Texto de la norma
Dec. No. 346-00 que dispone la distribución de apartamentos en el Proyecto Habitacional Guatapanal, en Manzanillo, provincia Montecristi.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 346-00
CONSIDERANDO: Que es de orden prioritario para el Estado Dominicano, mejorar las condiciones de vida y dotar de un techo propio a las personas más necesitadas, dentro del programa de construcción de viviendas.
CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano ha construido el Proyecto Habitacional Guatapanal, ubicado en el municipio de Manzanillo, Provincia de Monte Cristy.
VISTA la Ley No.1832 del 3 de noviembre de 1948.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente decreto.
DECRETO:
Artículo 1.- Se dispone la distribución de las viviendas del Proyecto Habitacional Guatapanal, ubicado en el sector del mismo nombre, localizado en el municipio de Manzanillo, Provincia de Monte Cristy, a las personas que más adelante se detallan. El valor de dichos inmuebles será establecido por la Oficina Coordinadora y Fiscalizadora de Obras del Estado, y el inicial y las mensualidades serán establecidos por la Administración General de Bienes Nacionales:
NOMBRE
CEDULA
1. Roberto Morillo
[cédula]
2. Antero Montoli
[cédula]
3. Julio Salas Tatis
[cédula]
4. Ramón Franco Santos [cédula]
5. Miguel Andrés Parra García [cédula]
6. Angel Agustín Marte [cédula]
7. José Salas Tatis [cédula]
8. Carmen Pascual [cédula]
9. José Manuel Castro [cédula]
10. Alfonso Peña Gómez [cédula]
11. José Manuel Antonio Marte [cédula]
12. José Ignacio Espinal [cédula]
13. Eva Esmirna Domínguez [cédula]
14. Andrés Jacobo Sigoyen Reyes [cédula]
15. Rafael Demetrio Rodríguez Peña [cédula]
16. Julio Nicolás Mallol Gómez [cédula]
17. Arisleyda Del Carmen Peña [cédula]
18. Gregoria Altagracia Lora [cédula]
19. Ramón Antonio Santiago Almonte [cédula]
20. Miguel Eugenio Rojas [cédula]
21. Franklin Jovanny Reyes Peña [cédula]
22. Luis Daniel Sosa Bautista [cédula]
23. José Ramón Reyes Jiménez [cédula]
24. Cesar Antonio Veras Reyes [cédula]
25. Juana Emilia Liranzo [cédula]
26. Máximo Braulio Sosa
[cédula]
27. Miguel Angel Francisco
[cédula]
28. Rosa Miguelina Peralta
[cédula]
29. Jonny Alberto Vargas Almonte
[cédula]
30. Bienvenido Toribio Gómez
[cédula]
31. Lucas Alvarez
[cédula]
32. Felix Antonio Tatis Gómez
[cédula]
33. Juan Osvaldo Rodríguez Toribio
[cédula]
34. Felix Antonio Clase
[cédula]
35. Ramón Benito Almonte
[cédula]
36. Ramón Antonio Jerez Abreu
[cédula]
37. Guadalupe Alvarez Noesi
[cédula]
38. Deycy María Feliz
[cédula]
39. Martina Domínguez
[cédula]
40. Claudio Julián Peña Peña
[cédula]
41. Nelso Omar Valerio Rodríguez
[cédula]
42. Yuberkis Emilia E. Gabot Marte
[cédula]
Artículo 2.- Se otorga Poder Especial al Administrador General de Bienes Nacionales, para que a nombre y representación del Estado Dominicano, suscriba los contratos de venta de los apartamentos precedentemente indicados a las personas indicadas en el Artículo 1 del presente decreto.
Artículo 3.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de agosto del año dos mil, años 157 de la Independencia y 137 de la Restauración.
Leonel Fernández
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.