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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 51-99

que excluye de la declaratoria de utilidad publica una porcion de terreno en el Distrito Nacional, dispuesta en el Art. 1, acapite c) 1, del Decreto No

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 feb de 1999fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10008Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 51-99 que excluye de la declaratoria de utilidad publica una porcion de terreno en el Distrito Nacional, dispuesta en el Art. 1, acapite c) 1, del Decreto No. 1707 del 1984, y ratifica la declaratoria de utilidad publica dispuesta mediante Decreto No. 1707 del citado ano 1984. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 51-99 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto numero 1707, de fecha 3 de enero de 1984, se dispuso la declaratoria de utilidad publica e interes social, entre otros inmuebles, de las Parcelas numeros l-F-2-A-2-1-3-Resto y 116-B-3, del Distrito Catastral numero 3 del Distrito Nacional, para ser destinados a la ubicacion de tanques reguladores de agua, a cargo de la Corporacion del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD); CONSIDERANDO: Que de dichos inmuebles declarados de utilidad publica, la Corporacion del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD) solo utilizara la cantidad de 7,729.95 metros cuadrados, conforme el Informe Tecnico realizado por la Unidad de Terrenos de la CAASD, por cuya razon procede liberar de la declaratoria de utilidad publica el resto del terreno que no va a ser utilizado; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : Articulo 1.- Se dispone la exclusion de la declaratoria de utilidad publica dispuesta mediante el Articulo 1, acapite c) 1, del Decreto numero 1707, del 3 de enero de 1984, y la devolucion a sus legitimos propietarios, de una porcion aproximadamente 5,790.30 (cinco mil setecientos noventa 30/100) metros cuadrados, dentro del ambito de la Parcela numero 1-F-2-A-2- 1-3-Resto-120 (antigua Parcela 1-F-2-A-2-1-3 Resto) del Distrito Catastral numero 3 del Distrito Nacional, porcion que esta limitada del siguiente modo:- a1 Norte, en una longitud de 84.25 metros lineales, por la calle Porfirio Herrera; a1 Oeste, en una longitud de 97.50 metros lineales, por la verja de bloques y malla ciclonica colindantes con las areas de terreno que ocupa la CAASD dentro de las Parcelas 1-F-2-A-2- 1-3 Resto y 116-B-3 del Distrito Catastral numero 3 del Distrito Nacional; a1 Sur, en una longitud de 51.20 metros lineales, por la verja de bloques y malla ciclonica colindante con el irea de terreno ocupado por la CAASD; en una longitud de 33.30 metros lineales, por la calle Victor Garrido; y, a1 Este, en una longitud de 99.50 metros lineales, por la Avenida Winston Churchill. Articulo 2.- Se ratifica la declaratoria de utilidad publica dispuesta por el Decreto numero 1707, del 3 de enero de 1984, para el resto de 10s inmuebles indicados en el mismo. Articulo 3.- Enviese a1 Administrador de Bienes Nacional, a1 Abogado del Estado y a la Corporacion del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD). Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s diecisiete (17) dias del mes de febrero del aiio mil novecientos noventa y nueve, aiio 155 de la Independencia y 136 de la Restauracion. Leone1 Fernandez

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona