Texto de la norma
Dec. No. 139-99 que constituye el Comitk Nacional de Supervision del Proyecto de
Apoyo a1 Programa de Prevencion de las ETS/VIH/SIDA, presidido por la Secretaria
de Estado de Salud Publica y Asistencia Social.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 139-99
CONSIDERANDO: Que es interes del Gobierno Central ayudar a resolver
10s problemas que constituyen las faltas de conocimientos y medidas de prevencion sobre
las ETS/VIH/SIDA en la poblacion en general y en 10s grupos especificos mas vulnerables,
asi como la discrirninacion y estigmatizacion de personas seropositivas o enfermas de
SIDA.
CONSIDERANDO: Que la epidemia de VIH/SIDA es un problema
creciente en Republica Dorninicana estimandose que hacia el aiio 2000 podrian estar
infectadas mas de 300,000 personas, es decir, cerca del 5% de la poblacion.
VISTO el Convenio firmado en Lome el 15 de diciembre de 1989 entre la
Comunidad Economica Europea y 10s Estados de Africa, el Caribe y el Pacific0 (Convenio
de Lome IV),
VISTO el Primer Programa Indicativo Nacional, suscrito entre la
Comunidad Europea y la Republica Dorninicana en el ambito del Cuarto Convenio de
Lome.
VISTO el Proyecto No. 7 ACP DO 041 de Apoyo a1 Programa de
Prevencihn de las ETS/VIH/SIDA No. D07016/000, el cual tiene como objetivos generales
la prevencion de la transmision sexual de las ETS/VIH/SIDA en la Republica Dominicana,
la prevencion de la rnarginacion, el rechazo y estigmatizacion de las personas sero-
positivas o enfermas de SIDA y la proteccion de 10s derechos humanos de 10s sero-
positivos y enfermos.
VISTAS las Clausulas Particulares, Condiciones Generales y Disposiciones
Tecnicas y Administrativas de Ejecucion del Convenio NO. 5636/DO, suscrito entre la
Comision de las Comunidades Europeas y la Republica Dorninicana el 12 de junio de 1996,
destinado a la financiacion del Proyecto No. 7 ACP DO 041 de Apoyo a1 Programa de
Prevencihn de las ETS/VIH/SIDA.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Queda constituido el Comite Nacional de Supervision del
Proyecto de Apoyo a1 Programa de Prevencihn de las ETS/VIH/SIDA, el cual estara
integrado por la Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social (SESPAS),
quien lo presidirk por el Secretario de Estado y Ordenador Nacional para el Convenio de
Lome IV, quien actuara como Vicepresidente y, como Miembros, el Director del Programa
de Control de las Enfermedades de Transmision Sexual (PROCETS) y el Representante de
la Delegacion de la Comision Europea en Republica Dorninicana, quien actuara como
observador.
Parrafo.. Actuara como Secretario de dicho Comite Nacional el Director
Ejecutivo de la Unidad Tecnica de Gestion (UTG), con voz per0 sin derecho a voto.
Articulo 2.- Se crea la Unidad Tecnica de Gestion (UTG) encargada de la
ejecucion del Proyecto de Apoyo a1 Programa de Prevencihn de las ETS/VIH/SIDA, la cual
tendra autonomia operativa y administrativa y estara integrada por un experto intemacional
director del proyecto y el personal de apoyo local. Dicha Unidad Tecnica de Gestion tendra
sus sede central en la ciudad de Santo Domingo y sera responsable de la adrninistracion
general y gestion tecnica, financiera y de recursos humanos del proyecto, bajo la
supervision del Comite Nacional de Supervision indicado en el Articulo 1 del presente
decreto.
Articulo 3.- La Unidad Tecnica de Gestion elaborara su reglamento
operativo, el cual establecera sus normas administrativas y financieras, incluyendo la
contratacion de todo su personal tecnico y administrativo local, del equipamiento y de 10s
servicios que seran ejecutados bajo el mismo, con apego estricto a las disposiciones
establecidas por la Comunidad Europea y el Gobierno Dominicano.
Articulo 4.- Las funciones del Comite Nacional de Supervision del Proyecto
de Apoyo a1 Programa de Prevencion de las ETS/VIH/SIDA seran las siguientes:
a)
Supervisar las actividades de la Unidad Tecnica de Gestion, para establecer
prioridades y lineamientos generales.
Conocer, evaluar y aprobar 10s planes de trabajos semestrales y anuales
b)
Revisar y aprobar 10s informes trimestrales de ejecucion.
c)
Conocer las auditorias anuales del programa.
d)
e)
Fortalecer y garantizar una adecuada coordinacion entre 10s organismos e
instituciones involucrados en la ejecucion del programa.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s treinta (30) dias del mes de marzo del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios 155 de la Independencia y 136 de la Restauracion.
Leone1 Fernindez
Dec. No. 140-99 dispone que en lo adelante la Direccion General de Pasaportes tendra
ademas de sus funciones, la responsabilidad de la administracion, diseno, confeccion,
control, seguridad, distribucion y venta de las libretas de pasaportes.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
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