miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 346-00

que dispone la distribución de apartamentos en el Proyecto Habitacional Guatapanal, en Manzanillo, provincia Montecristi

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 ago de 2000fecha
Otrostipo
G. O. 10054Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 346-00 que dispone la distribución de apartamentos en el Proyecto Habitacional Guatapanal, en Manzanillo, provincia Montecristi. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 346-00 CONSIDERANDO: Que es de orden prioritario para el Estado Dominicano, mejorar las condiciones de vida y dotar de un techo propio a las personas más necesitadas, dentro del programa de construcción de viviendas. CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano ha construido el Proyecto Habitacional Guatapanal, ubicado en el municipio de Manzanillo, Provincia de Monte Cristy. VISTA la Ley No.1832 del 3 de noviembre de 1948. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente decreto. DECRETO: Artículo 1.- Se dispone la distribución de las viviendas del Proyecto Habitacional Guatapanal, ubicado en el sector del mismo nombre, localizado en el municipio de Manzanillo, Provincia de Monte Cristy, a las personas que más adelante se detallan. El valor de dichos inmuebles será establecido por la Oficina Coordinadora y Fiscalizadora de Obras del Estado, y el inicial y las mensualidades serán establecidos por la Administración General de Bienes Nacionales: NOMBRE CEDULA 1. Roberto Morillo [cédula] 2. Antero Montoli [cédula] 3. Julio Salas Tatis [cédula] 4. Ramón Franco Santos [cédula] 5. Miguel Andrés Parra García [cédula] 6. Angel Agustín Marte [cédula] 7. José Salas Tatis [cédula] 8. Carmen Pascual [cédula] 9. José Manuel Castro [cédula] 10. Alfonso Peña Gómez [cédula] 11. José Manuel Antonio Marte [cédula] 12. José Ignacio Espinal [cédula] 13. Eva Esmirna Domínguez [cédula] 14. Andrés Jacobo Sigoyen Reyes [cédula] 15. Rafael Demetrio Rodríguez Peña [cédula] 16. Julio Nicolás Mallol Gómez [cédula] 17. Arisleyda Del Carmen Peña [cédula] 18. Gregoria Altagracia Lora [cédula] 19. Ramón Antonio Santiago Almonte [cédula] 20. Miguel Eugenio Rojas [cédula] 21. Franklin Jovanny Reyes Peña [cédula] 22. Luis Daniel Sosa Bautista [cédula] 23. José Ramón Reyes Jiménez [cédula] 24. Cesar Antonio Veras Reyes [cédula] 25. Juana Emilia Liranzo [cédula] 26. Máximo Braulio Sosa [cédula] 27. Miguel Angel Francisco [cédula] 28. Rosa Miguelina Peralta [cédula] 29. Jonny Alberto Vargas Almonte [cédula] 30. Bienvenido Toribio Gómez [cédula] 31. Lucas Alvarez [cédula] 32. Felix Antonio Tatis Gómez [cédula] 33. Juan Osvaldo Rodríguez Toribio [cédula] 34. Felix Antonio Clase [cédula] 35. Ramón Benito Almonte [cédula] 36. Ramón Antonio Jerez Abreu [cédula] 37. Guadalupe Alvarez Noesi [cédula] 38. Deycy María Feliz [cédula] 39. Martina Domínguez [cédula] 40. Claudio Julián Peña Peña [cédula] 41. Nelso Omar Valerio Rodríguez [cédula] 42. Yuberkis Emilia E. Gabot Marte [cédula] Artículo 2.- Se otorga Poder Especial al Administrador General de Bienes Nacionales, para que a nombre y representación del Estado Dominicano, suscriba los contratos de venta de los apartamentos precedentemente indicados a las personas indicadas en el Artículo 1 del presente decreto. Artículo 3.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de agosto del año dos mil, años 157 de la Independencia y 137 de la Restauración. Leonel Fernández

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona