Texto de la norma
Dec. No.435-96 que crea la Direccion General de Equipos y Transporte de la
Secretaria de Estado de Obras Publicas y Comunicaciones y sus correspondientes
subdirecciones generales.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 435-96
CONSIDERANDO: Que es de alto interes la modernizacihn y adecuacihn de
10s organismos del Estado destinados a lograr 10s objetivos que se ha fijado esta
administracihn;
CONSIDERANDO: Que es necesario crear organismos institucionales
homogeneos y eficientes para la preservacihn y cuidado de 10s bienes que corresponden a la
Secretaria de Estado de Obras Publicas y Comunicaciones;
CONSIDERANDO: Que el Decreto No.1846 de fecha primero de marzo de
1984, suprimih la Direccihn General de Mantenimiento y Equipos de la Secretaria de
Estado de Obras Publicas y Comunicaciones, pasando sus funciones y dependencias a la
Direccihn General de Mantenimiento Vial, con la categoria de Subdireccihn;
VISTA la Ley Organica de Secretarias de Estado No.4378 de fecha 10 de
febrero de 1956.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se crea la Direccion General de Equipos y Transporte de la
Secretaria de Estado de Obras Publicas y Comunicaciones, con las siguientes
Subdirecciones Generales:
a) Subdireccion General Administrativa, con asiento en la ciudad de Santo
Domingo;
b) Subdireccion General de Equipos y Transporte, con asiento en la ciudad
de Santo Domingo; y,
c) Subdireccion General de Equipos y Transporte, con asiento en la ciudad
de Santiago de 10s Caballeros.
Articulo 2.- Se suprime la Subdireccion General de Equipos y Transporte de
la Direccion General de Mantenimiento de Carreteras y Caminos Vecinales de la Secretaria
de Estado de Obras Publicas y Comunicaciones y se encarga de todas sus funciones y
dependencias a la Direccion General creada en el Articulo 1 de este decreto.
Articulo 3.- El presente decreto deroga en lo que corresponde la Decreto
No.326 del 18 de junio de 1987, asi como cualquier otra disposicion que le sea contraria.
Articulo 4.- Enviese a la Secretaria de Estado de Obras Publicas y
Comunicaciones para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s doce (12) dias del mes de septiembre del aiio mil novecientos
noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 134 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
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