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Dec. No. 198-99 que concede el beneficio de la incorporacion a varias instituciones sin
fines de lucro.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 198-99
VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no
tengan por objeto un beneficio pecuniario, y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.-Se concede el beneficio de la incorporacion a las siguientes
asociaciones:
1) CAMARA DOMINICANA DE TURISMO, que tiene su domicilio en
Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha
30 de noviembre de 1998
2) INSTITUTO
SUPERIOR DE
CIENCIAS
Y
TECNOLOGIAS
APLICADAS (ISUCIETAS), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 10 de enero de 1999.
3) ASOCIACION DE CAMPESINOS “LA MILAGROSA”, que tiene su
domicilio en la provincia Azua, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 5 de abril de 1998.
4) ASOCIACION DE FAMILIAS SIN CASA “EL PROGRESO’, que
tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 5 de febrero de 1999.
5 ) ASOCIACION CAMPESINA DE HOMBRES Y MUJERES UNIDOS
PARA EL DESARROLLO (ASOCAHOMUDE), que tiene su domicilio en el municipio de
Cotui, provincia Sanchez Ramirez, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 10 de enero de 1998.
6 ) CENTRO DE INTEGRACION Y DESARROLO MUNICIPAL,
(CIDEM), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de junio de 1998.
7) ASOCIACION DE CAMPESINOS SIN TIERRA Y OBREROS SIN
CASA “JUAN PABLO DUARTE’, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 8 de febrero de 1999.
8) FUNDACION PARA AYUDA Y PROTEC CION DE LA VEJEZ, que
tiene su domicilio en la provincia San Pedro de Macoris, R. D., y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 19 de septiembre de 1998.
9) PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL “LA VICTORIA”
(PRODESOVIC), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 17 de julio de 1998.
10) ASOCIACION PRO-DESARROLLO TURISTICO DE BOCA CHICA,
que tiene su domicilio en el municipio de Boca Chica, Santo Domingo, D.N., y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 10 de agosto de 1998.
11) IGLESIA DE DIOS SENDA CELESTIAL, que tiene su domicilio en el
municipio de Yamasa, provincia Monte Plata, y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 30 de octubre de 1998.
12) FUNDACION RAMON MATIAS MELLA, que tiene su domicilio en
Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha
14 de octubre de 1998.
13) SOCIEDAD DOMINICANA DE GEOLOGIA (SODOGEO), que tiene
su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 28 de agosto de 1998.
14) ASOCIACION DE CAFICULTORES HIGUERITO DE LA SECCION
LA MAGUANA, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R. D., y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 12 de agosto de 1998.
15) FUNDACION ALFRED0 NOBEL, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 25 de
enero de 1999.
16) ASOCIACION
DE
PROMOTORES
DE
ARTESANIAS
“ALUMBRANDO EL CAMINO, MARAPICA, COSTA DORADA”, que tiene su
domicilio en la provincia Puerto Plata, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 19 de diciembre de 1998.
17) FUNDACION PIDE UN DESEO, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 5 de
febrero de 1999.
18) ASOCIACION DE AGRICULTORES (AS) NUESTRA SERORA DE
LA ALTAGRACIA SECCIONA LA JAGUA, que tiene su domicilio en la provincia San
Juan, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de enero
de 1999.
19) ASOCIACION CENTRO DE MADRES “EL PROGRESO’, que tiene
su domicilio en el paraje Cabeza de Muerto, de la seccihn Mabrigida, de la provincia San
Juan, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 de enero
de 1999.
20) FUNDACION DE CAPACITACION Y AYUDA HUMANITARIA DE
LA ZONA RURAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 22 de
enero de 1999.
21) FUNDACION DE DESARROLLO AGROPECUARIO, que tiene su
domicilio en la provincia San Juan, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 20 de octubre de 1998.
22) ASOCIACION DE PEQUEROS Y MEDIANOS PRODUCTORES
PARCELEROS, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 7 marzo de 1998.
23) UNION DEPORTIVA DE MONSEROR NOUEL (UDEMON), que
tiene su domicilio en la provincia Monseiior Nouel, R.D., y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 21 de enero de 1998.
24) FUNDACION LA GUAJAMA “FUNGUA”, que tiene su domicilio en
Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha
4 octubre de 1997.
25) ASOCIACION DE DUEROS DE TRACTORES Y MAQUINARIAS
AGRICOLAS DE SAN JUAN DE LA MAGUANA, que tiene su domicilio en la provincia
San Juan, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 6 de
diciembre de 1998.
26) FOND0 DE INVERSION PARA LA EDUCACION, LA CULTURA Y
LA SALUD (FIPEC), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 7 febrero de 1999.
27) FUNDACION GRUPO CACHEO, que tiene su domicilio en la
provincia Independencia, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada
en fecha 21 diciembre de 1995.
28) FUNDACION CULTURAL ANTI-DROGAS, que tiene su domicilio
en la provincia Hato Mayor, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 29 enero de 1999.
29) FUNDACION DESARROLLO Y BIENESTAR SIGLO MODERN0
(FUDEBIS), que tiene su domicilio en la provincia San Cristobal, R.D., y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 17 febrero de 1999.
30) FUNDACION DE DESARROLLO ORIENTAL, que tiene su domicilio
en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 12 octubre de 1998.
31) IGLESIA MISION EVANGELICA CRISTIANA SAN JUAN DE LA
MAGUANA, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 enero de 1999.
32) ASOCIACION NACIONAL DE DUEROS DE LABORATORIOS
PRIVADOS (ANDELAP), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 25 enero de 1999.
33) FUNDACION “POR UNA PROVINCIA MEJOR’, ORGANIZACION
PARA EL DESARROLLO DEL OESTE DE SANTIAGO, que tiene su domicilio en la
provincia Santiago, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 11 febrero de 1999.
34) PROYECTO DE APOYO A INICIATIVAS SOCIALES (PAIS), que
tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 20 febrero de 1999.
35) ASOCIACION DE ARTESANOS Y VENDEDORES DE CABEZA
DE TOR0 (ASOCAVECT), que tiene su domicilio en la provincia La Altagracia, R.D., y
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 9 enero de 1999.
36) COMITE DOMINICAN0 DE CIUDADANOS CONSCIENTES
(CDCC), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 22 enero de 1999.
37) ASOCIACION PARA EL DESARROLLO BARRIAL SANTA FE
(ADEBASAFE), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 21 febrero de 1999.
38) SOCIEDAD DOMINICANA DE ODONTOLOGIA INFANTIL, que
tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 15 enero de 1999.
39) IGLESIA PENTECOSTAL CRISTIANA AVIVAMIENTO, que tiene
su domicilio en la provincia Montecristi, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 13 junio de 1998.
40) ASOCIACION DE MUNICIPIOS PARA EL DESARROLLO DE LA
CUENCA DEL RIO MACASIAS, que tiene su domicilio en la provincia San Juan, R.D., y
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 23 febrero de 1999.
41) ASOCIACION DE VENDEDORES DE ARROZ MEDIO GRANO
(PUNTILLEROS), DEL MUNICIPIO DE DAJABON, que tiene su domicilio en la
provincia Dajabon, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20
diciembre de 1998.
42) ASOCIACION DE MUJERES ESPAROLAS EN LA REPUBLICA
DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo D.N., y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 24 febrero de 1999.
43) IGLESIA PENTECOSTAL “JESUS EL CAMINO VERDADERO,”
que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 30 octubre de 1998.
44) FUNDACION IN CRESCENDO PARA LA CULTURA, LA
INTEGRACION Y EL DESARROLLO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 7 junio de 1998.
45) CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO, que tiene su domicilio
en la provincia Valverde, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada
en fecha 10 enero de 1999.
46) ASOCIACION DE CHOFERES DE CAMIONES DE AGUA
(ASOCHOCASANCRIS), que tiene su domicilio en la provincia San Cristobal, R.D., y
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 febrero de 1999.
47) ASOCIACION EVANGELISTICA Y MISIONERA UNIDOS EN
CRISTO VENCEREMOS (ASEMUCV), que tiene su domicilio en Santo Domingo D.N., y
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 enero de 1999.
48) AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL (ADELO) TRABAJANDO
UNIDOS NUESTRA PROVINCIA PROGRESA, que tiene su domicilio en la provincia
Salcedo, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15
diciembre de 1998.
49) FUNDACION RESCATE 98 UNIDOS, que tiene su domicilio en la
provincia Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada
en fecha 18 enero de 1999.
50) PLAN PREVENTIVO CONTRA LA DEFICIENCIA VISUAL
“OPTIC-PLAN FAMILIAR’ (OPL), que tiene su domicilio en la provincia San Pedro de
Macoris, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 23
febrero de 1999.
51) CLUB DE LEONES MAIZAL, que tiene su domicilio en la provincia
Valverde, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 19
febrero de 1999.
52) FUNDACION DOMINICANA WILSON POPENOE, que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 9 febrero de 1998.
53) CLUB CULTURAL Y DEPORTIVO MAXIM0 GOMEZ, que tiene su
domicilio en la provincia San Juan, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 16 enero de 1999.
54) FUNDACION DOMINICANA POR LA DEMOCRACIA, que tiene su
domicilio en Santo Domingo, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 2 junio de 1998.
55) ASOCIACION CENTRO DE MADRES SANTA CLARA DEL
PARAJE LA HIGUERA, que tiene su domicilio en el paraje La Higuera, provincia San
Juan, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 27 enero de
1999.
56) ASOCIACION DE CHOFERES DE CARRO PUBLICO OCOA BANI
(ASOTRABAO), que tiene su domicilio en la provincia Peravia, R.D., y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 5 enero de 1999
57) ASOCIACION DE EMPRESARIOS TURISTICOS DE LA COSTA
DE MICHES, que tiene su domicilio en la provincia El Seybo, R.D., y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 25 febrero de 1999.
58) CENTRO
DOMINICANO
DE
DESARROLLO
INTEGRAL
FEMENINO (CDDIF), que tiene su domicilio en Santo Domingo D.N., y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 12 febrero de 1999.
59) FUNDACION INFANTIL CARDIO-RENAL, que tiene su domicilio
en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en
fecha 10 diciembre de 1998.
60) ASOCIACION DE TRANSPORTE DE TAXISTAS DE BERON-
PUNTA CANA A LA JARDITA (ASOTRATAXPUJA), que tiene su domicilio en el
municipio de Higuey, provincia La Altagracia, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 9 marzo de 1999.
61) SOCIEDAD
DOMINICANA
PARA
EL
ESTUDIO
DE
LA
OBESIDAD, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 8 febrero de 1999.
62) FUNDACION PRO "TABACO DOMINICANO", que tiene su
domicilio en la provincia Santiago, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 10 enero de 1999.
63) FUNDACION PRO-DESARROLLO DE SAN CARLOS, que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 15 septiembre de 1998.
64) ASOCIACION
DE
ARCHIVISTAS,
BIBLIOTECARIOS
Y
DOCUMENTALISTAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA (ABAIDORD), que tiene
su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 15 noviembre de 1997
65) FUNDACION INTERNACIONAL MEDICO EDUCATIVO, que tiene
su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 5 diciembre de 1998.
66) FUNDACION EQUILIBRIO, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 28
agosto de 1998.
67) FUNDACION
PARA
EL
DESARROLLO
SOCIAL
Y
SANEAMIENTO MUNICIPAL (FUNDESASMU), que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 3
febrero de 1999.
68) FUNDACION DE MUJERES LA ESPERANZA (FUME), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 25 febrero de 1999.
69) FOND0 NACIONAL DE LA VIVIENDA POPULAR (FONDOVIP),
que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 4 marzo de 1999.
Articulo 2.- Queda derogado el numeral 4 del Articulo 1 del Decreto
numero 577-96 del 14 de noviembre de 1996.
Articulo 3.- Queda derogado el Articulo 2 del Decreto numero 128-99 del
30 de marzo de 1999.
Articulo 4 - Se aprueba la rnodificacion de 10s estatutos de las siguientes
asociaciones:
1.-
FUNDACION
DOMINICANA
POR
LA
EDUCACION
AMBIENTAL Y LOS RECURSOS NATURALES, INC., que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., celebrada en Asamblea General
Extraordinaria de fecha 3 de agosto del 1996.”
2.-
PLAN
DE
JUBILACIONES
Y
PENSIONES
E
INDEMNIZACIONES DE LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL
INSTITUTO DE AUXILIOS Y VIVIENDAS (SAVICA), INC., que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., celebrada en Asamblea General
Extraordinaria de fecha 15 de diciembre del 1998.”
3.-
ASOCIACION DOMINICANA DE AGENTES DE ADUANAS
(ADAA), INC., que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., celebrada
en Asamblea General Extraordinaria de fecha 25 de marzo de 1998.
4.-
ASOCIACION DE EMPRESAS “ZONA FRANCA LA ARMERIA”
INC., que tiene su domicilio en la provincia San Cristobal, R.D., celebrada
en Asamblea General extraordinaria fecha 10 octubre de 1998.
5.-
INSTITUTO SUPERIOR DE AGRICULTURA, INC., que tiene su
domicilio en la provincia Santiago, R.D., celebrada en Asamblea General
extraordinaria fecha 22 mayo de 1998.
6.-
FUNDACION JUSTICIA Y LIBERTAD, INC., que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., celebrada en Asamblea General
extraordinaria fecha 9 marzo de 1999.
7.-
MOVIMIENTO MISIONERO EVANGELISTICO PENTECOSTAL
"NUEVA VIDA EN CRISTO", INC., que tiene su domicilio en la provincia
Santiago, R.D., celebrada en Asamblea General extraordinaria fecha 6
febrero de 1999.
8.-
EL ARCA DE LA REPUBLICA DOMINICANA, INC., que tiene su
domicilio en la provincia Santiago, R.D., celebrada en Asamblea General
extraordinaria fecha 28 julio de 1998.
Articulo 5 - Se modifica el numeral 3 del Articulo 2 del Decreto 49-99 del
17 de febrero de 1999 para que en lo adelante rija de la siguiente manera: "Se aprueba la
rnodificacion de 10s estatutos y el cambio de nombre de la FUNDACION "WEST INDIES
COLLEGE OF NATUROPATHIC', INC., con su domicilio en Santo Domingo, celebrada
en Asamblea General Extraordinaria de fecha 10 de noviembre de 1998, por lo que en lo
adelante se denominara FUNDACION MANOS DE ESPERANZA".
Articulo 6.- Se aprueba la correccion del nombre del MINISTERIO
EVANGELISTICO MISIONERO EL VERBO DE DIOS, INC., por lo que en lo adelante
se denominara MINISTERIO MISIONERO VERBO DE DIOS JNC., que es lo correcto.
Articulo 7.- Dichas incorporaciones estatutarias seran efectivas tan pronto
como las indicadas asociaciones realicen el deposit0 y la publicacion a que se refiere el
Articulo 4 de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan
por Objeto un Beneficio Pecuniario.
Articulo 8.- Enviese a la Procuraduria General de la Republica, para 10s
fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s cuatro (4) dias del mes de mayo del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 136 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.