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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 30-00

que crea la Zona Franca Industrial Parque Cibernético de Santo Domingo, bajo la operación técnica y operativa de la empresa Parque Cibernético de Santo Domingo, S. A

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 feb de 2000fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 10036Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Estado Dominicano suscriba con la compañía Parque Cibernético de Santo Domingo (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 30-00 que crea la Zona Franca Industrial Parque Cibernético de Santo Domingo, bajo la operación técnica y operativa de la empresa Parque Cibernético de Santo Domingo, S. A. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 30-00 CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportación ha contribuido eficazmente a la rehabilitación económica de aquellas jurisdicciones donde han sido creadas. CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución No. 04-99-P del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, de fecha 25 de octubre del año 1999, dicho consejo aprobó la instalación de un parque industrial zona franca en la sección Hato Viejo, Distrito Nacional, a ser operada por la compañía Parque Cibernético de Santo Domingo, S.A. CONSIDERANDO: Que el Artículo 19, Acápite a), de la Ley 8-90, que fomenta la instalación de nuevas zonas francas y el crecimiento de las existentes, faculta al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación para conocer, evaluar y recomendar al Poder Ejecutivo la instalación de nuevos parques industriales acogidos a los beneficios de dicha ley. VISTA la Resolución No.04-99-P del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación. VISTA la Ley No.8-90 del 15 de enero de 1990, sobre el establecimiento de nuevas zonas francas y el crecimiento de las existentes. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente: DECRETO: Artículo 1- Se crea la Zona Franca Industrial que se denominará Parque Cibernético de Santo Domingo, la cual queda bajo la administración técnica y operativa de la empresa Parque Cibernético de Santo Domingo, S. A., y que estará ubicada en un área de 250,000.00Mts2 dentro del ámbito de la Parcela No. 479-E-1-Ref-B-1-Ref-subd, del Distrito Nacional, Sección Hato Viejo. Artículo 2- Las condiciones bajo las cuales se desarrollará y operará dicha zona franca, estarán contenidas en un contrato que deberá ser firmado entre el Estado Dominicano y la compañía Parque Cibernético de Santo Domingo, S. A. Artículo 3- Se otorga Poder Especial al Secretario de Estado de Industria y Comercio, para que en nombre y representación del Estado Dominicano suscriba con la compañía Parque Cibernético de Santo Domingo, S. A., los contratos correspondientes que regulen las relaciones y manejo de esta zona franca de exportación. Artículo 4- Envíese al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de febrero del año dos mil, años 156 de la Independencia y 137 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona