Texto de la norma
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 397-96
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del
presente Decreto, habian sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar 10s
procedimientos que para cambios de
nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y
sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral, ha informado no haber
recibido dentro del plazo legal, ningun acto de oposicion a las solicitudes formuladas en tal
sentido por 10s interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades
requeridas por la Ley;
VISTOS 10s Articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica;
D E C R E T 0:
Articulo 1.- La seiiora Teresita Montilla de la Cruz, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Teresa Melisa Montilla de la Cruz.
Articulo 2.- La seiiora Isabel Paciencia Mella Piiia, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Isabel Mella Piiia.
Articulo 3.- El seiior Eliseo Feliz Lopez, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Alfred0 Eliseo Feliz Lopez.
Articulo 4.- La seiiora Advertencia Maria Almonte Jimenez, queda
autorizada a cambiar su nombre por el de Maria Albertencia Almonte Jimenez.
Articulo 5.- La seiiora Jacoba Olalla Candelario, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de Doris Maria del Pilar Olalla Candelario.
Articulo 6.- La seiiora Meceofidia Carrion Lopez, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Microfidia Carrion Lopez.
Articulo 7.- El seiior Felix Antonio Tineo, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Felix Tineo.
Articulo 8.- El seiior Ramon Melkis Antigua, queda autorizado a cambiar el
nombre de su hija menor Ivelice Antigua Cortorreal, por el de Marlenny Antigua
Cortorreal.
Articulo 9.- El seiior Ramon Melkis Antigua, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Melkis Antigua.
Articulo 10.- La seiiora Lucida Silverio, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Luz Maria Silverio.
Articulo 11.- La seiiora Ana Delia Lai Mata, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Maria Ligia Lai Mata.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominican% a 10s treinta (30) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos
noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 134 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.