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Decreto

Decreto 338-96

que dispone la distribución de los apartamentos del Proyecto Habitacional "Los Farallones", Cristo Rey, del Distrito Nacional

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 ago de 1996fecha
Otrostipo
G. O. 9930Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.338-96 que dispone la distribución de los apartamentos del Proyecto Habitacional "Los Farallones", Cristo Rey, del Distrito Nacional. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 338-96 CONSIDERANDO: Que las personas señaladas en el presente decreto para ser favorecidas con la asignación de apartamentos del Proyecto Habitacional "LOS FARALLONES", Cristo Rey, son personas desalojadas del sector del mismo nombre. VISTA la Ley No. 1832 del 3 de noviembre de 1948. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, DECRETO: Artículo 1.- Se dispone la distribución de los apartamentos del Proyecto Habitacional "LOS FARALLONES", Cristo Rey, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional. Párrafo I: La distribución alcanzará 56 apartamentos familiares, ubicados en edificios multifamiliares construidos en dicho proyecto, los cuales se distribuirán entre las personas indicadas en el Artículo 2 de este Decreto. Párrafo II: La forma de pago será establecida por la Administración General de Bienes Nacionales, tan pronto la Oficina Supervisora de Obras del Estado suministre el costo de dichos apartamentos. Artículo 2.- Los Apartamentos del Proyecto Habitacional "LOS FARALLONES", del sector Los Farallones, Cristo Rey, de esta ciudad de Santo Domingo quedan asignados a las personas siguientes: No. NOMBRE CEDULA 1 ZENEIDA VARGAS HILARIO y/o ALEJANDRO MATA 58513-47 2 VIRGILIO ANTONIO RODRIGUEZ 2018-90 3 ULTIMA ESTRELLA FELIX 4995-19 4 ANA LUISA DEL ORBE 173353-1 5 TRINIDAD ENCARNACION 3244-47 6 REMIGIO REYES CASTRO 4344-52 7 VIRGINIA ROJAS M. 272143-1 8 CANDIDA CONCEPCION REYES 18731-48 9 DULCE MARIA MERCEDES PAYANO 313569-1 10 MILTHA SOSA JIMENEZ 96282-1 11 TERESA MARGARITA DE LA CRUZ 371173-1 12 VICTORIANO BUTTEN 53854-1 13 ANA MARIA SANTOS DE GUZMAN 381067-1 14 JULIA CLASE CABRERA 8480-48 15 MARIA J. PEÑA y/o ELADIO RODRIGUEZ 148-46 16 YOLANDA VILLANUEVA DE SOSA 8494-4 17 TEODORA FABIAN 9676-08 18 JONATHAN LUIS VICTORIA 147943-1 19 JULIANA CRUZ 23352-28 20 MARIA DEL CARMEN DURAN 8215-33 21 ALTAGRACIA NOLASCO 7222-48 22 BENANCIO BILLILO y/o MARIA ALCANTARA 11308-5 23 JUAN BATISTA HERNANDEZ 394630-1 24 ADRIANO RAMIREZ 21424-55 25 MARIA ALTAGRACIA CORDERO 2387-76 26 MARIA IRENE HERNANDEZ PEÑA 36917-47 27 JOSE DISLA 14834-89 28 JEOBALINA GONZALEZ 10355-40 29 GEORGINA ALCANTARA 3720-17 30 JUAN FILPO 5957-31 31 RAMONA ROSARIO 8348-42 32 TOMAS FELIX SANTO 45130-54 33 MERIDA DIAZ ZABALA 140560-1 34 ENETERIO ARJONA 150695-1 35 CLEMENTE ALCANTARA 159777-11 36 ESCOLASTICA REYNOSO 10435-68 37 JUANA FELA MUÑOZ 239065-1 38 LUCIA RODRIGUEZ 251279-96 39 LUIS CARPIO REYES RUIZ 214186-1 40 RAMON MARTINEZ 11154-68 41 SEVERINA SOSA MOYA 243081-1 42 GREGORIA ESTERVINA HINOJOSA REYES 22544-48 43 LUZ MARIA ESCOLASTICA 8919-59 44 CONRADO PRESINAL ARIAS 8116-13 45 LEONOR GOMEZ 62448-31 46 ANDRES FILPO 18531-10 47 RAMONA RODRIGUEZ VARGAS 348885-1 48 LEOCADIO CRUZ SOSA 35262-47 49 REYNA REMIGIO RODRIGUEZ 21633-56 50 JUANA ALMONTE MAMBRU 300426-1 51 JULIO DILONE OVALLE 17557-54 52 ISABEL ARIAS 388063-1 53 ANITA NUÑEZ 2487-38 54 DOLORES BONGONAGUA DISLA 29130-54 SALVADOR FRANC0 PUJOLS ANA MARIA FAMILIA 11165-1 10765- 12 Articulo 3.- Se otorga Poder Especial a1 Administrador General de Bienes Nacionales, para que, a nombre y representacion del Estado Dominicano, suscriba con las personas indicadas en el Articulo 2 del presente decreto, 10s contratos de venta de 10s apartamentos seiialados. Articulo 4.- Enviese a1 Administrador General de Bienes Nacionales para su cumplimiento. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s quince (15) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 133 de la Restauracion. Joaquin Balaguer

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona