Dec. No. 137-99 que concede el beneficio de la incorporacion a la Cooperativa de
Senicios Multiples de 10s Duenos de Farmacias del Cibao.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 137-99
VISTA la Ley No.127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de
1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacion a la siguiente
asociacion cooperativa:
COOPERATIVA DE SERVICIOS MULTIPLES DE LOS DUEROS
DE FARMACIAS DEL CIBAO (COOPDUFARCI), que tiene su
domicilio en la provincia de Santiago, R.D., y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 7 de mayo de 1995.
Articulo 2.- Enviese a1 Instituto de Desarrollo y Credit0 Cooperativo
(IDECOOP), para 10s fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s treinta (30) dias del mes de marzo del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 136 de la Restauracion.
Leone1 Fernindez
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona