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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 126-99

QUE ASIGNA NOMBRES A VARIAS ESCUELAS EN DISTINTOS MUNICIPIOS DEL PAIS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 mar de 1999fecha
Designacióntipo
G. O. 10010Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 126-99 que asigna nombres a varias escuelas en distintos municipios del pais. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 126-99 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : Articulo 1.- Se designa con el nombre de San Kitts y Nevis la Escuela Bisica Rural construida por el Gobierno Dominicano en Los Chrbanos, Municipio de Las Matas de Farfin, Provincia San Juan. Articulo 2.- Se designa con el nombre de Trinidad y Tobago la Escuela Bisica Urbana construida por el Gobierno Dominicano en el Barrio A de San Juan de la Maguana. Articulo 3.- Se designa con el nombre de San Vicente y Las Granadinas la Escuela Rural de Educacihn Inicial y Basica construida por el Gobierno Dominicano en Sabaneta, Provincia San Juan. Articulo 4.- Se designa con el nombre de Bahamas la Escuela Rural Basica construida por el Gobierno Dominicano en Medina, Provincia San Cristhbal. Articulo 5.- Se designa con el nombre de Antigua y Barbuda la Escuela Rural de Educacihn Inicial y Basica construida por el Gobierno Dominicano en Caballona, Distrito Nacional. Articulo 6.- Se designa con el nombre de Barbados la Escuela Urbana de Educacihn Inicial y Bisica, construida por el Gobierno Dominicano en el Barrio Enriquillo, del Distrito Nacional. Articulo 7.- Se designa con el nombre de Jamaica, la Escuela Rural de Educacihn Inicial y Bisica, construida por el Gobierno Dominicano en La Cienaga, Manoguayabo, en el Distrito Nacional. Articulo 8.- Se designa con el nombre de Suriname, la Escuela Rural Turistica, de Educacihn Inicial y Basica, construida por el Gobierno Dominicano en Juan Dolio, Provincia de San Pedro de Macoris. Articulo 9.- Se designa con el nombre de Granada la Escuela Rural Basica construida por el Gobierno Dominicano en Monte de La Jagua, Provincia Espaillat. Articulo 10.- Se designa con el nombre de Dominica la Escuela Urbana Marginal, de Educacihn Inicial y Bisica, construida por el Gobierno Dominicano en Los Maiiese, Provincia Monte Plata. Articulo 11.- Se designa con el nombre de Guyana, la Escuela Urbana Turistica, de Educacihn Inicial y Basica, construida por el Gobierno Dominicano en Los Tanquecitos, Boca Chica, Distrito Nacional. Articulo 12.- Se designa con el nombre de Santa Lucia, la Escuela Rural Bisica, construida por el Gobierno Dominicano en Los Bancos de Arena, Boca Chica, Distrito Nacional. Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s treinta (30) dias del mes de marzo del aiio mil novecientos noventa y nueve, aiio 156 de la Independencia y 136 de la Restauracihn. Leone1 Fernindez

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona