Texto de la norma
Dec. No.328-96 que dispone la distribución de las viviendas del Conjunto Habitacional del municipio y provincia de Hato Mayor.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 328-96
CONSIDERANDO: Que es de orden prioritario para el Estado Dominicano,
mejorar las condiciones de vida y dotar de un techo propio a las personas mas necesitadas,
dentro del programa de construccihn de viviendas de interes social.
VISTA la Ley No.1832 del 3 de noviembre de 1948.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se dispone la distribucihn de las viviendas del Conjunto
Habitacional, sit0 en la Parcela No.47 del Distrito Catastral No.55/2 del municipio y
provincia de Hato Mayor.
PARRAFO I.- La distribucihn alcanzara 46 viviendas ubicadas en 23 Casas
Duplex construidas en dicho Proyecto Habitacional, las cuales se distribuiran entre las
personas seiialadas en el Articulo 2 de este Decreto.
PARRAFO 11.- El costo de cada vivienda es de RD$249,298.62, con un
inicial de RD$2,000.00 y el resto pagadero en cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
ARTICULO 11.- Las viviendas del Complejo Habitacional Hato Mayor
(primera etapa), quedan asignadas a las personas siguientes:
NOMBRES :
CEDULAS
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
Manuel E. Nuiiez
[cédula]
Hector H. Morla Morel
[cédula]
Isaias Sosa
[cédula]
Belkis Yakelin Mota Pimentel
[cédula]
Dr. Francisco Antonio Mateo de la Cruz
[cédula]
Dra. Hilda Eridania Mercedes
Polanco Castillo
[cédula]
Altagracia Madrigal
23179-27
Dr. Ramon Williams Silvestre
Fernández
[cédula]
9. Tania Monaliza Barriola
[cédula]
10. Justo María Rodríguez
14470-27
11. Martha Sosa
24612-27
12. Víctor Justo Silvestre Fernández
[cédula]
13. Luz Dely Cuevas Algarrobo
30315-18
14. Sabrina González Brea
[cédula]
15. Pedro Mejía
[cédula]
16. Ana A. de la Altagracia Polanco
21121-27
17. Domingo Rosa
[cédula]
18. Carlos Andrés O'brien
[cédula]
19. Estela Ortíz
8028-27
20. Gerlin Medina Pion
26974-27
21. Juan Antonio Sánchez Morales
[cédula]
22. Josuet Ant. Cruz
[cédula]
23. Diógenes Vilorio
[cédula]
24. Ing. Quírico Antonio Puello Berroa
[cédula]
25. María Miguelina Bell Santana
[cédula]
26. Juan A. Polanco
[cédula]
27. Ing. José Miguel Sánchez Balbuena
027-0021107
28. María Altagracia Duvergé Justo
[cédula]
29. Dra. Sonia Castillo González
[cédula]
30. Lic. Sonia Altagracia Justo
de Cueto
[cédula]
31. Reyna Castro de Paulino
12917-25
32. Miguel R. Balbuena Ferreira
29086-27
33. Porfirio Navarro Peguero
[cédula]
34. Ing. Julián Santana Santana
[cédula]
35. Miguel Berroa Guerrero
[cédula]
36. Miguel A. César Polanco Castillo
[cédula]
37. Inocencia Santana
[cédula]
38. Lic. Esmeraldo del Rosario Toribio
[cédula]-2
39. José Miguel Peguero Mota
[cédula]
40. Manuel Monegro
[cédula]
41. María Celeste Cruz
[cédula]
42. Francisco Frías
5892-4
43. Rafael Sánchez
[cédula]
44. Dr. Arismendy Fermín Acosta
[cédula]
45. Angela Polanco de Jiménez
[cédula]
46. Agustín Morbán Santana
[cédula]
ARTICULO 3.- Se otorga Poder Especial al Administrador General de Bienes Nacionales para que, a nombre y representación del ESTADO DOMINICANO, suscriba los contratos de venta de dichas viviendas familiares a las personas indicadas en el Artículo 2 del presente Decreto.
ARTICULO 4.- Enviese a1 Administrador General de Bienes Nacionales
para su cumplimiento.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s quince (15) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos
noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 134 de la Restauracihn.
Joaquin Balaguer
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