miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 343-99

que crea el Centro para Recuperación, Conservación y Difusión de la Música Dominicana, como organismo dependiente del Teatro Nacional

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 ago de 1999fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10023Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 343-99 que crea el Centro para Recuperación, Conservación y Difusión de la Música Dominicana, como organismo dependiente del Teatro Nacional. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 343-99 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo 1.- Se crea el Centro para Recuperación, Conservación y Difusión de la Música Dominicana, como organismo dependiente del Teatro Nacional. Artículo 2.- Este organismo queda encargado de: a) inventariar y recuperar todo el material original disponible sobre música dominicana, incluyendo sus partituras y las partituras para orquesta si las hubiere; b) reproducir por cualquier modo dichos materiales, de forma que los originales se conserven en sus archivos o asientos actuales, y se puedan reproducir a partir de las copias preparadas por el Centro; c) archivar el material así recuperado como patrimonio artístico nacional; d) llevar un archivo de cada una de las piezas así recuperadas, incluyendo además de la partitura y sus partes, comentarios y bibliografías sobre la obra y el comentario musical sobre la misma; Artículo 3.- El Centro para Recuperación, Conservación y Difusión de la Música Dominicana queda facultado para: a) poner a disposición de organismos internacionales y de las embajadas dominicanas acreditadas en el exterior el material que facilite su difusión y ejecución; b) poner a disposición de los músicos, de las escuelas y estudiantes de música y del público en general mediante venta y/o cualquier otro medio de acceso. Artículo 4.- La Dirección General del Teatro Nacional queda encargada de la puesta en funcionamiento del organismo que mediante el presente Decreto se crea, reglamentar su funcionamiento así como designar el personal a cargo del mismo. Artículo 5.- Toda institución, oficina o archivo público que tenga en su poder materiales originales relativos a composiciones musicales nacionales está en la obligación, sin perjuicio de mantener en su poder tales originales, de prestar su colaboración al Centro, permitiendo la copia o reproducción de los mismos. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y nueve, años 156 de la Independencia y 136 de la Restauración. Leonel Fernández

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona