miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 323-96

QUE CONCEDE PENSIONES DEL ESTADO A VARIOS SERVIDORES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 ago de 1996fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9931Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
472personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
America Eugenia Pera Vda. BreaPensión—
Isabel Emilia Perdomo GonzalezPensión—
Ramon Herrera PelaezPensión—
Mercedes Georgina Acosta GerardoPensión—
Leonora A. Vicioso de NivarPensión—
Alba Rone MuesesPensión—
Florencio Ramirez AquinoPensión—
Roman Mateo CuevasPensión—
Victor Manuel Lugo PeraPensión—
Mercedes Maria Guzman de PeraPensión—
Maria Antigua Paredes RosarioPensión—
Maria Yolanda German UreraPensión—
Juana Evangelista Maria GermanPensión—
Thelma Bucarelly MendezPensión—
Rosa Adelaida Olivo Vda. TejedaPensión—
Miguel A. Suazo MachucaPensión—
Juan ConstanzaPensión—
Dulce Maria SanchezPensión—
Raudo Saldara SotoPensión—
Altagracia Soto TejedaPensión—
Elsa Antonia Tolentino de MartePensión—
Thelma de los Santos Tolentino de BritoPensión—
Jose B. Tolentino MartinezPensión—
Dilia Mercedes Tolentino MartinezPensión—
Ramon Joaquin Paez SilvestrePensión—
Aura Miguelina Coronado de TolentinoPensión—
Maria Cristina Then Vda. GautreauPensión—
Delfin Antonio D I M HernandezPensión—
Zoraida Pera PichardoPensión—
Rosa Francia VasquezPensión—
Cristela Maria Ortiz de SotoPensión—
Juan Tomas VizcainoPensión—
Juan T. Beato MurozPensión—
Mercedes C. Noboa H. Vda. SantanaPensión—
Ana Andrea Tavares de EstevezPensión—
Castulo A. AriasPensión—
Juana de la Cruz MinayaPensión—
Ana Arias AlvarezPensión—
Heroides Feliz GonzalezPensión—
Lucia Ballista Vda. BelliPensión—
Dulce C. Mejia LoraPensión—
Maria Altagracia HenriquePensión—
Martin E. Gonzalez RodriguezPensión—
Carmen Valenzuela M. Vda. SouffronttPensión—
Luis Antonio GonzalezPensión—
Martin Jimenez CepedaPensión—
Ruben Dario Hernandez AcostaPensión—
Dulce Maria Peralta BrachePensión—
Dolida Antonia Acosta Vda. BreaPensión—
Josefina Guzman de BenedictoPensión—
Gladys Maria Castellanos DuartePensión—
Altagracia Nidia Herasme de EncarnacionPensión—
Obdulio Antonio Vargas PaulinoPensión—
Ramona E. Camarena Garcia de AquinoPensión—
Tomas de Jesus Saldivar RojasPensión—
Margarita Contin AybarPensión—
Lilian Prunella Terrero MoquetePensión—
Artemio Moquete y MoquetePensión—
Jose Maria GermanPensión—
Maria Venecia LopezPensión—
Artemia Cabral de LeonPensión—
Felicia Mercedes RodriguezPensión—
Ramon CeballosPensión—
Ela Antonia Sosa DiazPensión—
Emilio N. Bodden RivasPensión—
Fabio CandelarioPensión—
Toribio Reyes LopezPensión—
Jose Eduviges Florentino InoaPensión—
Albertina Minier MartePensión—
Hector Rolando Perez PeraPensión—
Aida GuzmanPensión—
Rafael Caba MaldonadoPensión—
Adolfo Paulino de la CruzPensión—
Carmen Gisela Medrano Rocha de PerezPensión—
Altagracia Lopez de LugoPensión—
Rosa Amelia Ricardo BanksPensión—
Danilo Arango MartiPensión—
Aura Ricardo BanksPensión—
Roberto Rafael de la Rosa RPensión—
Jose Alt. Benitez SPensión—
Mercedes Leonidas Nivar de LeonPensión—
Socorro Pons de MolinaPensión—
Guarina Renville SantosPensión—
Maria Mencia C. Renville SantosPensión—
Pedro Esteban Ovando LinaresPensión—
Alejandro Jimenez PeraPensión—
Juana BenzanPensión—
Carmen Moreno Vda. BalcacerPensión—
Nolia Migdalia Lora CruzPensión—
Mirta Margarita Moreno de MartinezPensión—
Guillermina CaamaroPensión—
Jose Maria Taveras FilpoPensión—
Cayetana SanchezPensión—
Gladys Noemi Fuertes NurezPensión—
Rafael E. Pera PichardoPensión—
Rosa Amelia Vicent CepedaPensión—
Alfonso Matos OgandoPensión—
Domingo Ramon Alba LoveraPensión—
Justina Astacio de SantanaPensión—
Felix E. Dotel MatosPensión—
Belgica C. Mendez de FernandezPensión—
Altagracia Lopez LugoPensión—
Miguel A. Perez GermanPensión—
Rosario Altagracia Robles de BreaPensión—
Ana Martina R. Vda. LozadaPensión—
Josefa E. Rivera RPensión—
Roberto Ramirez PerezPensión—
Olga Maria Vidal de DominiciPensión—
Lilian C. de Lemos de GonzalezPensión—
Alba Maritza Castillo JPensión—
Juan Rafael Rodriguez GonzalezPensión—
Elba E. Romero Vda. RoquezPensión—
Deydamia Miniro Vda. MontolioPensión—
Grecencia de LeonPensión—
Victor Francisco Montero AbreuPensión—
Argentina Feliz de YepezPensión—
Minerva Alt. Castro de CastilloPensión—
Esther Tallaj C. de RodriguezPensión—
Elena Maria Tallaj CarvajalPensión—
Jose Alejandro Defillo DesanglesPensión—
Magdalena Olidia Pereyra de OrtizPensión—
Manuel Eduardo Ortiz RamirezPensión—
Buenaventura Hernandez de MessinaPensión—
Bienvenido Portorreal SerranoPensión—
Felix Rojas GonzalezPensión—
Amelia Juliana Rodriguez LPensión—
Lidia Victoria de RodriguezPensión—
Adolfo Fernandez ParraPensión—
Mercedes Colombina Noboa H. Vda. SantanaPensión—
Ulpina Gonzalez MendezPensión—
Josefina Iluminada Cheaz OlivoPensión—
Celeste Aurora Mora MonteroPensión—
Jorge Emilio Hernandez CabaPensión—
Altagracia Selena VasquezPensión—
Geremias Adames de HernandezPensión—
Antonio Pera PerdomoPensión—
Ramona Cuevas HerasmePensión—
Gilda Yolanda Zorrilla DPensión—
Portalatin de Jesus GurierrezPensión—
Josefa Isabel Sepulveda de la CruzPensión—
Ana Fidias Jeres de ManceboPensión—
Leonora Antonia Sandoval GonzalezPensión—
Carmen L. Comas de TejadaPensión—
Rosa Maria PinedaPensión—
Alba Maria Morillo PereyraPensión—
Angela Maria Ortiz VasquezPensión—
Maria Elixiva MedinaPensión—
Gloria Celeste Fortuna HerreraPensión—
Jose C. Minaya HernandezPensión—
Yolanda Altagracia Tavarez de CamarenaPensión—
Rosa Garcia Vda. OlivieriPensión—
Dolores Bertilia Vda. DicksonPensión—
Socorro Fca. Mercedes AcostaPensión—
Rosa Cornelia BritoPensión—
Ramona Viuda VasquezPensión—
Adelaida Acosta LaburPensión—
Carmen Ramirez DelgadoPensión—
Clemente A. Cruz LopezPensión—
Elva Celiz VasquezPensión—
Ramon A. Tejera RPensión—
Aida Ma. Gisela Guzman FlorimonPensión—
Baltazar Fermin PerezPensión—
Gloria Thelma Burgos CarrascoPensión—
Cornelio Moreta TapiaPensión—
Migdalia A. SotoPensión—
Teodulo Valenzuela PerezPensión—
Digna GonzalezPensión—
Maria de los Reyes PerezPensión—
Maria Ramona Rosario de GuerreroPensión—
Manuel A. Puesan RPensión—
Marino de Jesus Garcia VargasPensión—
Matilde Mejia MercedesPensión—
Altagracia BautistaPensión—
Rafael Capellan TejadaPensión—
L. Rosalina Cano SPensión—
Ramona Genoveva Ledesma QPensión—
Ana Josefa LedesmaPensión—
Guillermina A. Llovet Vda. HenriquezPensión—
Ivan Montero AbreuPensión—
Marcelina Apolinaria Vda. EvangelistaPensión—
Cire Haydee Pumarol de la CruzPensión—
Mariana Massih D' OleoPensión—
Elia Sosa de SarlabousPensión—
Vidal Antonio Liranzo CastellanosPensión—
Manuel Medina NovasPensión—
Ana Venecia Castellanos de FerrerasPensión—
Diana Maria Goico Vda. CabralPensión—
Luz Altagracia Linares TejedaPensión—
Maritza Urania Linares TejedaPensión—
Clara Ramona Linares TejedaPensión—
Dimas Jose Linares TejedaPensión—
Indiana M. Berroa de RodriguezPensión—
Rafael MendezPensión—
Altagracia M. Senior de MendezPensión—
Gloria Maria Matos CamarenaPensión—
Pedro de la Cruz RodriguezPensión—
Mercedes Laura Guzman SolanoPensión—
Ramon Polanco ContrerasPensión—
Cronnis Arlette Gell de PerezPensión—
Consuelo Mendez de JimenezPensión—
Maria Aurora NinaPensión—
Pablo Antonio MachadoPensión—
Angela Zenona ValerioPensión—
Maria Dolores MetzPensión—
Maria Magdalena Pichardo BritoPensión—
Pura Isabel Rosa CarbuciaPensión—
Carmen Graciela Vallejo Vda. RuizPensión—
Lidvia Magdalena P. de RamirezPensión—
Gloria Argentina de TurbiPensión—
Policarpio MedranoPensión—
Eufrosina Alt. UlloaPensión—
Carmen Antera Reyes Kunhard de AlfauPensión—
Maria Vallejo de JimenezPensión—
Casimira Alt. Glas de VargasPensión—
Evaristo Marcelo Peguero SPensión—
Juana Doris Mendez y MPensión—
Manuel Ant. VolquezPensión—
Jose Uniades BergesPensión—
Erocia de los Santos ZabalaPensión—
Mercedes Catalina Cano BaezPensión—
Ramon Emilio MorrisPensión—
Juan Gregorio Gonzalez GutierrezPensión—
Genoveva Ramirez MonteroPensión—
Rafael Martinez de MaldonadoPensión—
Altagracia Marlene Terrero MoquetePensión—
Ambrosia AcostaPensión—
Isabel Maria Sanchez AriasPensión—
Julio Cesar Luna SPensión—
Mercedes Etervina CaamaroPensión—
Rafael Batista TejadaPensión—
Yleana KaluchePensión—
Isabel MontasPensión—
Gumercinda Herrera GonzalezPensión—
Josefina Iluminada Chez OlivoPensión—
Freddy Enrique Mejia ReyesPensión—
Luz Mileida MedranoPensión—
Escolastico G. GonzalezPensión—
Felicita M. Perez de AdamesPensión—
Pedro Frias LendofPensión—
Vicente Henriquez VenturaPensión—
Juan CabreraPensión—
Rafael A. TremolPensión—
Felix Ant. RodriguezPensión—
Andres Tomas Lendof CruzPensión—
Juan Fco. PolancoPensión—
Luz Mercedes Ruiz FranciscoPensión—
Isabel Urera de MiguelPensión—
Diana Medina de SierraPensión—
Raquel T. Morales AybarPensión—
Altagracia CapellanPensión—
Mercedes G. Gonell SantosPensión—
Filomena MedinaPensión—
Ana H. Martinez de CorderoPensión—
Manuel de Jesus HerreraPensión—
Silvia Eulogia Medina Vda. TejadaPensión—
Rafael Alcides NinaPensión—
Aris Francisco Fernandez MendozaPensión—
Reyna Mercedes Liz DuranPensión—
Liborio Holguin LopezPensión—
Juana Filaderfia Perez de UreraPensión—
Julian Elpidio Moquete PeraPensión—
Erasmo Pera MPensión—
Doris Yolanda UrbaezPensión—
Tirso Maria Pelaez BaezPensión—
Armando Lescaille TamayoPensión—
Juan Nurez DiazPensión—
Maximo PeraltaPensión—
Modesto DiazPensión—
Senovia Gonzalez AcostaPensión—
Maria Yolanda German Urera de AcostaPensión—
Juana Evangelista Ma. German de MoyaPensión—
Lelia Perez de MendezPensión—
Rafael LanguascoPensión—
Gilma Ant. Castillo LunaPensión—
Joaquin R. PriegoPensión—
Ederlina de los SantosPensión—
Bienvenido Meldeleine GermosPensión—
Flor Maria Ramirez de LugoPensión—
Maria Dolorez Castellano Vda. GarciaPensión—
Maria Alt. Perez MatosPensión—
Elba M. RodriguezPensión—
Briseida M. Taveras L. Vda. GrullonPensión—
Estela Quiroz Vda. BanksPensión—
Jorge Mercedes TerreroPensión—
Carmen Acosta de HidalgoPensión—
Hermitia Jimenez RodriguezPensión—
Salvador Plinio PerezPensión—
Juan Ramon HernandezPensión—
Eusebio Adolfo Quiroz ReyesPensión—
Asuncion Lopez IsalguezPensión—
Josefa Miranda PachanoPensión—
Maria Angeles Oteiza LaplazaPensión—
Juana Elsa BritoPensión—
Zunilda Valdez Arias de BaezPensión—
Angela Iluminada AlcantaraPensión—
Jorge de la CruzPensión—
Maria Altagracia Rijo de GuerreroPensión—
Rosa Nidia Matos de MarchenaPensión—
Asia Bergica Santana de RojasPensión—
Leonarda Ant. Sandoval GonzalezPensión—
Jose Alfondo Garcia TineoPensión—
Maria V. Mercedes de GPensión—
Francisca Antonia HamiltonPensión—
Aristide EspinalPensión—
Juan Jose Malespin RodriguezPensión—
Carmen Mota de SurielPensión—
Nelva F. Lara de SanchezPensión—
Eufrosina Altagracia Ulloa de BergesPensión—
Angela del Rosario Guerrero Vda. GarciaPensión—
Leopordina Altagracia ValeraPensión—
Angelica Figuereo MateoPensión—
Hipolito Polanco SurielPensión—
Ramona Henriquez de GutierrezPensión—
Pilar Mireya Candelario NPensión—
Maria del Socorro Fernandez Perez de LamaPensión—
Aquiles PeraPensión—
Rosa A. Olivo de TejedaPensión—
Ramon Rafael VerasPensión—
Luis E. D I M ZapataPensión—
Gladys Rosa Perez de TejadaPensión—
Natividad de Jesus HerediaPensión—
Leopoldo AlcantaraPensión—
Victor Ml. Lugo PPensión—
Joaquin Lugo PPensión—
Carmen M. Lugo PPensión—
Teresa de Jesus Peres de FernandezPensión—
Fabio A. MendozaPensión—
Frank A. MolinaPensión—
Ramona Antonia VillarPensión—
Luz Maria Taveras SantosPensión—
Jose Ant. Sanchez RamirezPensión—
Francisca Ligia Colon CasadoPensión—
Milagros M. Estepan HerreraPensión—
Maria de los Santos MichelPensión—
Luis Martinez CapellanPensión—
Mercedes A. Tatis PatxotPensión—
Josefina Felix RuizPensión—
Ana Maria Castillo Vda. MejiaPensión—
Juan Antonio Matos MartePensión—
Dulce Estela Duran HernandezPensión—
Ricardo E. BrunoPensión—
Socrates Ernesto Echavarria LPensión—
Jose Dolores Batista MatosPensión—
Eladia RodriguezPensión—
Maria Estela Guzman LoraPensión—
Esperanza Sanchez de la RosaPensión—
Octavio Vasquez GonzalezPensión—
Marcela Alt. FelizPensión—
Jorge Antonio PolancoPensión—
Eliseo Felix GonzalezPensión—
Rafael TejedaPensión—
Johanny Elizabeth PolancoPensión—
Nieves Luisa Maldonado de MartinezPensión—
Jacinta Morrobel de VargasPensión—
Magdalena Cuevas HerasmePensión—
Julio Cespedes de la PazPensión—
Juana de los Santos MateoPensión—
Adalgisa Ramirez Vda. CanelaPensión—
Juana Ramirez SanchezPensión—
Generoso A. Ortega EchavarriaPensión—
Milvia A. Vargas MorrobelPensión—
Jorge Ivo Cabrera BalaguerPensión—
Maria Consuelo Valdez de GermanPensión—
Maximina Payero de RodriguezPensión—
Nereyda OrteaPensión—
Damaris Polanco LopezPensión—
Federico CedanoPensión—
Ana B. Toribio de OrtegaPensión—
Socorro Francisco Mercedes AcostaPensión—
Baron Cuevas VizcainoPensión—
Oscar Marino Moquete PerezPensión—
Elba Martha de Oleo MonteroPensión—
Melba Dulcina PerezPensión—
Esperanza Mateo FlaquerPensión—
Maria Altagracia GomezPensión—
Carmen SalvadorPensión—
Silvia Pera Vda. MejiaPensión—
Servio Tulio Peguero MoralesPensión—
Blasina Velez SantiagoPensión—
Luz Elena Henriquez C. de ReyesPensión—
Digna Emerita Pimentel Vda. GuerreroPensión—
Gumersindo GonzalezPensión—
Andres PereyraPensión—
Gloria Suero Fernandez de CuelloPensión—
Aquilino LantiguaPensión—
Mireya Maria Nova DuvergePensión—
Luis Encarnacion SotoPensión—
Urda N. Felix Reyes de QuezadaPensión—
Altagracia Baez VargasPensión—
Antonio Nicolas RodriguezPensión—
Altagracia Perez Vda. EstevezPensión—
Francisca Azor de LuisPensión—
Gladializa Alt. Lopez ParedesPensión—
Altagracia Argentina Guerrero VPensión—
Angel Maria Estevez RodriguezPensión—
Juana Francisca Monegro GarciaPensión—
Dominga CedanoPensión—
Juan Bautista CasadoPensión—
Georgina Reyes Vda. HernandezPensión—
Felipe de Jesus Morillo de la CruzPensión—
Carmen Lourdes Garcia Vda. RodriguezPensión—
Tamara Estela FelizPensión—
Elixiva Maria Vasquez VizcainoPensión—
Altagracia Antonia VizcainoPensión—
Miguel Angel Alcantara UreraPensión—
Alfredo Vasquez ReynosoPensión—
Maria Consuelo Feliz de HerreraPensión—
Nilcida Vasquez de D' OleoPensión—
Gladys E. Vasquez de MateoPensión—
Gisela Teresa Negrette OrtegaPensión—
Fanny A. AcostaPensión—
Luis Eduardo DelgadoPensión—
Etanislao Mejia UreraPensión—
Luis Ariel EspaillatPensión—
Evangelista PeraPensión—
Consuelo Aurora del Castillo Rodriguez ObjioPensión—
Rafael Santiago Rojas FernandezPensión—
Oscar Antonio AlmontePensión—
Elsa Miledy Arriaga Guzman de JimenezPensión—
Francia Lilian Tejeda VasquezPensión—
Clodomiro Rodriguez PozoPensión—
Jose Mercedes Santos EspinoPensión—
Francisco Ant. Nurez LopezPensión—
Juana Evangelista Almanzar JerezPensión—
Manuel de Js. Javier GarciaPensión—
Cristina ReyesPensión—
Isabel Didiez BurgosPensión—
Sonia Amira Rojas GoicoPensión—
Flor Danila AlburquerquePensión—
Rafael Bolivar GonzalezPensión—
Angelica Garcia de VenturaPensión—
Andrea Beras Vda. OviedoPensión—
Gladys RoblesPensión—
Franquelina BinillaPensión—
Jose Ramon JimenezPensión—
Felicia Rosario NurezPensión—
Mercedes Estervina CaamaroPensión—
Julio N. Bodden ViloriaPensión—
Domingo Beltran RamirezPensión—
Pedro Augusto Sosa DiazPensión—
Isidro GonzalezPensión—
Gisela M. Perez RPensión—
Thelma Gladys PerezPensión—
Leonidas Rosario de FlorentinoPensión—
Julio R. Montero AbreuPensión—
Rafael Octavio Toribio HernandezPensión—
Tomas Aquino FerrerasPensión—
Zoila Inocencia MedinaPensión—
Grecia Mirtha Mendez de RamirezPensión—
Luz Milena Acosta de GonzalezPensión—
Nelida Teothiste MedinaPensión—
Manuel Antonio VolquezPensión—
Maritza Aleida Curiel GoldarPensión—
Lucrecia Altagracia Brito de la RosaPensión—
Emilia Mercedes Sarmientos FlorencioPensión—
Ramon Alvarado GarciaPensión—
Teodora de la Cruz GonzalezPensión—
Martha Alt. BurgosPensión—
Maria E. MejiaPensión—
Clara de la CruzPensión—
Aquilina LugoPensión—
Sarah Massih de TamayoPensión—
Eva Massih D'oleoPensión—
Julia A. Bucarelly de HernandezPensión—
Juan Francisco PolancoPensión—
Julio Ernesto Perez y PerezPensión—
Maria Leonidas Nurez PichardoPensión—
Ana America de la Cruz GonzalezPensión—
Raquel Ysaura Soto LandestoyPensión—
Julia Petronila Pera MinayaPensión—
Altagracia Emerenciana Gomez RodriguezPensión—
Graciela Altagracia Santana CaraballoPensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto recortado: el documento completo está en el original.

Mostrar el texto (59,999 caracteres)
Dec. No.323-96 que concede pensiones del Estado a varios servidores de la adrninistracion publica. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMXRO: 323-96 VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, D E C R E T O Articulo 1.- Se concede el beneficio de la jubilacion y se asigna una pension del Estado a 10s siguientes servidores publicos: 1) ANGEL MARIA MEDINA CELESTE, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 2) CELESTINA ALT. BLANC0 DE TERRERO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 3) ELSA MARIA ALVAREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 4) ROSA EMILIA APONTE, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 5) MILEDYS MARIA VALERA PORTES, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 6) AGUEDA DIAZ VDA. CONTRERAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 7) PAULA DEL CARMEN WNTURA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 8) CARMEN RAMIREZ MENDEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 9) RAMON BONIFACIO PEfiA, con una pemion del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 10) BASIL10 ANTONIO CRUZ CASTILLO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 11) RAMON AUGUST0 MARTINEZ C M O S , con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 12) ANA PAULINA MERCADO VARGAS DE LENDOF, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 13) RAMON MOREL SANCHEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 14) FEDERICO FELIZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 15) RAMON ANIBAL CASTAING MADURO, con una pemion del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 16) AMARFI PEREZ DE VALDERA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 17) ANDREA JULIANA ALBURQUERQUE, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 18) CATALINA ANTONIO POLANCO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 19) FAUSTINO &OZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 20) ARMAND0 MADURO HERNANDEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 21) OLIVA MATOS MENDEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 22) NELSON RAFAEL BARJAN MUFFDI, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 23) ALEJA YULI SOLANO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 24) JULIAN ANTONIO CRUZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 25) VICTORIANA PINALES MARTINEZ DE BENZAN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 26) JUAN JOSE PICHARDO ESPINAL, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 27) VICTORIAN0 SANCHEZ CARPIO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 28) FRANCISCO ORTIZ DE LEON, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 29) ROSA GLADYS PEREZ Y PEREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 30) NIEVES ALTAGRACIA CASTRO CRUZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 31) MAMERTO DEL ROSARIO HERRERA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 32) FREDESVINDA SAMBOY GARO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 33) EUGENIO SERI ROA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 34) CARLOS ESTEBAN CINTRON SANCHEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 35) JUAN CASTRO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 36) FRANCISCO ANTONIO LLANO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 37) NOELINA ARIAS DE FIGUEREO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 38) NILDA MERCEDES MORLA GUZMAN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 39) ESTELA BAEZ VICTORIA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 40) ISMAELA ANTONIA ESTEVEZ ESTEVEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 41) SANTIAGO MARTINEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 42) GENOVEVA INES ROSARIO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 43) NELGICA CUEVAS DE VASQUEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 44) ANTONIA GARCIA RODRIGUEZ, con una pension del Estado de mil trescientos pesos or0 (RD$1,300.00), mensuales; 45) CLARA LEDYS PEREZ FIAT, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 46) NELLY MANUELA TEJEDA LUGO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 47) VIRGIL10 MARTINEZ, con una pension del Estado de mil trescientos pesos or0 (RD$1,300.00), mensuales; 48) PRIAMO ANTONIO APONTE FERNANDEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 49) ALTAGRACIA JIMENEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 50) CANDIDA FRANCISCA SANTOS CRUZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 51) GILDA MARIA MARTE DE LIMA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 52) HILDA SANCHEZ (MOM), con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 53) MARIA VENECIA LOPEZ DE ALBA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 54) MARIA AUXILIADORA ABREU PICHARDO, con una pension del Estado de mil quinientos pesos or0 (RD$1,500.00), mensuales; 55) DR. PETRONIO PEREZ REYES, con una pension del Estado de cinco mil pesos or0 (RD$S,OOO.OO), mensuales; 56) TAMARA MAZARA ZAITEK con una pension del Estado de mil ciento treinta pesos con 45/100 (RD$1,130.45), mensuales; 57) MARIA LUISA GONZALEZ DE GARCIA, con una pension del Estado de cuatro mil novecientos ochentiseis pesos con 66/100 (RD$4,986.66), mensuales; 58) LEANDRO ANT. ROMAN SANCHEZ, con una pension del Estado de dos mil ochocientos pesos or0 (RD$2,800.00), mensuales; 59) LIC. RAFAEL FERNANDO ARTURO NUl%Z LLANO, con una pension del Estado de clnco mil doscientos trelnta y nueve pesos or0 (RD$5,239.00), mensuales; 60) DR. ALIRO DE JESUS RODRIGUEZ VELASQUEZ, con una pension del Estado de cinco mil seiscientos treinta y un pesos or0 (RD$5,631 .OO), mensuales; 61) FIOR MARIA GARCIA NOVA, con una pemion del Estado de mil ciento clncuentiocho pesos or0 (RD$1,158.00), mensuales; 62) RAMON RECIO SANTANA, con una pension del Estado de mil cincuenta y dos pesos or0 (RD$1,052.00), mensuales; 63) FERNANDO ROSARIO PIMENTEL, con una pension del Estado de tres mil doscientos cincuentitres pesos con 33/100 (RD$3,253.33), mensuales; 64) JOSE A. NUl%Z SILVESTRE, con una pension del Estado de cinco mil pesos or0 (RD$S,OOO.OO), mensuales; 65) MIRIAM ALTAGRACIA TAVAREZ, con una pension del Estado de dos mil quinientos pesos or0 (RD$2,500.00), memuales; 66) ADELINA AQUINO DE RAMIREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 67) JOSE DE LOS SANTOS DOLORES, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 68) IDA NILDA VALDEZ DE RINCON, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 69) ORANGEL NIN MATOS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 70) MARIA MAGDALENA GRULLARD FIGUEROA, con una pemion del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 71) HILDO ML VARGAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 72) VITERBO ANTONIO PIMENTEL DE LOS SANTOS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 73) FERNANDO ALMANZAR CONCEPCION, con una pemion del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 74) FRANCISCO AMABLE PUELLO RODRIGUEZ, con una pension del Estado de mil doscientos pesos or0 (RD$1,200.00), mensuales; 75) ANTONIA JAVIER D I M DE F f l A S , con una pension del Estado de mil setecientos veinticuatro pesos or0 (RD$1,724.00), mensuales; 76) BERKIS MELANIA DE LOS SANTOS R., con una pension del Estado de dos mil trescientos noventa y cuatro pesos or0 (RD$2,394.00), mensuales; 77) EUFRACIA REYES, con una pension del Estado de mil setecientos velnticinco pesos or0 (RD$1,725.00), mensuales; 78) RAMON VILLA, con una pension del Estado de mil doscientos cincuenta pesos or0 (RD$1,250.00), mensuales; 79) MERCEDES HERMTMA ROEDAN ROJAS, con una pension del Estado de cuatro mil cincuenta pesos or0 (RD$4,050.00), mensuales; 80) DENNIS ABEL DUVAL FELIZ, con una pemion del Estado de cinco mil trece pesos or0 (RD$5,013.00), mensuales; 81) SALVADOR MARTNO MOQUETE PEREZ , con una pension del Estado de mil seiscientos setenta y tres pesos or0 (RD$1,673.00), mensuales; 82) LAURO LIRO MOQUETE Y MOQUETE, con una pension del Estado de dos mil ciento diez pesos or0 (RD$2,110.00), mensuales; 83) APOLINAR ABAD POLANCO, con una pension del Estado de dos mil quinientos ochenta y tres pesos or0 (RD$2,583.00), mensuales; 84) ALTAGRACIA BALAGUER, con una pension del Estado de cuatro mil quinientos pesos or0 (RD$4,500.00), mensuales; 85) FELIPE ORTIZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 86) MERCEDES ROSARIO DUWRNAI DE BOTTIEK con una pension del Estado de tres mil cuatrocientos treinta pesos or0 (RD$3,430.00), mensuales; 87) BASIL10 DEL VILLAR PEREZ, con una pension del Estado de tres mil seiscientos pesos or0 (RD$3,600.00), mensuales; 88) LUCILA DESCHAMPS HERNANDEZ, con una pension del Estado de mil quinientos pesos or0 (RD$1,500.00), mensuales; 89) JAVIER CUEVAS MEDINA, con una pension del Estado de tres mil doscientos treinta y cinco pesos con 56/100 (RD$3,235.56), mensuales; 90) LEONIDA MARTINEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 91) NATIVIDAD POLANCO DE ROJAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 92) GENARO GONZALEZ LIRIANO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 93) EUGENIO MEDINA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 94) MARIA LUISA DIM, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 95) MATIA MARTE, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 96) NELLY ALTAGRACIA CASTILLO PEREZ, con una pension del Estado de cinco mil trece pesos con 32/100 (RD$5,013.32), mensuales; 97) BELGICA ALT. BURGOS JOGA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 98) ARMELINDA GOMEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 99) MIREYA ALTAGRACIA CABRERA PEREZ, con una pension del Estado de mil ciento cuarenta y dos pesos or0 (RD$1,142.00), mensuales; 100) ANA MERCEDES ALCANTARA A,, con una pension del Estado de mil ochocientos sesenta y tres con 81/100 (RD$1,863.81), mensuales; 101) MARIA MAGDALENA BUSS1 MARTINEZ, con una pension del Estado de mil clncuenta pesos or0 (RD$1,050.00), mensuales; 102) JUAN H. HENRIQUEZ REYEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 103) ESMERALDA FELIZ Y MARRERO, con una pension del Estado de dos mil setenta y dos con 401100 (RD$2,072.40), mensuales; 104) SOFIA ISABEL ROJAS GOICO, con una pension del Estado de dos mil seiscientos ochenta y cuatro con 451100 (RD$2,684.45), mensuales; 105) JUAN DE JESUS MARTINEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 106) CATALINA MERCEDES MARTINEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 107) HILDA ALTAGRACIA &OZ CASTILLO, con una pension del Estado de dos mil cuatro cientos veinticuatro con 1 11100 (RD$2,424.1 I), mensuales; 108) GERALD0 FLORES, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 109) ENRIQUILLO FERNANDEZ Y FERNANDEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 110) JOSEFINA JULIA0 CORDERO, con una pension del Estado de dos clncuenta y cinco con 861100 (RD$2,055.86), mensuales; 11 1) JULIO CESAR ABUD COLLADO, con una pension del Estado de dos mil quinientos veinte pesos oro(RD$2,520.00), mensuales; 112) ISSAC RONDON PEfiA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 113) JUANA RAMIREZ PERALTA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 114) CHABELA VAZQUEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 115) MAMERTO RIVAS MARTE, con una pension del Estado de mil novecientos setenta y siete con 241100 (RD$1,977.24), memuales; 116) REYNADO MERCEDES, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 117) ANTONIA EFIGENIA POLONIA CACERES, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), memuales; 118) JOSEFA GONZALEZ SANCHEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 119) ANA MARIA ABREU, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 120) HORTENSIA MONTERO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 121) OLGA ROSARIO DE BAEZ, con una pension del Estado de mil quinientos pesos or0 (RD$1 ,SOO.OO), mensuales; 122) MARIA VIRGEN RODRIGUEZ PEREZ, con una pension del Estado de mil doscientos pesos or0 (RD$1,200.00), mensuales; 123) MELITON REYES PEfiA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 124) MATILDE GONZALEZ DE GONZALEZ, con una pemion del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 125) DIGNA JOSEFINA PEREZ DE FERNANDEZ, con una pension del Estado de tres mil qulnientos pesos or0 (RD$3,500.00), mensuales; 126) ARGENTINA CURIEL MEJIA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 127) DIANA LOURDES CORDER0 DE CARRASCO, con una pension del Estado de mil quinientos pesos or0 (RD$1,500.00), mensuales; 128) ANA MARIA GUZMAN, con una pension del Estado de mil cuatrocientos pesos or0 (RD$1,400.00), mensuales; 129) FRESDELINDA PEfiA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 130) URBAN0 PEREZ HERNANDEZ, con una pension del Estado de tres mil quinientos pesos or0 (RD$3,500.00), mensuales; 131) FEDERICO DIAZ ANDUJAR, con una pension del Estado de tres mil pesos or0 (RD$3,000.00), mensuales; 132) MARIA ALTAGRACIA PUENTE PEfiA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 133) MERY RAMIREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 134) RAMONA DEL CARMEN ESTEVEZ DE CRUZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 135) JUAN PEREYRA RONDON, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 136) SARAH1 RIVERA DE CAMEJO con una pension del Estado de cuatro mil quinientos pesos or0 (RD$4,500.00), mensuales; 137) RICARDO ECHEVALIER, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 138) MARIA ELISA VIDAL BRITTE, con una pension del Estado de dos mil pesos or0 (RD$2,000.00), mensuales; 139) OSVALDO VALOIS ARAUJO, con una pension del Estado de tres mil pesos or0 (RD$3,000.00), mensuales; 140) CARMEN MENCIA PACHECO, con una pension del Estado de dos mil pesos or0 (RD$2,000.00), mensuales; 141) ANA LUISA D I M RAMIREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 142) ANA LUISA POLANCO GRULLON, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 143) ERASMO BERNARDINO OVALLE BENCOSME, con una pension del Estado de tres mil trescientos sesenta pesos or0 (RD$3,360.00), mensuales; 144) CARLOS ANTONIO GOMEZ, con una pemion del Estado de mil quinientos pesos or0 (RD$1,500.00), mensuales; 145) MIGUEL U. SALAZAR RODRIGUEZ, con una pension del Estado de cuatro mil pesos or0 (RD$4,000.00), mensuales; 146) ANA CRISTINA VALERIO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 147) CESAR OCTAVIO SALAZAR RODRIGUEZ, con una pension del Estado de mil quinientos pesos or0 (RD$1,500.00), mensuales; 148) ANA JOSEFA TAVAREZ DE RAMOS, con una pension del Estado de dos mil ochocientos pesos or0 (RD$2,800.00), memuales; 149) VICENTE RUBECINDO, con una pension del Estado de mil doscientos pesos or0 (RD$1,200.00), mensuales; 150) CRUZ DELINDA PEfiA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 151) JOSEFA GONZALEZ, con una pension del Estado de mil doscientos pesos or0 (RD$1,200.00), mensuales; 152) CESAR CABREJA CONTRERAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 153) PATRICIA PEGUERO VDA. VEGA, con una pension del Estado de tres mil pesos or0 (RD$3,000.00), mensuales; 154) GLADYS GONZALEZ ROSARIO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 155) CRISTINO ROJAS D I M , con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 156) MILAGROS BELLO CASTILLO, con una pension del Estado de tres mil pesos or0 (RD$3,000.00), mensuales; 157) PAULA VARGAS, con una pension del Estado de mil quinientos pesos or0 (RD$1,500.00), mensuales; 158) RAMON MARIA URBAEZ, con una pension del Estado de dos mil novecientos veinticuatro pesos con 45llOO (RD$2,924.45), mensuales; 159) GLERIS ARIDIA MOQUETE GARCIA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 160) HUGO AMAURIS VALENZUELA GUZMAN, con una pension del Estado de dos mil doscientos cuarentiseis pesos or0 (RD$2,246.00), mensuales; 161) ARGENTINA URBAEZ URBAEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 162) TEODORO D I M MENDEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 163) TOMAS AQUINO MEDINA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 164) CARMEN CASADO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 165) PEDRO ULLOA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 166) JUAN DE LOS SANTOS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 167) MODEST0 PERA JIMENEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 168) GERTRUDIS BUENO VDA. DE HERRERA BAEZ, con una pension del Estado de cuatro mil quinientos pesos or0 (RD$4,500.00), mensuales; 169) ANANIAS LIZARD0 SANCHEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 170) MERCEDES DE LEON VDA. DE LEON, con una pension del Estado de dos mil quinientos pesos or0 (RD$2,500.00), mensuales; 171) VICTOR RUFO MANCEBO HERRERA, con una pension del Estado de mil quinientos ochenta pesos or0 (RD$1,580.00), mensuales; 172) ARTEMISA BELLO ARIAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 173) LILIA MARGARITA CEBALLOS VDA. ESPmIRA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 174) RAMON A. ROSARIO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 175) MARIA JEREZ LIMA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 176) JOSE ANTONIO SALCEDO B., con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 177) LORENZO ANT. PERA ROSARIO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 178) PETRONILA VARGAS VDA. GARCIA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 179) FRANCISCA 0. MERCADO DE SANmIA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 180) HILDA RAMONA MARTINEZ GARRARDO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 181) MARGARITA JACOB0 VDA. CASADO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 182) VICTOR MANUEL DE PERA MARRERO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 183) AMPARO ILUMTNADA PEREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 184) RAMONA EULALIA ORUBE DE CARBUCIA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 185) CARMEN ANTONIA RIVAS CORDERO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 186) SILVIA ALTAGRACIA LORA RAMIREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 187) MARIA LUISA GARCIA MEJIA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 188) OLGA MIREYA VELOZ DE CASTILLO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 189) GLORIA SANGIOVANNY PEREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 190) MARIA OLIMPIA CAPELLAN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 191) ZENAIDA DE LOS SANTOS FRIAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 192) ANGEL ASTENIO POOL SUMO, con una pension del Estado de mil ciento noventa y cuatro pesos con 96l100 (RD$1,194.96), mensuales; 193) MARIA M A R 0 RAMIREZ SANTANA, con una pemion del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 194) ZULEIKA MESSINA MEJIA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 195) ANTONIA LEONILA HERRERA DE RUIZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 196) MARIA ELISA PEREZ BURGOS, con una pension del Estado de mil ciento noventa y cuatro pesos con 96l100 (RD$1,194.96), mensuales; 197) MILAGROS POLANCO DE DENIS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 198) AUSTRIA NORIS PEREZ DE PEREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 199) RAFAEL AGUSTIN ROSARIO ALMONTE, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 200) ROSA HERMINIA TERRERO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 201) SOLESNIL ABUD COLLADO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 202) AURA LEDA PEREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 203) RAFAEL ANT. SALCEDO PAULINO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 204) PEDRO SUERO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 205) ROMEO OVIEDO BELTRE, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 206) LAURA SANCHEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 207) ANA POLONIA VIDAL CRUZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 208) PERSIO MANUEL GUERRERO MELO, con una pension del Estado de mil doscientos pesos or0 (RD$1,200.00), mensuales; 209) LOURDES VIZCAINO DE MANIER, con una pension del Estado de mil doscientos pesos or0 (RD$1,200.00), mensuales; 210) VICTORIA AYBAR DE GRATERAUX, con una pension del Estado de dos mil pesos or0 (RD$2,000.00), mensuales; 21 1) JULIANA GONZALEZ ROSARIO, con una pension del Estado de mil cuatrocientos pesos or0 (RD$1,400.00), mensuales; 212) LIDIA DE JESUS MOLINA JOAQUIN DE HERNANDEZ, con una pension del Estado de dos mil pesos or0 (RD$2,000.00), mensuales; 213) AUSTRALIA JIMENEZ, con una pension del Estado de dos mil pesos or0 (RD$2,000.00), mensuales; 214) JUANA MARGARITA GONZALEZ DE RICARDO, con una pension del Estado de cinco mil seiscientos setenta y seis pesos or0 (RD$5,676.00), mensuales; 215) FLAVIO EMILIO MARCHENA GOMEZ, con una pension del Estado de mil quinientos pesos or0 (RD$1,500.00), mensuales; 216) CLEMENT HIRCANIA LUNA BAEZ, con una pension del Estado de dos mil cincuenta y dos pesos con 66l100 (RD$2,052.66), mensuales; 217) FLERIDA GIL PEREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales. 218) ROSA NIDIA LARA MATEO, con una pension del Estado de mil seiscientos pesos or0 (RD$1,600.00), mensuales; 219) ARMANDO NAVARRO LIRANZO), con una pension del Estado de dos mil cincuenta y nueve pesos or0 (RD$2,059.00), mensuales; 220) ROSA GARCIA NOLASCO, con una pension del Estado de dos mil cuarenta pesos or0 (RD$2,040.00), mensuales; 221) CARMEN N. NAVARRO, con una pension del Estado de mil ochocientos setenta y dos pesos or0 (RD$1,872.00), mensuales; 222) RAFAEL HERNANDEZ CARVAJAL, con una pension del Estado de mil ochocientos velnte pesos or0 (RD$1,820.00), mensuales; 223) JOSE M. DELGADO BUENO, con una pension del Estado de mil ochocientos siete pesos or0 (RD$1,807.00), mensuales; 224) ISABEL BISON0 GUZMAN, con una pension del Estado de mil setecientos treinta y unpesos or0 (RD$1,731.00), mensuales; 225) CRISTINO PEREZ LUGO, con una pension del Estado de mil seiscientos noventa y siete pesos or0 (RD$1,697.00), mensuales; 226) VIRGIL10 CEPEDA GONZALEZ, con una pension del Estado de mil quinientos sesenta pesos or0 (RD$1,560.00), mensuales; 227) ISAURA PICHARDO, con una pension del Estado de mil cuatrocientos treinta pesos or0 (RD$1,430.00), mensuales; 228) SANTA VIRGINIA LARA, con una pension del Estado de mil cuatrocientos cuatro pesos or0 (RD$1,404.00), mensuales; 229) FRANCISCO ANT. DELGADO BUENO, con una pension del Estado de mil doscientos veintisiete pesos or0 (RD$1,227.00), mensuales; 230) BLAS LORENZO, con una pension del Estado de mil cientos noventa y cuatro pesos or0 (RD$1,194.00), mensuales; 231) LUIS ALBERT0 NUl%Z PADILLA, con una pension del Estado de mil cientos setenta pesos or0 (RD$1,170.00), mensuales; 232) EUFEMIA VASQUEZ, con una pension del Estado de mil cientos setenta pesos or0 (RD$1,170.00), mensuales; 233) HECTOR VINIC10 RAMIREZ, con una pension del Estado de mil cientos dieciseis pesos or0 (RD$1,116.00), mensuales; 334) JOSE BUENO JIMENEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 335) TERESA MORROBEL GONZALEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 336) SIMON JIMENEZ ROSARIO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 337) JOSE ANTONIO SANCHEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 338) DOMING0 GABRIEL CONCEPCION, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 339) ESTELA CRUZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 340) MANUEL DE LOS REYES, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 341) ALFONSO &ON ADON, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 342) ANGEL MARIA &OZ RAMOS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 343) LUCAS DE LA CRUZ BRITO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 344) CRISTINO LIMA HERNANDEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 345) NELSON WNTURA MARTINEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 346) JUAN ALBERT0 GUZMAN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 347) RAFAEL ANTONIO REYES JAQUEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 348) DIGNA MARIA ORTIZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 349) LEONIDAS MARIA SUAREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 350) MARTINA ROJAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 351) RITA MERCEDES D I M , con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 352) SILVIO T. CRUZ TEJADA, con una pension del Estado de dos mil cuatrocientos pesos or0 (RD$2,400.00), mensuales; 353) GLORIA ESTHER MATEO, con una pension del Estado de mil novecientos cincuenta pesos or0 (RD$1,950.00), mensuales; 354) FRANCISCO ANT. FERNANDEZ S., con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 355) JULIO ANTONIO FEBRILLET SANTOS, con una pemion del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 356) JESUS ANTONIO ALCANTARA MORA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 357) FELICIANA VENTURA OROZCO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 358) ROSENDO HENRIQUEZ JOAQUIN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 359) PELEGRWA SOLAN0 VARGAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 360) FERNANDO MONTES DE OCA, con una pension del Estado de ocho mil ciento doce pesos or0 (RD$S,l12.00), mensuales; 361) CARMEN GRECIA SOLIS, con una pension del Estado de dos mil pesos or0 (RD$2,000.00), mensuales; 362) QUISQUEYA AYBAR DE RUIZ, con una pension del Estado de mil setecientos clncuenta pesos or0 (RD$1,750.00), mensuales; 363) JOSE ANTONIO FELIZ FELIZ, con una pension del Estado de dos mil ciento cuatro pesos or0 (RD$2,104.00), mensuales; 364) JOSE DOLORES MADERA SANTANA, con una pension del Estado de dos mil clncuentlnueve pesos con 20l100 (RD$2,059.20), mensuales; 365) ROSA BELTRAN BATISTA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 366) MARIA TERESA SANTANTA VDA. VALENTIN, con una pension del Estado de tres mil pesos or0 (RD$3,000.00), mensuales; 367) FRANCISCO ANTONIO PEREZ NUl%Z, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 368) GLADYS MARIA LORA ACEVEDO, con una pension del Estado de tres mil setecientos velntidis pesos or0 (RD$3,726.00), mensuales; 369) CARMEN ALICIA PIMENTEL VDA. VARGAS, con una pension del Estado de tres mil pesos or0 (RD$3,000.00), mensuales; 370) JUAN VILLAR, con una pension del Estado de tres mil quinientos pesos or0 (RD$3,500.00), mensuales; 371) GLADYS A. TORIBIO CASTILLO, con una pension del Estado de mil quinientos pesos or0 (RD$1,500.00), mensuales; 372) RAMON GREGORIO SANTIAGO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 373) IVAN GABRIEL MORCELO J., con una pension del Estado de mil setecientos sesenta pesos or0 (RD$1,760.00), mensuales; 374) LUIS CONRAD0 TEJADA ROMERO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 375) ALFONSO MOYA, con una pension del Estado de mil doscientos pesos or0 (RD$1,200.00), mensuales; 376) RAFAEL GARCIA DE LA CRUZ, con una pension del Estado de mil seiscientos veintidos pesos or0 (RD$1,622.00), mensuales; 377) MARIA CRISTINA VDA. APOLINARIO, con una pension del Estado de tres mil seiscientos treintidos pesos or0 (RD$3,632.00), mensuales; 378) LIC. RAFAEL ANTONIO PEREZ Y PEREZ, con una pension del Estado de cinco mil pesos or0 (RD$S,OOO.OO), mensuales; 379) ROBERTO A. BLANDINO CANTO, con una pension del Estado de tres mil doscientos pesos or0 (RD$3,200.00), mensuales; 380) MARGARITA LAMA FERNANDEZ, con una pension del Estado de mil trescientos sesenta y seis pesos or0 (RD$1,366.00), mensuales; 381) MARIA CARIDAD BAUTISTA PAULINO, con una pension del Estado de cinco mil noventitres pesos or0 (RD$5,093.00), mensuales; 382) MIRIAM DE LOS SANTOS ALCANTARA, con una pension del Estado de clnco mil seiscientos veintidos pesos or0 (RD$5,622.00), mensuales; 383) OLGA PAULINO ULERIO, con una pension del Estado de mil trescientos cincuenta pesos or0 (RD$1,350.00), mensuales; 384) NICOLAS RAMIREZ MONTERO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 385) RAFAEL LAFONTAINE NUI%Z, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 386) ANA MARIA HERRERA CABRAL, con una pension del Estado de cuatro mil novecientos sesenta pesos or0 (RD$4,960.00), mensuales; 387) BRAULIO RAFAEL MARMOLEJOS CABRERA, con una pension del Estado de dos mil ciento setenta y siete pesos or0 (RD$2,177.00), memuales; 388) GERVASIO ANTONIO ALBA MARTE, con una pension del Estado de mil quinientos pesos con 00/100 (RD$1,500.00), mensuales; 389) NELSON RODRIGUEZ ALCANTARA, con una pension del Estado de tres mil cuarenta y ocho pesos or0 (RD$3,048.00), mensuales; 390) RAFAEL ALMONTE HERNANDEZ, con una pension del Estado de mil quinientos pesos con 00/100 (RD$1,500.00), mensuales; 391) JUANA MARIA DE LA ROSA, con una pension del Estado de dos mil pesos or0 (RD$2,000.00), mensuales; 392) RAMON LORENZO PERELLO, con una pension del Estado de nueve mil pesos or0 (RD$9,000.00), mensuales; 393) RAMON PEREZ DEL VILLAR, con una pension del Estado de tres mil catorce pesos con 00/100 (RD$1,014.00), mensuales; 394) DILENIA MARIA GUILLERMO FELIZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos con 00/100 (RD$1,014.00), mensuales; 395) CASTULO GONZALEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 396) FRANCISCA ENCARNACION, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 397) MARITZA ARIAS CUEVAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 398) MODEST0 PEROZO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 399) MARIA SORIANO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 400) MARIAN0 DE JESUS GOMEZ BRETON, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), memuales; 401) ANGEL MARIA ACOSTA ABAD, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 402) LUCINDA LOPEZ ACOSTA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 403) PETRONILA CRUZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 404) JULIO ENRIQUE GERMAN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 405) JOSE ARCADIO HERNANDEZ CEPEDA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 406) MERCEDES LARA DE GUEVARA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 407) MANUEL ALTAGRACIA VILLANUEVA WESSIN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 408) AGUSTIN CONTRERAS LIBERATO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 409) MILAGROS GOMEZ PEREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 410) EUGENIO ANTONIO DEFRANK PEREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 411) JUANA MARTINEZ DEL C., con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 412) ADELINA DE JESUS GOMEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 413) AUSTRAL10 ORTEGA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 414) RAMON ANTONIO SANABIA PAGAN, con una pension del Estado de mil doscientos sesenta y tres pesos con 511100 pesos con 001100 (RD$1,263.51), mensuales; 415) DAMIAN DE CASTRO VIZCAINO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 416) MIRTHA G. BONILLA BOBADILLA DE MOREL, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 417) SILVIA ALTAGRACIA MARIA CAPELLAN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), memuales; 418) CANDID0 PEREZ ROSADO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 419) MARGARITO RAMIREZ AQUINO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 420) ENERSIDA ARIAS VDA. DE LA CRUZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 421) GUILLERMO ANT. PEREZ FERNANDEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 422) JOSE RAFAEL MARTINEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 423) MARIA ESTELA ABREU, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 424) GILBERT0 ROLAND0 REYES VARGAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 425) UBENCIA SANCHEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 426) FRANCISCA RAMONA ALMANZAR, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 427) JOSE MERCEDES MEJIA (CHITO), con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 428) TEMISTOCLES ZORILLA (MICO), con una pemion del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 429) DIOGENES A. MERCEDES MEJIA (FELITO), con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), memuales; 430) JOSE FERMTN PEREZ PEfiA, con una pension del Estado de ocho mil pesos con 00/100 (RD$S,OOO.OO), mensuales; 431) DARIO SURO, con una pension del Estado de ocho mil pesos con 00/100 (RD$S,OOO.OO), mensuales; 432) LUIS OVIEDO, con una pension del Estado de mil doscientos cuarenticinco pesos con 00/100 (RD$1,245.00), mensuales; 433) ORTENCIA PRESTOL CASTILLO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 434) PASTORA GARCIA VDA. MEJIA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 435) ELSA GARCIA DE RIWRO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 436) MERCEDES LIDIA DURAN DE READ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 437) DULCE MARIA RIVAS CORDERO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 438) JUAN PICHARDO GONZALEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 439) MARTNO DE JESUS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 440) FELICIANA RAMIREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 441) BERNARDA LOURDES MEJIA DE ORTIZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 442) ZOILA PATRIA DE OLEO RODRIGUEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 443) SOFIA ESPERANZA NADAL DE REINOSO, con una pension del Estado de mil doscientos sesenta y tres pesos con 00/100 (RD$1,263.00), mensuales; 444) EMELINDA A. PAULINO POLANCO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 445) ASIA M. TERESA AMOR ALVAREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 446) ALTAGRACIA AMELIA HERNANDEZ MOREL, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 447) MERCEDES ALTAGRACIA CASTRO CASTILLO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 448) JOSE ALTAGRACIA BAEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 449) DINORAH GUERRERO VDA. FRIAS, con una pension del Estado de mil novecientos clncuenta y siete pesos con 00/100 (RD$1,957.00), mensuales; 450) BLANCA MARGARITA CASTELLANOS, con una pension del Estado de dos mil cuatrocientos pesos con 00/100 (RD$2,400.00), mensuales; 451) MIGUELINA FRIAS, con una pension del Estado de cinco mil doscientos pesos con 00/100 (RD$5,200.00), mensuales; 452) WILLIAN DACOSTA RAMIREZ, con una pension del Estado de clnco mil pesos con 00/100 (RD$S,OOO.OO), mensuales; 453) MARIA ZAPATA, con una pension del Estado de cuatro mil pesos con 00/100 (RD$4,000.00), mensuales; 454) LILIA MARGARITA CEBALLOS VDA. ESPmIRA, con una pension del Estado de mil doscientos pesos con 00/100 (RD$1,200.00), mensuales; 455) CARMEN MILAGROS CASTILLO, con una pension del Estado de mil quinientos sesenta pesos con 00/100 (RD$1,560.00), mensuales; 456) NEFTALI RODRIGUEZ, con una pension del Estado de mil trescientos pesos con 00/100 (RD$1,300.00), mensuales; 457) MARIA RAMONA ROSARIO, con una pension del Estado de mil trescientos pesos con 00/100 (RD$1,300.00), mensuales; 458) AMELIA ABREU DURAN, con una pension del Estado de mil trescientos pesos con 00/100 (RD$1,300.00), mensuales; 459) OLGA ESPINO, con una pension del Estado de mil trescientos pesos con 00/100 (RD$1,300.00), mensuales; 460) FRANCISCO ANT. CAPELLAN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 461) ANA LUISA GUZMAN DE JESUS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 462) BIENWNIDO BATISTA ABREU, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 463) ROSARIO PEREZ CANELA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 464) ANA AMELIA GARCIA NUl%Z, con una pension del Estado de mil trescientos pesos con 00/100 (RD$1,300.00), mensuales; 465) MERCEDES ROBIES, con una pension del Estado de mil trescientos pesos con 00/100 (RD$1,300.00), mensuales; 466) DIVINA SANCHEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 467) MIGUEL ANGEL SIERRA ABREU, con una pension del Estado de dos mil cuatrocientos pesos con 00/100 (RD$2,400.00), mensuales; 468) RAMON ANT. DE JESUS VARGAS, con una pension del Estado de mil doscientos pesos con 00/100 (RD$1,200.00), mensuales; 469) ALTAGRACIA DIONISIO NOVA, con una pension del Estado de cinco mil noventa y tres pesos con 34/100 (RD$5,093.34), mensuales; 470) AURELIA EVANGELISTA MARTINEZ RUIZ DE DAJEK con una pension del Estado de mil doscientos pesos con 00/100 (RD$1,200.00), memuales; 471) ISABEL M. TEZANOS, con una pension del Estado de cinco mil ciento setenta y dos pesos con 80/100 (RD$5,172.80), mensuales; 472) JUAN MANUEL FERNANDEZ, con una pension del Estado de mil doscientos pesos con 00/100 (RD$1,200.00), mensuales; 473) LOUDES ALTAGRACIA PEREZ, con una pension del Estado de mil cuatrocientos veintiseis pesos con 40/100 (RD$1,426.40), mensuales; 474) RAFAEL FERRERAS FERRERAS, con una pension del Estado de tres mil novecientos doce pesos con 00/100 (RD$3,912.00), mensuales; 475) ALTAGRACIA CELAIDA MEDRANO, con una pension del Estado de mil trescientos cuarenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$1,344.00), mensuales; 476) CASILDA CORNIELLE SEGURA, con una pension del Estado de cinco mil cuatrocientos setenta y siete pesos con 00/100 (RD$5,477.00), mensuales; 477) VENTURA ENRIQUE RODRIGUEZ VILLAK con una pension del Estado de cuatro mil setecientos veinte pesos con 00/100 (RD$4,720.00), mensuales; 478) VICTOR MANUEL PEREZ PAYANO, con una pension del Estado de cinco mil doscientos noventisiete pesos con 60/100 (RD$5,297.60), mensuales; 479) MARIA PELAGIA DEL CORAZON DE JESUS GUZMAN, con una pension del Estado de dos mil qulnientos ocho pesos con 00/100 (RD$2,508.00), mensuales; 480) RAFAEL LEMOINE BELLIARD, con una pension del Estado de tres mil trescientos setenta y siete pesos con 78/100 (RD$3,377.78), mensuales; 481) MARIA DEL CARMEN BIDO, con una pension del Estado de seis mil ciento sesenta y seis pesos con 66/100 (RD$6,166.66), mensuales; 482) VIRGINIA MOQUETE DE PEREZ, con una pension del Estado de cuatro mil pesos con 00/100 (RD$4,000.00), mensuales; 483) SANTIAGO AMARANTE ALMONTE, con una pension del Estado de dos mil ciento treinta y siete pesos con 88/100 (RD$2,137.88), mensuales; 484) VICTORIA ARTEMIA GUERRERO NAVARRO, con una pension del Estado de cuatro mil trescientos dieciseis pesos con 66/100 (RD$4,316.66), mensuales; 485) ISABEL DE LEON, con una pension del Estado de mil doscientos pesos con 00/100 (RD$1,200.00), mensuales; 486) HERMENEGILDO BEAT0 GUABA, con una pension del Estado de tres mil pesos con 00/100 (RD$3,000.00), mensuales; 487) RAMON FRANCISCO SANTA NOVA, con una pension del Estado de mil cien pesos con 00/100 (RD$1,100.00), mensuales; 488) ALTAGRACIA NEREYDA TAVAREZ, con una pension del Estado de mil doscientos pesos con 00/100 (RD$1,200.00), mensuales; 489) MIRTHA ALFONSECA DE Sol%, con una pension del Estado de mil quinientos pesos con 00/100 (RD$1,500.00), mensuales; 490) YOLANDA UREfiA DE SALCEDO, con una pension del Estado de mil quinientos pesos con 00/100 (RD$1,500.00), mensuales; 491) DR. JOSE NICOLAS ALMANZAR GARCIA, con una pemion del Estado de ocho mil ciento once pesos con 00/100 (RD$S,lI LOO), mensuales; 492) ELPIDIO URIBE TOLENTINO, con una pension del Estado de mil setecientos cuarenta y tres pesos con 38/100 (RD$1,743.38), mensuales; 493) JOSEFINA GARCIA, con una pension del Estado de dos mil seiscientos treinta y nueve pesos con 41/100 (RD$2,639.41), mensuales; 494) JOSE MANUEL FELIPE SOT0 HERNANDEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos con 00/100 (RD$1,014.00), mensuales; 495) DR. FRANCISCO JOSE ROJAS ALMANZAR (PANCHO), con una pension del Estado de ocho mil ciento once pesos con 00/100 (RD$8,11 LOO), mensuales; 496) DR. RAFAEL PRIAMO SUER0 GARCIA, con una pension del Estado de siete mil pesos con 001100 (RD$7,000.00), mensuales; 497) RHADA YSIS RAMIREZ DE HERNANDEZ, con una pension del Estado de mil ciento setenta y nueve pesos con 521100 (RD$1,179.52), mensuales; 498) JUAN ANT. CASTILLO D., con una pension del Estado de tres mil seiscientos ochenta y ocho pesos con 881100 (RD$3,688.88), mensuales; 499) MARIA LUISA GONZALEZ DE GARCIA, con una pension del Estado de cuatro mil novecientos sesenta y seis pesos con 661100 (RD$4,986.66), mensuales; 500) MANUEL PAULINO VALDEZ, con una pension del Estado de mil seiscientos veintiocho pesos con 891100 (RD$1,628.89), mensuales; 501) ANGEL LID10 PEREZ MOQUETE, con una pension del Estado de mil ochenta y dos pesos con 661100 (RD$1,082.66), mensuales; 502) GUIDO ALFRED0 CASTELLANOS ROJAS, con una pension del Estado de tres mil setecientos setenta y seis pesos con 001100 (RD$3,776.00), mensuales; 503) RAFAEL EMILIO ANDUJAR SUSflA, con una pension del Estado de mil ochocientos setenta y un pesos con 861100 (RD$1,871.86), mensuales; 504) JOSE ALBERT0 SALOMON PEREZ, con una pension del Estado de mil setecientos cuarentinueve pesos con 071100 (RD$1,749.07), mensuales; 505) ZONEIDA HERNANDEZ, con una pension del Estado de mil quinientos noventa y dos pesos con 521100 (RD$1,592.52), mensuales; 506) KEMIL LORENZO DIPP-GOMEZ, con una pension del Estado de dos mil novecientos cuarentisiete pesos con 161100 (RD$2,947.16), mensuales; 507) ROSALIA PAULINO VARELA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 508) LOURDES LOZADA AQUINO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 509) RAFAEL CADETE SOTO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 510) FERNANDO ANTONIO GENA0 RODRIGUEZ, con una pension del Estado de dos mil novecientos setentiun pesos con 1 11100 (RD$2,971.1 I), mensuales; 511) RAFAELA ESTEVEZ MALDONADO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 512) HERIBERTO NIN SOSA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 513) ANDRES TAVERAS MATA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 514) HECTOR DANILO PEREZ ROA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 515) DINORAH SOT0 DE MEJIA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 516) LEVI ANTONIO DISLA GARCIA, con una pension del Estado de seis mil trescientos trelnta y ocho pesos con 89/100 (RD$6,338.89), mensuales; 517) DR. SERGIO RODRIGUEZ PIMENTEL, con una pension del Estado de tres mil quinientos ochenta y dos pesos con 22/100 (RD$3,582.22), mensuales; 518) LUIS G. MONSANTO DEL VALLE, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 519) LOURDES TEURA ESTEL SOLER MENDEZ, con una pemion del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 520) LUIS MANUEL GRULLON G., con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 521) GENOWVA RIVAS DE FORTUNA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 522) JUAN ROSARIO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 523) HENRY MANUEL HEREDIA RODRIGUEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 524) MARIA DOLORES CABRERA CABRERA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 525) MIGUEL MOTA LAVANDIER, con una pemion del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 526) VICTORIANA PINALES MARTINEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 527) RIFFIA MOQUETE MENDEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 528) ALTAGRACIA AMARO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 529) FELIPE ANTONIO JIMENEZ ESPINAL, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 530) MARTNA JULIA0 GONZALEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 531) RAFAEL REYNOSO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 532) FRANCISCO LARA VILLANUEVA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 533) MERCEDES ACOSTA DE MARTINEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 534) BLANCA DALIA POLANCO PIMENTEL DE MERCEDES, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 535) MINERVA ALTAGRACIA DISLA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 536) GLADYS MARIA JIMENEZ DE NUl%Z, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 537) ANTONIO NICOLAS RODRIGUEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 538) JUAN ESTEBAN DURAN ROBLES, con una pemion del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 539) HORTENCIA GALVAN DE GALVAN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 540) HOMER0 CASTRO JIMENEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 541) ANGELITA DE REGLA MEJIA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 542) LAITO HERNANDEZ REMIGIO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 543) FAUSTINO FERRERAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 544) ANDREA LUCAS MONTAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 545) ELSA RAMONA ALTAGRACIA DEL VILLAR, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 546) RADHAMES ANTONIO GOMEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 547) UBENCIA SANCHEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 548) JULIO ELPIDIO M A R I h Z RODRIGUEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 549) FRANCISCO ORTIZ DE LEON, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 550) ROSA ARELIS MEDINA DE CASTRO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 551) JUANA MARIA INOA, con una pension del Estado de mil doscientos pesos or0 (RD$1,200.00), mensuales; 552) ANTONIA ALBERTO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 553) OLGA MIRNA PEREZ MERCADO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 554) MAXIM0 HINOJOSA MARIA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 555) PASCUAL VALDEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 556) BIRW PADILLA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 557) AQUILINO TERRERO UREfiA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 558) DELFIN MARIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), memuales; 559) TEMISTOCLES ANT. NICASIO RODRIGUEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), memuales; 560) VICTORIAN0 TAVAREZ VARGAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 561) LUIS MATA CALDERON, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 562) FILOMENA RAFAEL ACOSTA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 563) LORENZA CEPEDA PAULINO DE CIPRIAN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 564) AURA MARIA SANTANA DE BELTRE, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 565) GRECIA HILDA D I M , con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 566) ANA BELGICA CADIZ m E Z , con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 567) MARIA DOLORES GRULLON G., con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 568) MARTINA GIL ROMAN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 569) ERCILIA MORBAN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 570) LOURDES ALT. PEREZ SORIANO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 571) MARIA SORIANO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD%1,01 4.00), mensuales; 572) EPIFANIA SANCHEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 573) GUILLERMO ANTONIO BELEN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 574) JOSE ROLAND0 CORDER0 REYES, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 575) JOSE CALDERON, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,014.00), mensuales, 576) BRIGIDA TORIBIO ABREU, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 577) ANA ROSA VASQUEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales, 578) ELSA MERCEDES LEBRON ROSA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 579) AMANTINA MEDINA DE MENDEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 580) FLORA ALCANTARA, con una pension del Estado de mil doscientos nueve pesos or0 (RD$1,209.00), mensuales; 581) JUAN JOSE ALCANTARA CONSORO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 582) FELICIA JEREZ DE FABIAN, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 583) MARIA ALEIDA SOTO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 584) RAMONA ROSARIO DE PEREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 585) SANTA FLORINDA SANDOVAL SOTO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 586) INES ANTONIA DE LA CRUZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 587) FIDELIA MARTE SICART, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 588) DOLORES PEREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 589) MELANIA DIONICIO DE DIPRE, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 590) MARIA YOLANDA PEREZ DE FELIZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 591) MIREYA DE LA CRUZ RAMIREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 592) BERTHA LIDIA PEREZ DE HERRERA, con una pension del Estado de tres mil ochenta y ocho pesos or0 (RD$3,088.00), mensuales; 593) CELESTE MIREYA CORNIELLE DEL R., con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 594) GLORIA FERRERAS DE CUEVAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 595) BIENWNIDA GOMEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 596) ALTAGRACIA QUEZADA TINEO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 597) YOLANDA MERCEDES I. MARTINEZ M., con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 598) FLORENTINA MERCEDES CERDA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 599) JUANA CONCEPCION, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 600) ANA D I M , con una pension del Estado de mil doscientos nueve pesos or0 (RD$1,209.00), mensuales; 601) HERMINIA SERRANO POLANCO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 602) MARIA MINIER DE ZAPEY, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 603) ANTONIO REYNOSO MOYA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 604) ANA ANTONIA ALMONTE, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 605) ROSALINDA E. MILAGROS DE MOYA, con una pension del Estado de mil doscientos diez y seis pesos or0 (RD$1,216.00), mensuales; 606) HILDA RODRIGUEZ DE MIESES, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 607) ANDRES ESCANIO NOBOA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 608) HILMA DEL C. CASTELLANOS, con una pension del Estado de mil trescientos sesenta y clnco pesos or0 (RD$1,365.00), mensuales; 609) CANDIDA MARIA ESCALANTE T., con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 610) MIGUEL ANGEL DE LA CRUZ, con una pension del Estado de mil trescientos treinta y siete pesos or0 (RD$1,337.00), mensuales; 61 1) ROSA NIDIA LARA MATEO, con una pension del Estado de dos mil ciento nueve pesos or0 (RD$2,109.00), mensuales; 612) MILADYS BERNARDITA LOPEZ, con una pension del Estado de mil setecientos ochenta y un pesos or0 (RD$1,781.00), mensuales; 613) JOSE CRUZ GUZMAN, con una pemion del Estado de mil ochocientos veinte pesos or0 (RD$1,820.00), mensuales; 614) CELITA DE LA ROSA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 615) DAMASO FERRERA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 616) ROSA AIDEE FERNANDEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 617) HERIBERTO CUEVAS, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 618) MERCEDES LUISA ORTIZ PEREZ, con una pemion del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 619) BRUNILDA FELIX PEREZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$l,OI 4.00), mensuales; 620) LEONIDA DE JESUS ESTEWZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 621) AMADA S E M I N A MORALES, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 622) ESPERANZA VALDEZ VDA. CANEPA, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 623) ESPERANZA BURGOS DE BAEZ, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 624) VINIC10 OGANDO, con una pension del Estado de mil catorce pesos or0 (RD$1,014.00), mensuales; 625) JOSE LORA ACOSTA, con una pensión del Estado de mil catorce pesos oro (RD$1,014.00), mensuales; 626)

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.