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Decreto

Decreto 416-00

que dispone la distribucion de viviendas en Pepillo Salcedo, Azua, Fantino, San Pedro de Macoris, La Romana, Santo Domingo, en calidad de donaciones y ventas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 ago de 2000fecha
Otrostipo
G. O. 10055Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 416-00 que dispone la distribucion de viviendas en Pepillo Salcedo, Azua, Fantino, San Pedro de Macoris, La Romana, Santo Domingo, en calidad de donaciones y ventas. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 416-00 CONSIDERANDO: Que es de orden prioritario para el Estado Dominicano, mejorar las condiciones de vida y dotar de un techo propio a las personas mas necesitadas, dentro del programa de construccihn de viviendas. CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano ha construido el proyecto habitacional Santa Maria, Palmarejo, Tabara Abajo, Las Mercedes, Los Profesionales, Luperhn, Matayaya, Villa Juana, ubicados en las siguientes provincias, Monte Cristi, Azua, La Romana, Puerto Plata, Elias Piiia. VISTA: La Ley No. 1832 del 3 de Noviembre de 1948 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: Articulo 1.- Se dispone la donacihn de las viviendas del proyecto habitacional Santa Maria, construidas en madera, a1 estilo "Comunidad Digna", localizado en el municipio de Pepillo Salcedo, en la provincia de Monte Cristi a las personas que se detallan a continuacihn. Nombres Ceddas Casas No. 1.- Fresa Midalma Rivas [cédula] 2.- Rafaelito Bautista Guzman [cédula] 3.- Antonio Hidalgo [cédula] 4.- Víctor Ml. Olivo Rivas [cédula] 5.- Mejía Gonzáles Contreras [cédula] 6.- Juan Ramón Galvez Baldera [cédula] 7.- Héctor Salvador Hidalgo [cédula] 8.- Santa Alejandrina Cruz [cédula] 9.- Caridad Vargas [cédula] 10.- Ada María Nuñez Escoto [cédula] 11.- Manuel Antonio Polanco [cédula] 12.- Raul Santana Minaya [cédula] Artículo 2.- Se dispone la donación de las viviendas, ubicadas en el proyecto habitacional Palmarejo, Azua, a los damnificados del Huracán George, Palmarejo de Azua, cuyo valor será establecido por la Oficina Coordinadora y fiscalizadora de las Obras del Estado, a las personas que se detallan a continuación: Nombres: Cédulas 1.- Cristina Alt. Santana Reyes [cédula] 2.- Mildre Josefina Santana Reyes [cédula] 3.- María Alida Medina [cédula] 4.- Ramón Antonio Agramonte [cédula] 5.- María Gertrudis Santa [cédula] 6.- Joselin Santana Céspedes [cédula] 7.- Sugendy Sabrina Medina [cédula] 8.- Magalis Antonia Florián [cédula] 9.- Rosa Santa [cédula] 10.- Germán Medina [cédula] 11.- Angel Ovidio Gerónimo [cédula] 12.- Julio Mateo [cédula] 13.- Salvador Silveirio [cédula] 14.- Yolanda Santa [cédula] 15.- Altagracia Pérez [cédula] 16.- Sandy Paredes [cédula] 17.- María Regla Paredes [cédula] 18.- Aleida Gonzáles [cédula] 19.- Rafael Medina [cédula] 20.- Esperanza Medina [cédula] 21.- Angel Santana [cédula] 22.- Bartolo Sánchez [cédula] 23.- Apolonia Rosario [cédula] 24.- Ulises de los Santos de los Santos [cédula] 25.- Rafael O. Alcántara [cédula] 26.- José Rosendo de los Santos [cédula] 27.- Rafael Martínez [cédula] 28.- Rosanna Agramonte [cédula] 29.- Angel María Silverio [cédula] 30.- Manuel Matos [cédula] 31.- Andrés Agramonte [cédula] 32.- Fausto Silverio [cédula] Artículo 3.- Se dispone la distribución de los apartamentos del proyecto habitacional Los Maestros de Fantino, Cotui, valorados en la suma de RD$323,382.19 (Trescientos Veintitres Mil Trescientos Ochenta y Dos Pesos Con 19/100), para ser pagados con un inicial de RD$5,000.00 y mensualidades de RD$400.00, a las personas que se detallan a continuacihn: 1.- Rafel Aridio Hidalgo Gonzales [cédula] 2.- Juan Hidalgo [cédula] 3.- Clara Filomina Padilla Sanchez [cédula] 4.- Francisco Rhadames Mateo Soto [cédula] 5.- Buenaventura Rojas Rosario [cédula] 6.- Gavino Antonio Padilla Sanchez [cédula] 7.- Carmen Vasquez Lantigua [cédula] Articulo 4.- Se dispone la distribucihn de 10s apartamentos del proyecto habitacional El Porvenir de San Pedro de Macoris, cuyo valor sera establecido por la Oficina Supervisora y Fiscalizadora de Obras del Estado, para ser pagados con un inicial RD$10,000.00 y mensualidades de RD$500.00, a la personas que se indican a continuacihn: 1.- Melania Mezquita Ventura [cédula] 2.- Julio Cesar Morillo Encarnacihn [cédula] 3.- Vicenta Santana Garrido [cédula] Articulo 5.- Se dispone la distribucihn de 10s apartamentos del proyecto habitacional Luperhn de la Provincia de Puerto Plata, cuyo valor sera establecido por la Oficina Supervisora y Fiscalizadora de Obras del Estado, para se r pagados con un inical de RD$2,000.00 y mensualidades de RD$300.00, a la persona que se indican a continuacihn: 1.- Isidra Rodriguez [cédula] Articulo 6.- Se asigna a1 seiior Manuel Emilio Matos Ferrera, Cedula de Identidad Y Electoral No. [cédula], un apartamento de 10s construidos en el proyecto Habitacional Las Mercedes de Azua, valorado en la suma de RD$357,968.30, para pagar un inicial de RD$5,000.00 y mensualidades de RD$300.00, a la persona que se indica a continuación: 1.- Isidra Rodriguez [cédula] Artículo 7.- Se asigna al señor Juan Gonzáles Santana, Cédula No. [cédula], el apartamento No. 202, edificio No. 4, del proyecto habitacional Las Mercedes de Azua, valorado en la suma de RD$357,968.30, (Trescientos Cincuenta y Siete Mil Novecientos Sesenta y Ocho Pesos Con 30/100), para ser pagados con un inical de RD$5,000.00 y mensualidades de RD$300,00. Artículo 8.- Se dispone la donación de dos viviendas al Ayuntamiento del Municipio de Matayaya, para realizar sus labores habituales. Artículo 9.- Se dispone la donación de las viviendas del proyecto habitacional Tabara Abajo, en la Provincia de Azua, cuyo valor será establecido por la Oficina Coordinadora y Fiscalizadora de Obras del Estado, a las personas que se detallan a continuación: Nombres Cédulas Casas Nos. 1.- Manuel Emilio Noboa [cédula] 2.- Genao Corcino [cédula] 3.- Antonio Eugenio Galán Santana [cédula] 4.- Nancy de la Paz [cédula] 5.- Denia Josefina Montilla Noboa [cédula] 6.- Georgina Jiménez [cédula] 7.- Olga María Noboa [cédula] 8.- Pedro Cucurrulo Acero Galván [cédula] 9.- Ernesto de la Paz [cédula] 10.- Ana Emilia Ferrera [cédula] 11.- Filiberto Comas Comas [cédula] 12.- Dominicana María Noboa [cédula] 13.- Sumirda Noboa [cédula] 13 14.- Fernando Suero Colón [cédula] 14 15.- Minerva Noboa [cédula] 15 16.- Ana Cristina Noboa [cédula] 16 17.- Manuel Emilio Torres [cédula] 17 18.- Mario Beltré [cédula] 18 19.- Juana Mesa [cédula] 19 20.- Alexandra Diaz Sención [cédula] 20 21.- Francisco Noboa [cédula] 21 22.- Felix Heredia [cédula] 22 23.- Estervina Noboa [cédula] 23 24.- Diógenes Matos [cédula] 24 25.- Mercedes Pimentel [cédula] 25 26.- Isidro Castillo [cédula] 26 27.- Luis Emilio Vicente [cédula] 27 28.- Florentina Medina [cédula] 28 29.- Altagracia Pimentel [cédula] 29 30.- Ana Livida Noboa [cédula] 30 31.- Margarita Noboa [cédula] 31 32.- Ramón María Santa [cédula] 32 33.- Dominga Pimentel [cédula] 34.- Pascual Gómez Campos [cédula] 34 35.- Ana Emilia Méndez [cédula] 35 36.- Felix Nerys Reyes [cédula] 37.- Pedro Sergio Feliz [cédula] 38.- Manuel E. Vargas [cédula] 39.- Alejandro Beltré [cédula] Artículo 10.- Se dispone la distribución de los apartamentos del proyecto habitacional Los Profesionales de la Romana, valorados en la suma de RD$361,494.36 (Trescientos Sesenta y Un Mil Cuatrocientos Noventa Y Cuatro Pesos Con 36/100), para ser pagados con un inicial de RD$8,000.00 y RD$15,000.00, a las personas que se indican a continuación y mensualidades de RD$500.00, a las personas que se indican a continuación: Nombres Cédulas 1.- Sagrario Aminta Hernández [cédula] 2.- Manuel Guillermo Martínez [cédula]-2 Artículo 11.- Se asigna en calidad en venta condicional a la señora María Ana de Jesus Fernández Báez, Cédula de Identidad y Personal No. [cédula], el local comercial No. 808, de la Torre de Profesionales II, ubicado en el proyecto habitacional Villa Juana, Villa Consuelo, valorado en suma de RD$201,431.06 (Doscientos Un Mil Cuatrocientos Treinta y Un Pesos con 06/100), para ser pagados con un inicial de RD$5,000.00 y mensualidades de RD$500.00 Artículo 12.- Se otorga poder especial al Administrador General de Bienes Nacionales, para que a nombre y representación del Estado Dominicano suscriba los contratos de ventas y donaciones de apartamentos con las personas indicadas en los Artículos 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10 y 11 del presente Decreto. Artículo 13.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil, años 157 de la Independencia y 137 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona