Texto de la norma
Dec. No.311-96 que dispone la distribución de los apartamentos familiares del Proyecto Habitacional Gregorio Luperón, Etapa II, ubicado en la Avenida Luperón, de esta ciudad de Santo Domingo.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 311-96
CONSIDERANDO: Que de las miles de solicitudes formuladas al Gobierno, clasifican, entre otras, las personas señaladas en el presente decreto para ser favorecidas con la asignación de apartamentos familiares en el Proyecto Habitacional Gregorio Luperón Etapa II.
VISTA la Ley No.1832 del 3 de noviembre de 1948.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se dispone la distribución de los apartamentos familiares del Proyecto Habitacional Gregorio Luperón, Etapa II, ubicado en la Ave. Luperón, esquina Ave. Enriquillo, de esta ciudad de Santo Domingo, del Distrito Nacional.
Párrafo I.- La distribución alcanzará 33 apartamentos familiares, ubicados en Edificios Multifamiliares construidos en dicho proyecto habitacional, los cuales se distribuirán entre las personas indicadas en el Artículo 2 de este Decreto.
Párrafo II: El costo de cada apartamento es de RD$1,400,000.00 (UN MILLON CUATROCIENTOS MIL PESOS CON 00/100), para ser pagados con un inicial de RD$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS CON 00/100) y el resto pagadero en 240 cuotas mensuales de RD$4,583.34.
Artículo 2.- Los apartamentos familiares del Proyecto Habitacional Gregorio Luperón Etapa II, quedan asignados a las personas siguientes:
APARTAMENTOS FAMILIARES:
1.- ARGENTINA GARCIA HERNANDEZ, Cédula No.[cédula]
2.- LIC. ALEXIS CAMILO, Cédula No.[cédula]
3.- RAFAEL AUGUSTO PELAEZ, Cédula No.[cédula]
4.- PAULINA E. DE BRITO, Cédula No.[cédula]
5.- ATHENIA DE PEÑA, Cédula No.[cédula]
6.- CLAUDIA GUZMAN DE FERREIRO, Cédula No.[cédula]
7.- JORGE EDMUNDO TAVERAS Y JOVANNY GARCIA DE TAVERAS, Cédulas Nos.[cédula] y 51092-54
8.- ALTAGRACIA ELVIRA RODRIGUEZ, Cédula No.[cédula]
9.- VICTOR ABREU QUIROZ, Cédula No.[cédula]
10.- ING. GRANDERSIO MARIZAN UBIÑA, Cédula No.[cédula]
11.- MIGUEL VALENZUELA, Cédula No.[cédula]
12.- FRANCISCO BAUTISTA, Cédula No.[cédula]
13.- LIC. ARELIS T. DE GUZMAN, Cédula No.[cédula]
14.- HECTOR SUCRE FELIZ CARBUCCIA, Cédula No.[cédula]
15.- RAFAEL PEGUERO, Cédula No.[cédula]
16.- FRANCISCO JOSE ROJAS TABAR, Cédula No.[cédula]
17.- RICARDO ALBERTO ROSARIO P., Cédula No.[cédula]
18.- ING. ARTURO ANIBAL RINCON VERAS, Cédula No.[cédula]
19.- VANESSA MARIA GARCIA LARA, Cédula No.[cédula]
20.- ISIS MALAGON DE LOPEZ, Cédula No.[cédula]
21.- VICTOR MANUEL GRIMALDI CESPEDES, Cédula No.[cédula]
22.- ANA MARIA PEREZ DE ORSINI, Cédula No.[cédula]
23.- JOSEFINA RODRIGUEZ DE FLORENCIO, Cédula No.[cédula]
24.- HILDA N. PEÑA GUERRERO, Cédula No.[cédula], Cédula Nueva.
25.- ALTAGRACIA VICENS, Cédula No.[cédula]
26.- MARCIA PATRICIA MARRERO GINEBRA, Cédula No.[cédula]
27.- DR. PORFIRIO DE JS. LOPEZ RODRIGUEZ, Cédula No.[cédula]
28.- MANUEL ANTONIO CUERVO GOMEZ, Cédula No.[cédula]
29.- ADRIA MERCEDES YORRO DE LUNA, Cédula No.[cédula]
30.- ELISA TORRES VASQUEZ, Cédula No.[cédula]
31.- LIC. RAYMUNDO HERNANDEZ D., Cédula No.[cédula]
32.- RAFAEL JIMENEZ MEJIA, Cédula No.[cédula]
33.- GRACIELA RODRIGUEZ DE RICARDO, Cédula No.[cédula]
Artículo 3.- Se otorga Poder Especial al Administrador General de Bienes Nacionales, para que, a nombre y representación del Estado Dominicano, suscriba los contratos de venta de apartamentos, a las personas indicadas en el Artículo 2 del presente Decreto.
Artículo 4.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales para su cumplimiento.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y seis, año 153 de la Independencia y 133 de la Restauración.
Joaquín Balaguer
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