Texto de la norma
Dec.No.201-96
Dominico-Haitiana.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 201-96
CONSIDERANDO: Que con motivo de la visita oficial a la Republica
Dorninicana del Presidente de Haiti, Su Excelencia Rene Preval, durante 10s dias 12 y 13 de
marzo del presente aiio, se firmo una Declaracion Conjunta en la que ambos paises se
comprometieron a crear la COMISION MIXTA BILATERAL conformada por
representantes del sector publico y el sector privado de ambos paises.
CONSIDERANDO: Que es necesario designar la parte Dominicana en
cuanto a la integracion de dicha comision, a fin de mantener las representaciones del sector
publico y del sector privado, las cuales respondan a1 espiritu de reciprocidad compatible
con 10s terminos de la Declaracion Conjunta firmada el 13 de marzo de 1996 por 10s
Presidentes de la Republica de Haiti y de la Republica Dominicana.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se designa la parte dominicana de la Comision Mixta Bilateral
Dominico-Haitiana, la cual estara presidida por la Secretaria de Estado de Relaciones
Exteriores, e integrada por la Secretaria de Estado de Finanzas; la Secretaria de Estado de
Industria y Comercio; la Secretaria de Estado de Agricultura; el Secretariado Tecnico de la
Presidencia; el Banco Central de la Republica Dominicana; el Ordenador Nacional de
Lome; el Centro Dominican0 de la Empresa Privada (CONEP); el Presidente de la Junta
Agroempresarial del Norte (CREEN); el Presidente de la Camara de Comercio y
Produccion del Distrito Nacional; y el Presidente de la Asociacion Dominicana de
Exportadores (ADOEXPO).
Articulo 2.- Las instituciones del Gobierno Central y del sector autonomo y
descentralizado, asi como la representacion del sector privado designados como miembros
de la parte dominicana de la Comision Mixta Bilateral Dominico-Haitiana, someterin
periodicamente a la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores 10s asuntos que se
deseen incluir en las agendas a examinar con la parte haitiana, apoyandola en 10s estudios,
documentos, anteproyectos de acuerdos y convenios a ser sometidos a su consideracion. La
Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores tiene a su cargo exclusivamente la
preparacion de las agendas y el calendario de reuniones con la Parte Haitiana de la
Comision Mixta Bilateral, incluyendo el intercambio de ideas y experiencias en relacion
con 10s planes indicativos nacionales y 10s proyectos bilaterales a desarrollarse.
Articulo 3.- La Comision, presidida por la Secretaria de Estado de
Relaciones Exteriores, queda investida con 10s poderes que Sean necesarios para realizar las
reuniones y coordinaciones interinstitucionales, a nivel nacional y con 10s organismos
homologos de la Republica de Haiti que formen la Parte Haitiana de la Comision Mixta
Bilateral, con miras a dinamizar y profundizar 10s lazos de cooperacion economica y
comercial entre 10s dos paises.
Articulo 4.- Enviese a las instituciones mencionadas en el articulo primero
del presente Decreto, para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s dieciseis (16) dias del mes de junio del aiio mil novecientos
noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 133 de la Restauracihn.
Joaquin Balaguer
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