6.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y nueve, años 156 de la Independencia y 136 de la Restauración. Leonel Fernández

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona