Texto de la norma
Dec. No. 129-99 que concede el beneficio de la naturalización dominicana a varios extranjeros, y provisionalmente a menores de edad.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 129-99
VISTAS las instancias Nos. 6964, 12441, 01317, 01600, 10630, 13559, 13873, 14748, 13692, 14414, 0250, 0249, 00157, 00188, 00191, 00192, 00193, 00406, 00817, 1619, 1135, 01533, 15256, 01782, 01718, 03037, 07726, 3296, 16306, 1408, 2040 y 03624 de fechas 9 de agosto de 1996; 1 de julio, 21 de octubre de 1997; 11 de febrero, 17 de febrero, 17 de agosto, 4 de septiembre, 4 de noviembre, 6 de noviembre, 13 de noviembre, 25 de noviembre, 30 de noviembre, 10 de diciembre, 29 de diciembre de 1998; 11 de enero, 12 de enero, 19 de enero, 27 de enero, 10 de febrero, 12 de febrero, 16 de febrero, 17 de febrero, 18 de febrero, 22 de febrero, 26 de febrero, 10 de marzo, 16 de marzo y 23 de marzo de 1999, respectivamente, que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente Decreto;
VISTA la Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las personas que se indican a continuación:
1. Al señor TYME ANDRE TARON RUZAK, de nacionalidad argentina.
2. Al señor GERALDO BERTOLDO TARON, conjuntamente con su esposa OLGA RUZAK DE TARON y su hijo menor JONATHAN TARON RUZAK, de nacionalidad argentina.
3. A la señora ANTOINETTE KUFFER STOCKLI, de nacionalidad suiza.
4. Al señor RODOLFO BLANCO GONZALEZ, de nacionalidad cubana.
5. Al señor LUIS RICARDO VILLAR RIVADULLA, conjuntamente con su esposa OLGA ZILIA SARMIENTO ALVAREZ, de nacionalidad cubana.
6. A la señora MARIA ELENA LOPEZ LOPEZ, de nacionalidad cubana.
7. A la señora MARIA JOSEFA RODRIGUEZ VDA. LINARES, de nacionalidad cubana.
8. Al señor JOSE LUIS CARLOS BONIN GARCIA, de nacionalidad cubana.
9. Al señor HERMILIO PARIONA MARCOS, de nacionalidad peruana.
10. Al señor RODRIGO JOSE MONTEALEGRE LACAYO, de nacionalidad nicaragüense.
11. Al señor CHI-PEN FUNG, conjuntamente con su esposa SHAO-WEN CAI, de nacionalidad china.
12. Al señor ENRIC VILLALBA CUBERES, de nacionalidad española.
13. Al señor VICTOR RAMON VILLANUEVA ZACCAGNINI, de nacionalidad española.
Artículo 2.- Se concede el beneficio de la naturalización dominicana provisional a los menores de edad que se indican a continuación:
1. PAULA ISABEL BRACHE VIYELLA, de nacionalidad estadounidense.
2. KEVIN WILLIAM WEBER, de nacionalidad estadounidense.
3. JORGE MANUEL FERNANDEZ CANARIO, de nacionalidad española.
4. JEFFREY ORTIZ, de nacionalidad estadounidense.
5. REGAN WLADIMIR FLORENTINO SICARD, de nacionalidad venezolana.
6. OMAR MORALES SANCHEZ, de nacionalidad estadounidense.
7. ODETTE NICOLE MORALES SANCHEZ, de nacionalidad estadounidense.
8. MARIA DEL CARMEN LUPERON NIVAL, de nacionalidad estadounidense.
9. TOMMASO IODICE PICHARDO, de nacionalidad italiana.
10. NATASHA NICOLE ALBAINE MARTINEZ, de nacionalidad estadounidense.
11. YUNERY TERESA ADAMS, de nacionalidad estadounidense.
12. WARNER NATHANIEL ADAMS, de nacionalidad estadounidense.
13. ENNIO GABRIEL PALERMO ROBLEDO, de nacionalidad estadounidense.
14. JOHAN ALEXANDER ARIAS RASUK, de nacionalidad rusa.
15. CRISTIAN ARIAS RASUK, de nacionalidad rusa.
16. ADRIAN ALBERTO RAMIREZ GARCIA, de nacionalidad mexicana.
17. HARVI TOMAS RAMIREZ GARCIA, de nacionalidad mexicana.
18. EDGAR MARTIN RAMIREZ GARCIA, de nacionalidad mexicana.
19. FELIPE OSCAR ROMAN LOPEZ, de nacionalidad española.
20. CELESTE ISABEL BEATO, de nacionalidad estadounidense.
21. JORGE EDUARDO PANNEFLEK UREÑA, de nacionalidad curazoleña.
22. FU HUA FUNG, de nacionalidad china.
23. JUE HUA FUNG, de nacionalidad china.
24. KELVIN HSU FU, de nacionalidad china.
25. VIVIAN PEÑA FONDEUR, de nacionalidad estadounidense.
26. ABEL PEÑA FONDEUR, de nacionalidad estadounidense.
Artículo 3.- Se modifica el numeral 9 del Artículo 1 del Decreto 508-97 del 10 de diciembre de 1997, para que diga de la siguiente manera: "Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a la señora LARISSA MIJAILOVNA LANDO, de nacionalidad rusa".
Artículo 4.- Los beneficiarios recibirán la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario.
Artículo 5.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y nueve, año 155 de la Independencia y 136 de la Restauración.
Leonel Fernández
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