Texto de la norma
Dec. No. 372-94 que modifica el Art. 9 del Reglamento Organico del Instituto de
Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional, No.3469 del ano 1982.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 372-94
VISTO el Articulo 5 de la Ley Organica de las Fuerzas Armadas No.873, de
fecha 31 de julio de 1978;
VISTOS 10s Articulos 1, 7, 8, 9, 14 y 15 del Reglamento No.3469, del 9 de
agosto de 1982, que rige el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y la
Policia Nacional (ISSFAPOL);
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica
D E C R E T O :
Articulo 1.- Queda modificado el Articulo 9 del Reglamento Organico del
Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional (ISSFAPOL),
No.3469 del 9 de agosto de 1982, para que rija de la manera siguiente:
Articulo 9.- El Nivel Ejecutivo u Operacional esta a cargo de una Junta
Administrativa Permanente, constituida por 10s Subsecretarios de Estado de
las Fuerzas Armadas, Ejercito Nacional, Marina de Guerra y Fuerza Aerea
Dominicana, el Subjefe de la Policia Nacional y un Oficial General Retirado
seleccionado por el Consejo Directivo. En cas0 de incapacidad, ausencia o
enfermedad de un titular de dicha Junta, el Consejo Directivo designara su
sustituto escogido de una terna que para tales fines sometera el Jefe de
Estado Mayor de la Institucion que corresponda o en su cas0 el Jefe de la
Policia Nacional, la cual velara por la aplicacion escrita de las disposiciones
consagradas en el presente reglamento, tendentes a ofrecer a todos 10s
miembros y sus familiares inmediatos, las prestaciones y servicios sociales a
que tienen derecho. Son atribuciones inherentes de la Junta Administrativa
dirigir las siguientes gerencias:
a) Gerencia Administrativa,
b) Gerencia de Credito,
c) Gerencia de Bienestar Social,
d) Gerencia de Personal, y
e) Gerencia de Servicios Generales
Articulo 2.- La Junta Administrativa ejercera sus funciones, sin perjuicio de
las atribuciones que el presente Reglamento Organic0 confiere exclusivamente a1 Consejo
Directivo, que es el nivel de mayor jerarquia del Instituto de Seguridad Social de las
Fuerzas Armadas y la Policia Nacional.
Articulo 3.- En todos 10s casos en que el Reglamento hace mencion de 10s
terminos "El Director" o "La Directiva", debe entenderse que se refiere a la Junta
Administrativa.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a1 primer (ler.) dia del mes de diciembre del aiio mil novecientos
noventa y cuatro, aiio 15 1 de la Independencia y 132 de la Restauracion.
Joaquin Balaguer
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.