Texto de la norma
Dec. No. 132-99 que autoriza a varias compaiiias extranjeras a fijar domicilio en la
Republica Dorninicana.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO:132-99
VISTAS las instancias que por via de la Secretaria de Estado de Interior y
Policia han elevado a1 Poder Ejecutivo, las sociedades comerciales que aparecen en la parte
dispositiva del presente decreto.
VISTO el Articulo 13 del Codigo Civil de la Republica Dominicana,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se autoriza a la compaiiia Harrison Agencia de
Comunicaciones Integradas, S. A., sociedad anonima organizada de conformidad con las
leyes de la Republica de Guatemala, con su domicilio en el Departamento de Guatemala, a
fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 2.- Se autoriza a la compaiiia Optima International Investments,
Inc., sociedad comercial organizada y existente de conformidad con las leyes de la
Republica de Panama, con su domicilio en el Edificio Hong Kong Bank, 6to. piso, Avenida
Samuel Lewis, Panama, Republica de Panama, a fijar domicilio en la Republica
Dominicana
Articulo 3.- Se autoriza a la compaiiia Dillon Associates Corp., sociedad
anonima constituida de conformidad con las leyes de la Republica de Panama, con su
domicilio en el Edificio Hong Kong Bank, 6to. piso, Avenida Samuel Lewis, Panama
Repubica de Panama, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 4.- Se autoriza a la compaiiia Sistemas Educativos, S.A., sociedad
anonima constituida de conformidad con las leyes de la Republica de Panama, con su
domicilio en la calle Via Espaiia y calle Colombia, Edificio Republic, en Panama,
Republica de Panama, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 5.- Se autoriza a la compaiiia Apple Bay Agroindustrial Co., Inc.,
sociedad comercial constituida de conformidad con las leyes del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico, con su domicilio en Pier 9, Edificio Caribeco, Av. Fernindez Juncos, Puertas
de Tierras, San Juan, Puerto Rico, 0091 1, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 6.- Se autoriza a la compaiiia Steel Hector & Davis International
(DR) LTD, sociedad comercial constituida de conformidad con las leyes de las Islas
Virgenes Britinicas, con su domicilio en Pasea Estate, Road Town, Tortola, Islas Virgenes
Britanicas, Apartado Postal No.3 149, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 7.- Se autoriza a la compaiiia Western Energy, Inc., sociedad
comercial constituida de conformidad con las leyes del Estado de Colorado, Estados
Unidos de America, con su domicilio en el numero 2550 Abrr Drive, Loveland, Colorado
80537, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 8.- Se autoriza a la compaiiia mercantil Asda Asesores, S.L.,
sociedad comercial constituida de conformidad con las leyes de Espaiia, con su domicilio
en la calle Colon, numero 8, Alicante, Espaiia, a fijar domicilio en la Republica
Dominicana.
Articulo 9.- Se autoriza a la compaiiia Transportes Akreos Portugueses, S.
A. (Tap Air Portugal, S. A.), sociedad anonima constituida de conformidad con las leyes
de la Republica de Portugal, con su domicilio para la Region de Latinoamerica y el Caribe,
en el Edificio Canaima, Segundo Piso, Local No.6, Chacaito, Caracas, Venezuela, a fijar
domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 10.- Se autoriza a la compaiiia Labiofam, S.A., sociedad anonima
constituida de conformidad con las leyes de la Republica de Cuba, con su domicilio, en la
calle 19 No. 1166, entre 16 y 18, Vedado, Municipio Plaza de la Revolucion, Ciudad de La
Habana, Cuba, a fijar domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 11.- Enviese a la Secretaria de Estado de Interior y Policia para 10s
fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s treinta (30) dias del mes de marzo del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios 155 de la Independencia y 136 de la Restauracihn.
Leone1 Fernandez
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