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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 423-96

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A HACER CAMBIOS EN SUS NOMBRES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 sept de 1996fecha
Otrostipo
G. O. 9934Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.423-96 que autoriza a varias personas a hacer cambios en sus nombres. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 423-96 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habian sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar 10s procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones; CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral, ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningun acto de oposicion a las solicitudes formuladas en tal sentido por 10s interesados; CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley; VISTOS 10s Articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica; D E C R E T 0: Articulo 1.- La seiiorita Petronila Mora Mora, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Rhina Elizabeth Mora Mora. Articulo 2.- El seiior Bienvenido Perozo Rodriguez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Isidro Perozo Rodriguez. Articulo 3.- La seiiorita Colasa Garcia Peiia, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Olga Lidia Garcia Peiia. Articulo 4.- El seiior Frank Yime de Jesus Torres Marquez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Frank Jimmy de Jesus Torres Marquez. Articulo 5.- La seiiora Ana Barett Lopez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Maria Barett Lopez. Articulo 6.- La seiiora Trijidia Crisostomo Lantigua, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Hilda Crisostomo Lantigua. Articulo 7.- La seiiora Rubelinda Rivera Rijo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Roosevertlinda Rivera Rijo. Articulo 8.- La seiiora Josefa Esperanza Almanzar, queda autorizada a cambiar el nombre de su hija menor Desiree Almanzar, por el de Gregoria Maria Almanzar. Articulo 9.- La seiiora Melida Arias de Jesus, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Melida Altagracia Arias de Jesus. Articulo 10.- El seiior Averroes Sampier Aguilar Ramirez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Averroes Saddiel Aguilar Ramirez. Articulo 11.- La seiiora Lourdes Estela Soriano, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Lourdes Celeste Soriano. Articulo 12.- La seiiorita Teodora Aniberky Rodriguez Vasquez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Anie Rodriguez Vasquez. Articulo 13.- El seiior Roberky Garcia Martinez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Robert Garcia Martinez. Articulo 14.- La seiiora Isabel Dolores Lendof, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Dolores Isabel Lendof. Articulo 15.- La seiiora Divulga Concepcion, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Carmen Concepcion. Articulo 16.- Los seiiores Jose Andres Hernandez Andujar y Cindida de 10s Angeles, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hija menor Nikol Hernandez de 10s Angeles, por el de Candida Nikole Hernindez de 10s Angeles. Articulo 17.- Los seiiores Jose Andres Hernandez Andujar y Cindida de 10s Angeles, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo menor Daury Hernandez de 10s Angeles, por el de Daury Jose Hernindez de 10s Angeles. Articulo 18.- Los seiiores Marino Dominguez y Maritza Sanchez Perez, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hija menor Anggi Maribel Ramona Dominguez Sanchez, por el de Anggi Maribel Dominguez Sanchez. Articulo 19.- El seiior Pedro Antonio Then Cruz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Nelson Then Cruz. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s nueve (9) dias del mes de septiembre del aiio mil novecientos noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 134 de la Restauracion. Leone1 Fernandez

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona