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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 424-96

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 sept de 1996fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 9934Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.424-96 que concede el beneficio de la incorporacion a varias asociaciones cooperativas. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 424-96 VISTA la Ley No. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, D E C R E T 0: Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacion a las siguientes asociaciones cooperativas: 1.- COOPERATIVA AGROPECUARIA "LAS MATAS", que tiene su domicilio en Las Matas, kilometro 56, Villa Altagracia, provincia San Cristobal, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 17 de noviembre del 199 1. 2.- COOPERATIVA DE SERVICIOS MULTIPLES DE LOS EMPLEADOS DE LA EMPRESA J.J. ROCA, S.A., "LA ROCA", que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 19 de julio del 1994. 3.- COOPERATIVA DE SERVICIOS MULTIPLES "AMIGOS MUEBLEROS DE HERRERA" (COOPSAMUHE), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 23 de octubre del 1995. 4.- COOPERATIVA DE SERVICIOS MULTIPLES "BALDOM", que tiene su domicilio en Santiago, provincia de Santiago, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 2 de julio del 1994. 5.- COOPERATIVA DE AHORRO, CREDIT0 Y SERVICIOS MULTIPLES DE SANTO DOMING0 ORIENTAL (COOPSANDO), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada 29 de octubre del 1995. 6.- COOPERATIVA DE SERVICIOS MULTIPLES "SAN JOSE", que tiene su domicilio en El Puerto, Villa Altagracia, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 19 de septiembre del 1976. 7.- COOPERATIVA DE SERVICIOS MULTIPLES "SAN VICENTE DE PAUL", que tiene su domicilio en el municipio de Azua de Compostela, provincia de Azua, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 19 de diciembre del 1992. 8.- COOPERATIVA DE SERVICIOS MULTIPLES "LAS MERCEDES", que tiene su domicilio en el municipio de Villa Altagracia, provincia de San Cristobal, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 25 de julio del 1991. 9.- COOPERATIVA NACIONAL DE SERVICIOS MULTIPLES DE LA UNION NACIONAL DE SERVICIOS DE ENFERMERIA DOMINICANA (COOPUNASED), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 28 de octubre del 1995. Articulo 2.- Dichas asociaciones cooperativas gozaran de personalidad juridica y de 10s beneficios que les acuerda la Ley No. 127, sobre asociaciones cooperativas, del 27 de enero de 1964 y su Reglamento, desde la vigencia del presente decreto. Articulo 3.- Enviese a1 Instituto de Desarrollo y Credit0 Cooperativo (IDECOOP) para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s nueve (9) dias del mes de septiembre del aiio mil novecientos noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 134 de la Restauracihn. Leone1 Fernandez

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona