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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 221-00

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 may de 2000fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 10046Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 221-00 que concede el beneficio de la incorporacion a varias instituciones sin fmes de lucro. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 221-00 VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, y sus modificaciones. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacihn a las siguientes asociaciones: 1. FUNDACION COMITE PRO DESARROLLO DE GUAYABAL (COPRODEGUA), que tiene su domicilio en la provincia Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 18 de febrero del 2000. 2. FUNDACION IMPUESTO AL VALOR ECONOMIC0 DE LA TIERRA- FIVET, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 19 de julio del 1999. 3. FUNDACION FAMILIAR COMUNITARIA Y AMBIENTAL (FUFACOA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 1 de junio del 1999. 4. FUNDACION PARA LA PRESERVACION DEL MEDIO AMBIENTE (FUNPREMA), que tiene su domicilio en la provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 10 de agosto del 1999 5. PATRONATO CASA DE LA CULTURA DE MONTE PLATA, que tiene su domicilio en la provincia Monte Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 22 de mayo del 1999. 6. FUNDACION PRO-AYUDA A LOS POBRES PILANCON (FUNDAPROPI), que tiene su domicilio en la provincia Monte Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 15 de enero del 2000. 7. FUNDACION DE APOYO A LAS PEQUERAS Y MEDIANAS EMPRESAS (FUNDAPYMES), que tiene su domicilio en la provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 13 de agosto del 1999. 8. ASOCIACION DE PRODUCTORES CHARCO BLANC0 #1, que tiene su domicilio en la provincia Barahona, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 29 de marzo del 1999. 9. FUNDACION STEVE DIAZ, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 6 de mayo del 1999. 10. FUNDACION ACCION SOLIDARIA PARA LA PROVINCIA BAHORUCO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 7 de enero del 1999. 11. CENTRO DE INVESTIGACIONES GEOESPACIALES (CIG), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 19 de enero del 2000. 12. CLUB DEPORTIVO Y CULTURAL COMEMORO (CDCUCOMO), que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 16 de septiembre del 1999. 13. FUNDACION PARA EL DESARROLLO HUMAN0 (FUPADEHU), que tiene su domicilio en la provincia Peravia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 18 de agosto del 1998. 14. SOCIEDAD DE AYUDA MUTUA “EL BUEN PASTOR’, que tiene su domicilio en la provincia Valverde, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 6 de febrero del 2000. 15. CENTRO ACCION COMUNITARIA DE BARRIOS POBRES (CACOBA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 15 de noviembre del 1999. 16. ASOCIACION DE HOMBRES Y MUJERES AGRICULTORAS “CRISTO REDENTOR’, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 7 de diciembre del 1999. 17. FUNDACION LA FAMILIA “ARCOIRIS”, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 28 de junio del 1999. 18. GRUPO CRISTIANOS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO (GCDC), que tiene su domicilio en la provincia La Romana, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 30 de diciembre del 1999. 19. ASOCIACION DE PRODUCTORES FORESTALES SECCION JAYACO DE BONAO., que tiene su domicilio en la provincia Monseiior Nouel, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 6 de junio del 1999. 20. CAMARA DE COMERCIO Y TURISMO DOMINICO-SUIZA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 7 de diciembre del 1999. 21. FUNDACION COMUNIDAD Y DESORROLLO DEL DISTRITO NACIONAL, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 3 de enero del 2000. 22. ASOCIACION CENTRO DE MADRES SAN ANTONIO, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 7 de diciembre del 1999. 23. ASOCIACION DE CULTIVADORES DE TOMATES INDUSTRIAL MONTE CRISTY-VALVERDE, que tiene su domicilio en la provincia Monte Cristy, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 5 de marzo del 2000. 24. FUNDACION PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE, que tiene su domicilio en la provincia Peravia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 15 de octubre del 1999 25. FUNDACION SAMANA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL (FUSADI), que tiene su domicilio en la provincia Samana, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 10 de diciembre del 1999. 26. PROYECTO EDUCACION Y PRODUCCION ORGANICA DEL MUNICIPIO DE NEYBA (PEPOMUNE), que tiene su domicilio en la provincia Bahoruco, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 10 de enero del 2000. 27. ASOCIACION DE AGRICULTORES (AS) “BUSCANDO EL PROGRESO’ DEL PARAJE CAJUIL SECCION HAT0 DEL PADRE, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 28 de enero del 2000. 28. CONSEJO DE CRECIMIENTO INTEGRAL DE LA FRONTERA (COCIFRO), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 2 de febrero del 1999. 29. CENTRO DE ADIESTRAMIENTO TECNICO DE INFORMATICA (CATI), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 20 de octubre del 1999. 30. FUNDACION COMUNITARIA SAGRARIO D I M , que tiene su domicilio en la provincia Samank R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 15 de enero del 2000. 31. FUNDACION DE DESARROLLO SAN JUAN BAUTISTA, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 3 de marzo del 1999. 32. ASOCIACION DE DUEROS Y CHOFERES DE VEHICULOS DE TRANSPORTE DE HONDO VALLE, que tiene su domicilio en la provincia Elias Piiia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 23 de mayo del 1999. 33. CONFEDERACION DOMINICANA AGROPECUARIA (CONFEDAGRO), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 7 de marzo del 2000. 34. CENTRO DE AYUDA COMUNITARIA (CENACO), que tiene su domicilio en la provincia Duarte, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 8 de julio del 1999. 35. MUJERES PARA CRECER DE POSTRER RIOS, que tiene su domicilio en la provincia Independencia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 5 de enero del 2000. 36. GLOBAL FOUNDATION NATURAL HABITAT, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 23 de abril del 1999. 37. FUNDACION PRO DESARROLLO DE “EL RANCHITO’ (FUPRORAN), que tiene su domicilio en la provincia La Vega, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 25 de septiembre del 1999. 38. ASOCIACION DE PADRES DEL MATSUNAGA DOJO, JUDO DEL KODOKAN, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 24 de enero del 2000. 39. VISION TRUST DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 12 de febrero del 1999. Articulo 2.- Se aprueba la rnodificacion de 10s estatutos de la ASOCIACION DOMINICANA DE CRIADORES DE CABALLOS PURA RAZA ESPAROLA (ADDCE), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., celebrada en Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de enero del 2000. Articulo 3.- Dichas incorporaciones y modificaciones estatutarias serin efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones realicen el deposit0 y la publicacion a que se refiere el Articulo 4 de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario. Articulo 4.- Enviese a la Procuraduria General de la Republica, para 10s fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintidos (22) dias del mes de mayo del aiio dos mil, aiio 157 de la Independencia y 137 de la Restauracion. Leonel Fernandez

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona