Texto de la norma
Dec. No. 62-99 que modifica el Art. 1 del Decreto No. 327-98.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 62-99
VISTA la Decimosexta Resolucion dictada por la Junta Monetaria en fecha
30 de julio de 1998.
VISTO el Decreto No.327-98, de fecha 25 de agosto de 1998
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se modifica el Articulo 1 del Decreto No. 327-98, de fecha 25
de agosto de 1998, para que en lo adelante disponga como sigue:
“Articulo 1.- Queda aprobada la Decimosexta Resolucion dictada por la
Junta Monetaria en fecha 30 de julio de 1998, mediante la cual se autoriza la incineracion
y/o trituracion de 59,576,004 unidades de billetes del Banco Central de la Republica
Dorninicana, deteriorados y retirados de circulacion, segun se detalla a continuacion:
2,777,001 unidades de la denominacion de RD$50.00; 14,472,001 unidades de la
denominacion de RD$20.00; 8,068,001 unidades de la denominacion de RD$10.00,
34,238,001 unidades de la denominacion de RD$5.00; y 21,000 unidades de la
denominacion de RD$1.00”.
Articulo 2.- Comuniquese a 10s funcionarios indicados en el Articulo 3 de la
Ley No.2927 de fecha 18 de junio de 1951, modificada por la Ley No.159 del 18 de marzo
de 1966, para 10s fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s diecisiete (17) dias del mes de febrero del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios 155 de la Independencia y 136 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
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