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Decreto

Decreto 960-00

que modifica el Articulo Primer0 del Decreto No. 240-94, relativo a la Universidad de la Tercera Edad

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 oct de 2000fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10061Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 960-00 que modifica el Articulo Primer0 del Decreto No. 240-94, relativo a la Universidad de la Tercera Edad. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 960-00 CONSIDERANDO: Que en sus ocho (8) aiios de funcionamiento, la Universidad de la Tercera Edad (UTE) ha demostrado tener capacidad y experiencia en la aplicacion de la metodologia andragogica como una alternativa en la profesionalizacion de personas adultas. CONSIDERANDO: Que en un significativo porcentaje de la poblacion dominicana esta incluida entre 10s 25 y 29 aiios de edad, quienes por diferentes y multiples ocupaciones familiares, laborales, politicas, sociales, etc., han estado solicitando su rnatriculacion en la Universidad de la Tercera Edad (UTE), lo que les ha resultado imposible lograr en razon de que el Decreto No.240-94, establece la edad en 30 aiios como minimo para el ingreso a la misma. CONSIDERANDO: Que es conveniente ofrecer facilidades de profesionalizacion a 10s sectores de edad, quienes se ven precisados a racionalizar su tiempo para poderse dedicar, tanto a1 mercado laboral como a sus estudios universitarios, lo que indudablemente beneficia el desarrollo cultural y educativo del pais. CONSIDERANDO: Que el apoyo y fortalecimiento a instituciones que como la Universidad de la Tercera Edad (UTE), dedica sus esfuerzos a la profesionalizacion de personas adultas, es beneficioso para el desarrollo de la cultura del pais y la elevacion de la media cultural del pueblo dominicano. VISTA la Ley No.273, de fecha 27 de junio de 1966, modificada por la Ley No.236, de fecha de diciembre de 1967, que regula el establecimiento y funcionamiento de las entidades universitarias y de estudios superiores. VISTO el Decreto No.517-96, de fecha 14 de octubre de 1996, que rige la educacion superior del pais. VISTA la instancia sometida a la Presidencia del Consejo Nacional de Educacion Superior, de fecha 21 de febrero del aiio 2000, por el Rector de la Universidad de la Tercera Edad. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO UNIC0.- Se modifica el Articulo Primero del Decreto No.240-94, de fecha 6 de septiembre del 1994, inciso A, para que en el futuro rija de la manera siguiente: “A) Se establece la edad de la poblacihn estudiantil -adults en 30 aiios cumplidos a1 momento de su primera matriculacihn en la Universidad de la Tercera Edad. PARRAFO.. Tambien podran matricularse aquellas personas con 25 aiios cumplidos y que reunan 10s siguientes requisitos: 1. Tener una familia organizada y que sea cabeza de hogar. 2. Presentar certificacihn de 10s lugares donde trabaja, sea en el sector publico o privado. 3. Presentar cualquier documento y/o informacihn que permitan a la Universidad de la Tercera Edad, determinar que se trata de una persona, cuya labor y/o comportamiento incide en el desarrollo del pais o de su comunidad y en consecuencia reune las condiciones para asimilar las facilidades que ofrece la filosofia y metodologia andraghgica que sigue este Centro de Educacihn Superior del pais.” DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s once (1 1) dias del mes de octubre del aiio dos mil, aiios 157 de la Independencia y 138 de la Restauracihn. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona