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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 326-96

que dispone la distribucion de 78 apartamentos del Conjunto Habitacional Villa Altagracia, del municipio de Villa Altagracia, San Cristobal

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 ago de 1996fecha
Designacióntipo
G. O. 9930Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
6personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Máximo Simeón GonzálezEl decreto trae su cédula (no se publica)Designación—NOMBRES
Lorenzo FríasEl decreto trae su cédula (no se publica)Designación—NOMBRES
Cornelio Pérez PochetEl decreto trae su cédula (no se publica)Designación—NOMBRES
Isidro Pochet LópezEl decreto trae su cédula (no se publica)Designación—NOMBRES
Silbino Carmona DoloresEl decreto trae su cédula (no se publica)Designación—NOMBRES
Rafael MejíaEl decreto trae su cédula (no se publica)Designación—NOMBRES

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Máximo Simeón González

  • Lorenzo Frías

  • Cornelio Pérez Pochet

  • Isidro Pochet López

  • Silbino Carmona Dolores

  • Rafael Mejía

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No.326-96 que dispone la distribucion de 78 apartamentos del Conjunto Habitacional Villa Altagracia, del municipio de Villa Altagracia, San Cristobal. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 326-96 CONSIDERANDO: Que es de orden prioritario para el Estado Dominicano, mejorar las condiciones de vida y dotar de un techo propio a las personas mas necesitadas, dentro del programa de construccihn de apartamentos de interes social. VISTA la Ley No.1832 del 3 de noviembre de 1948. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: Articulo 1.- Se dispone la distribucihn de 78 apartamentos del Conjunto Habitacional Villa Altagracia, sit0 en la Parcela No.79-Ref. del Distrito Catastral No.12 del municipio de Villa Altagracia, Provincia de San Cristhbal. PARRAFO I.- La distribucihn alcanzara apartamentos ubicados en multifamiliares construidos en dicho Proyecto Habitacional, 10s cuales se distribuiran entre las personas seiialadas en el Articulo 2 de este Decreto. PARRAFO 11.- El costo de cada apartamento es de RD$315,744.41, con un inicial de RD$5,000.00 y el resto pagadero en cuotas mensuales, iguales y consecutivas, cuyo monto determinara la Administracihn General de Bienes Nacionales. Artículo 2.- Los apartamentos del Complejo Habitacional Villa Altagracia, quedan designados a las personas siguientes: NOMBRES: 1. Rafael Díaz Tavarez — 4766-068 2. Sonia Antiagua Cabrera — 158869-068 3. Mario Mejía Roble — 5312-068 4. Delfilio Doñé — 3549-068 5. Máximo Simeón González — [cédula] 6. Alejandro Pérez — 014821-068 7. Nieves Alvarez E. — 16809-068 8. Sixto de la Cruz — 17925-068 9. Premiterio Reyes — 7916-005 10. Félix Confesor Colón — [cédula] 11. Porfirio Susana García — [cédula] 12. Juan Reyes Nova — [cédula] 13. Guarionex Mena — 010023-068 14. Germán González Rodríguez 15. Arabella López Jiménez — [cédula] 16. Elías Rodríguez Reyes — 8106-068 17. Lorenzo Frías — [cédula] 18. Juan Mejía — 068-0007315 19. Alberto Angustia — 068-0007429 20. Carlos H. Báez Simón — 068-013064 21. Roberty L. Blandino — 10495-068 22. Carlos R. Reynoso — 30528-068 23. Juan Manuel Ariza — 15002-068 24. Rafael Mariano González — 29109-068 25. Arq. Gabriel Santana — [cédula] 26. Francisco Torres Dajer — [cédula] 27. Carlos Rafael Gatón R. — 001540-068 28. Ramón Magdaleno — 005363-052 29. Gisela Marcia Abad Doñé — 17070-068 30. Nerys Felipe Obispo de Jesús — 011880-68 31. Cornelio Pérez Pochet — [cédula] 32. Dr. Isidro Pochet López — [cédula] 33. Silbino Carmona Dolores — [cédula] 34. Dra. Ramona Paula de Jesús — 15362-068 35. Raúl Ulises Vargas — 312498-001 36. Newton Ant. Medina Ramírez — [cédula] 37. Fausto Ant. Genao — 8997-068 38. Domingo de Jesús — 16214-068 39. Jorge Corporán Frías — 16076-068 CEDULAS 40. Cristina Mieses 7210-068 41. Luis Alfonso Gil Sánchez 26456-068 42. Hugo Félix Bonilla 18982-068 43. Pedro Peralta [cédula] 44. Herminio Rodríguez [cédula]-4 45. Víctor Manuel Núñez [cédula] 46. Gladys de los Santos [cédula] 47. Regina de Jesús Carmona 068-0013955 48. Ruben Dario Mejía 65058-002 49. María Alejandrina García 6611-068 50. Juan Ramírez Alvarez 068-019888 51. Cleto Placencio de los Santos 15571-068 52. Santiago García 28884-048 53. Emilia Zapata Anciani [cédula] 54. Rafael Mejía [cédula] 55. Emilio Manuel Brenes 375065-001 56. María Teresa Then Núñez [cédula] 57. Puencia Marte 17321-068 58. Jesús Troncoso 019068-068 59. Yuderkis Doñé Castro 24821-068 60. Hilario Ramírez 12884-068 61. José Altagracia Ciprian 19309-002 62. Eusebio Germán Pozo 17384-068 63. Juan Ogando 406281-001 64. Cesilio Berroa Fariña 23155-068 65. Germania Henríquez Bidó 9095-071 66. Ramón Hernández 14210-068 67. Fabio Natera Morales 009502-068 68. Manuel E. Sime Nivar 21095-068 69. Nide Rafael Caraballo 36176-018 70. Antonio Pérez Moreta 004424-044 71. Tirso Trinidad Turbide [cédula] 72. Radhamés Ant. Pérez [cédula] 73. Ramón Antonio Kingley 013176-068 74. Juan Baret Reyes 12824-068 75. Franklin Antonio Segura 0000913-068 76. Paulino Batista de los Santos 1831-082 77. Joaquín Silva Pereyra 014284-068 78. Juan I. Peguero 263958-1 Artículo 3.- Se otorga Poder Especial al Administrador General de Bienes Nacionales para que, a nombre y representación del ESTADO DOMINICANO, suscriba los contratos de venta de dichos apartamentos familiares a las personas indicadas en el Artículo 2 del presente Decreto. Artículo 4.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales para su cumplimiento. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s quince (15) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos noventa y seis, aiio 152 de la Independencia y 133 de la Restauracihn. Joaquin Balaguer

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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