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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 372-94

que modifica el Art. 9 del Reglamento Organico del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional, No.3469 del ano 1982

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 dic de 1994fecha
Reglamentotipo
G. O. 9898Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 372-94 que modifica el Art. 9 del Reglamento Organico del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional, No.3469 del ano 1982. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 372-94 VISTO el Articulo 5 de la Ley Organica de las Fuerzas Armadas No.873, de fecha 31 de julio de 1978; VISTOS 10s Articulos 1, 7, 8, 9, 14 y 15 del Reglamento No.3469, del 9 de agosto de 1982, que rige el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional (ISSFAPOL); En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica D E C R E T O : Articulo 1.- Queda modificado el Articulo 9 del Reglamento Organico del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional (ISSFAPOL), No.3469 del 9 de agosto de 1982, para que rija de la manera siguiente: Articulo 9.- El Nivel Ejecutivo u Operacional esta a cargo de una Junta Administrativa Permanente, constituida por 10s Subsecretarios de Estado de las Fuerzas Armadas, Ejercito Nacional, Marina de Guerra y Fuerza Aerea Dominicana, el Subjefe de la Policia Nacional y un Oficial General Retirado seleccionado por el Consejo Directivo. En cas0 de incapacidad, ausencia o enfermedad de un titular de dicha Junta, el Consejo Directivo designara su sustituto escogido de una terna que para tales fines sometera el Jefe de Estado Mayor de la Institucion que corresponda o en su cas0 el Jefe de la Policia Nacional, la cual velara por la aplicacion escrita de las disposiciones consagradas en el presente reglamento, tendentes a ofrecer a todos 10s miembros y sus familiares inmediatos, las prestaciones y servicios sociales a que tienen derecho. Son atribuciones inherentes de la Junta Administrativa dirigir las siguientes gerencias: a) Gerencia Administrativa, b) Gerencia de Credito, c) Gerencia de Bienestar Social, d) Gerencia de Personal, y e) Gerencia de Servicios Generales Articulo 2.- La Junta Administrativa ejercera sus funciones, sin perjuicio de las atribuciones que el presente Reglamento Organic0 confiere exclusivamente a1 Consejo Directivo, que es el nivel de mayor jerarquia del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional. Articulo 3.- En todos 10s casos en que el Reglamento hace mencion de 10s terminos "El Director" o "La Directiva", debe entenderse que se refiere a la Junta Administrativa. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a1 primer (ler.) dia del mes de diciembre del aiio mil novecientos noventa y cuatro, aiio 15 1 de la Independencia y 132 de la Restauracion. Joaquin Balaguer

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona