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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 267-99

QUE DESIGNA UNA CORTE DE APELACION DE LAS FUERZAS ARMADAS AD-HOC.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 jun de 1999fecha
Designacióntipo
G. O. 10017Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 267-99 que designa una Corte de Apelacion de las Fuerzas Armadas Ad-Hoc. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 267-99 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : Articulo 1.- Se designa una Corte de Apelacion de las Fuerzas Armadas Ad- Hoc, a 10s fines de que conozca del expediente seguido contra 10s seiiores Manuel Albert0 Matos, Yobelis Uben Pichardo, Andres Zabala Mora y compartes, en virtud del envio dispuesto por la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de fecha 20 de octubre de 1998 que ordeno la casacion de la sentencia de apelacion. Articulo 2.- La Corte de Apelacion de las Fuerzas Armadas asi designada, estara formada del modo siguiente: Coronel Abogado Dr. Francisco Antonio Montero y Montero, E.N., Juez-Presidente; Teniente Coronel Abogado, Dr. Alejandro H. Ramos Arias, E.N., Juez Primer Sustituto de Presidente; Capitin de Fragata Abogado Dr. Juan Ramon Soto De La Rosa, M. de G., Juez Segundo Sustituto de Presidente; Teniente Coronel Abogado Lic. Esteban Castillo Vasquez, E.N., Mayor Abogado, Dr. Hector Manuel Antigua Bobadilla, Jueces; y, Segundo Teniente Abogado, Lic. Bemardo Ureiia Bueno, E.N., Secretario. Articulo 3.- El Capitan de Corbeta Abogado Dr. Ulises J. Bobea Rosario, M. de G., actuara como Procurador ante dicha Corte de Apelacion. Articulo 4.- El Primer Teniente Abogado Lic. Leonidas R. Morillo Tavarez, actuara como Abogado de Oficio ante la misma Corte. Articulo 5.- Comuniquese a la Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas para 10s fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s quince (15) dias del mes de junio del aiio mil novecientos noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 136 de la Restauracion. Leone1 Fernindez El suscrito: Consultor Juridic0 del Poder Ejecutivo Certifica que la presente publicacion es oficial Dr. Cksar R. Pina Toribio Editora Alfa y Omega, C. por A. Calle Josk Contreras No. 69, Telkfonos 532-5577 I 532-5578 Santo Domingo, D. N., Republica Dominicana

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona