Texto de la norma
Dec. No. 39-99 que deroga el Decreto No. 6935 del aiio 1961, y dicta otras
disposiciones.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 39-99
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Queda derogado el Decreto No. 6935, de fecha 19 de julio de
1961, que design0 a1 seiior Jacques Talavera, Consul Honorario de la Republica en Argel,
Argelia.
Articulo 2.- Se dispone el cierre del Consulado Honorario de la Republica
en Argel, Argelia.
Articulo 3.- Quedan derogados 10s Decretos Nos. 6406 y 221, de fechas 11
de marzo y 20 de agosto de 1950 y 1966, respectivamente, que designaron a1 seiior Joseph
Nahon, Consul Honorario y Consul General Honorario de la Republica en Oran, Argelia.
Articulo 4.- Se dispone el cierre del Consulado General Honorario de la
Republica en Oran, Argelia.
Articulo 5.- Queda derogado el Decreto No. 2962, de fecha 30 de octubre de
1968, que designo a1 seiior Roland Barnes, Consul General Honorario de la Republica en
Monrovia, Liberia.
Articulo 6.- Se dispone el cierre del Consulado General Honorario de la
Republica en Monrovia, Liberia.
Articulo 7.- Queda derogado el Decreto No. 2384, de fecha 11 de octubre de
1976, que designo a1 Dr. John Levin, Consul Honorario de la Republica en Melbourne,
Australia.
Articulo 8.- Se dispone el cierre del Consulado Honorario de la Republica
en Melbourne, Australia.
Articulo 9.- Queda derogado el Decreto No. 463-90, de fecha 13 de
noviembre de 1990, que designo a1 seiior Ho Hung Tsin, Consul Honorario de la Republica
en Macao, posesion portuguesa.
Articulo 10.- Se dejan sin efecto 10s nombramientos que amparaban a 10s
seiiores Jose Rafael Vasquez, como Consejero, Encargado de la Seccion de Autografos de
la Division de Protocolo y de Amado Amable Nadal Gomez, como Consejero, Encargado
de Negocios de Aguas Internacionales de la Division de Asuntos Haitianos, Adscrito a la
Division de Protocolo. ambos de la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores.
Articulo 11.- Enviese a la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores
para 10s fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s cinco (5) dias del mes de febrero del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios 155 de la Independencia y 136 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
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